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Es Obligatorio Colegiarse Como Medico?

Es Obligatorio Colegiarse Como Medico

Es Obligatorio Colegiarse Como Medico En España es obligatorio inscribirse en el Colegio Oficial de Médicos de la provincia donde se va a ejercer. Pero, ¿por qué es obligatorio?

  • Ante todo, porque la protección de la salud es un bien pactado con la sociedad. La única forma de procurar este beneficio social, de darle validez permanente y de garantizar la buena praxis es involucrar a todos los que la ejercen.
  • Por la propia naturaleza de la profesión médica, a la que la ley otorga la capacidad de autorregularse para reforzar sus funciones y competencias de prestar un servicio de salud a la población.
  • Porque esa práctica debe ser además ética. Todos los médicos se obligan individual y colectivamente a regirse por un Código de Deontología del que los propios profesionales se han dotado.
  • Porque la autorregulación profesional es un mandato constitucional y un compromiso con una exigencia de conducta superior a la que impone la legislación a todos los ciudadanos. No con cumplir la ley se es ya un buen médico.
  • Porque los Colegios de Médicos tienen como funciones propias e intransferibles el control de la práctica profesional, la formación continuada, el registro y la acreditación, la certificación y la recertificación de las competencias profesionales.
  • Porque los Colegios Profesionales no son asociaciones ni sindicatos y la colegiación es garante de esa posición de independencia respecto a los poderes públicos.
  • Porque es una condición básica que garantiza la igualdad en el ejercicio de los derechos y deberes constitucionales en todo el territorio del Estado.
  • Por honestidad colectiva, moralidad cívica y por obligación estatutaria.

¿Quién está obligado a colegiarse?

Conocer qué son y para qué sirven los Colegios Profesionales son dos de las preguntas más importantes para entender estas corporaciones. La Unión Profesional, junta con al UPA ( Unión Profesional de Alicante ) ha preparado un dosier informativo en el que dar respuesta a estas y muchas otras cuestiones sobre los Colegios Profesionales.

A continuación damos respuesta a estas preguntas: – ¿Qué es un Colegio Profesional? Un colegio profesional es una corporación de derecho público. Eso quiere decir que es una institución peculiar porque por su naturaleza ejerce funciones público-privadas.

Al ser constituidas como corporación de derecho público, los colegios profesionales se sitúan entre la Administración, los colegiados y los usuarios, clientes, pacientes, las entidades sociales y las empresas. – ¿Para qué sirven los colegios profesionales? Los colegios profesionales fueron creados por los poderes públicos para llevar a cabo un control independiente e imparcial de la actividad profesional que permita a la ciudadanía ejercer sus derechos con plenas garantías.

En aquellas profesiones cuya actividad afecta de forma directa a la salud y seguridad de las personas físicas , así como a sus derechos respecto a los servicios de interés general, al patrimonio y la preservación del medio ambiente , se necesita un sistema regulatorio que garantice preventivamente el cumplimiento de estos derechos.

Para lograrlo, todos los profesionales que ejercen en esos ámbitos han de estar sujetos a un mínimo de requisitos para garantizar la más alta calidad de los servicios profesionales. Si los profesionales no estuviesen sujetos a estas normas, esto podría afectar negativamente a los usuarios de sus servicios quienes no verían suficientemente amparados sus derechos, tanto los referidos a las prestaciones como al comportamiento ético del profesional, y en particular en la aplicación de su criterio profesional o facultativo sin imposición del empleador. – ¿Cuáles son los fines esenciales de estas Corporaciones? Principalmente son cuatro los fines esenciales:

  • La ordenación del ejercicio de las profesiones.
  • La representación institucional exclusiva de las profesiones cuando estén sujetas a colegiación obligatoria.
  • La defensa de los intereses profesionales de los colegiados.
  • La protección de los intereses de los consumidores y usuarios de los servicios de sus colegiados.

– ¿Cómo es la organización interna de los Colegios Profesionales? Cuando hablamos de organización colegial nos referimos al conjunto de corporaciones colegiales de una profesión, como los consejos generales de colegios profesionales o colegios nacionales, los consejos autonómicos de colegios, los colegios profesionales. La organización colegial puede estructurarse territorialmente mediante un colegio único o estructura múltiple. – ¿Es obligatorio colegiarse? Para el ámbito territorial correspondiente al Estado, la colegiación es obligatoria , por imperativo de la Ley 2/1974 de Colegios Profesionales (Art.

), los Estatutos Generales y Particulares de la profesión (Art. b), las Leyes Autonómicas de Colegios Profesionales y la Ley de Creación de los Colegios Profesionales de DTS y AA. SS (Art. 3º). En los últimos años se han experimentado grandes variaciones en la jurisprudencia del Tribunal Constitucional y de los Tribunales de lo Contencioso Administrativo.

La regla general es la colegiación obligatoria y única para el ejercicio de la profesión, a tenor de las normas citadas que se hallan plenamente vigentes. La colegiación es obligatoria para aquellos/as profesionales que, aun trabajando para una administración pública, desempeñen también actividad profesional privada aunque sea de forma esporádica.

El COTS puede ser el garante de sus derechos profesionales justamente frente a las administraciones para las que trabajan. Recientemente, varias Sentencias del Tribunal Constitucional han declarado inconstitucional la regulación de la colegiación de los funcionarios realizada por dichas Leyes autonómicas.

En realidad el Alto Tribunal considera que la materia de la colegiación sólo podrá ser regulada por Ley estatal. Es notable la incidencia de la intervención profesional en el interés general y particularmente en los derechos fundamentales de las personas. – ¿Qué ofrecen los colegios profesionales a sus profesionales? Entre las diferentes labores de los Colegios Profesionales, cuentan con unos servicios fijos para sus colegiados que son:

  • La defensa de los intereses de la profesión ante los poderes públicos.
  • Disponen de un código deontológico que sirve de amparo al ejercicio profesional de cara a posibles imposiciones de empleadores tanto del sector público como privado.
  • Realizan una constante actualización sobre la legislación, normativas, iniciativas y proyectos que pueden afectar a la profesión y, en particular, al servicio que prestan a clientes y pacientes.
  • Desarrollan acciones de formación específica adecuada a las circunstancias y a las necesidades detectadas por cada profesión a lo largo de toda su vida activa.
  • Ofrecen diferentes servicios (bolsa de empleo, seguro de responsabilidad civil, asistencia jurídica, biblioteca, publicaciones, etcétera).
  • Cuentan con un espacio donde compartir experiencias, conocer aspectos del futuro de la profesión, analizar tendencias, y debatir…

– ¿Qué es un profesional? Las profesiones liberales (referidas en el anexo F, apartado 2, de la Sexta Directiva) son actividades que tienen un marcado carácter intelectual, que requieren una calificación de nivel alto y que están sometidas habitualmente a una reglamentación profesional precisa y estricta. En el ejercicio de tal actividad, el factor personal es especialmente importante, y dicho ejercicio presupone, de cualquier modo, una gran autonomía en el cumplimiento de los actos profesionales. El modelo de ejercicio profesional se sustenta en tres pilares:

  • La independencia de criterio profesional o autonomía facultativa.
  • La responsabilidad del profesional.
  • El control del ejercicio profesional.

– ¿Qué no son los Colegios Profesionales? Los colegios profesionales son instituciones reconocidas por la Constitución Española (art. 36), diferentes en naturaleza y funciones a todas las demás. Por tanto, no son ni asociaciones (art. 22), ni sindicatos (art. 28), ni asociaciones empresariales (art. 7), ni fundaciones (art. 34), ni organizaciones profesionales (art. 52), ni nada parecido. Son corporaciones de derecho público con unas funciones muy específicas y necesarias en su papel de entidades de vertebración social.

La naturaleza de las funciones desarrolladas implican un grado de «injerencia» en aspectos relativos a la intimidad, privacidad y vulnerabilidad d e los colectivos con los que trabajamos que exigen un razonable control profesional del ejercicio que puede ser procurado mejor desde los Colegios Profesionales.

A modo de ejemplo, comparémoslo con una asociación en este cuadro..

¿Por qué es importante estar colegiado?

¿POR QUÉ COLEGIARSE? Al colegiarte te pones al servicio de los ciudadanos defendiendo tu profesión “Ser un/a profesional colegiado/a significa la máxima garantía de los derechos de las personas consumidoras y usuarias. También garantiza que el/la profesional dispone de una formación inicial universitaria, que tiene competencias actualizadas mediante su desarrollo profesional continuo, cumple con los requisitos legales para la prestación de sus servicios, ofrece todas las garantías que corresponden a los derechos del cliente, y está sometido al control deontológico por parte de la organización profesional.

  • REPRESENTA TU RESPONSABILIDAD SOCIAL CON LA CIUDADANÍA

Estar colegiado/a supone adquirir un compromiso ético para el desarrollo de la profesión (dentro de unas normas de deontología profesional), estar incluido en un registro público y ser susceptible de denuncias por mala praxis. Asimismo, garantizas el cobro de indemnizaciones por daños a consumidores/as y usuarios/as. El Colegio garantiza la aplicación del Código Deontológico, facilita la lucha contra el intrusismo y la competencia desleal, permite que las reglas que inspiran su actividad profesional no sean lesionadas por otros intereses, como por ejemplo económicos y políticos, y certifica ante los ciudadanos la habilitación profesional para el ejercicio de la profesión.

  • CONSTITUYE UN COMPROMISO CON LA PROFESIÓN

Formar parte de la única corporación de Derecho Público que representa a los/as profesionales de la Educación Física y Deportiva es la mejor forma de contribuir al reconocimiento de nuestra profesión.

  • CUANTOS MÁS SEAMOS, MÁS SE NOS OYE

La organización colegial participa en las reformas legales e informa ante la Administración y el Parlamento de los diferentes proyectos de ley que afectan a la educación física y deportiva o a la profesión titulada y colegiada y actúa permanentemente en la defensa y protección de los derechos de los/as educadores/as físico deportivos/as y a la ciudadanía.

  • CONTRIBUIMOS A TU FORMACIÓN

El Desarrollo Profesional Continuo (DPC) es indispensable para llevar a cabo un ejercicio profesional actualizado y de calidad. El Colegio se encarga de promover acciones formativas para el perfeccionamiento de la actividad profesional y la formación permanente de las personas colegiadas.

  • GARANTIZAMOS TU RESPONSABILIDAD CIVIL
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El objetivo del seguro de Responsabilidad Civil Profesional es hacer frente a los daños personales y materiales que, involuntariamente, por sus errores u omisiones, el/la profesional haya podido causar a sus consumidores/as o usuarios/as en el ejercicio de su profesión, así como los perjuicios que de ellos se pudieran derivar. Este servicio no es sólo una garantía para las personas colegiadas, sino también para quienes reciben sus servicios.

  • ¡PARTICIPA! QUE NO DECIDAN POR TI

El Colegio está abierto a la participación. Las personas colegiadas pueden y deben participar en todas las actividades y foros del Colegio: procesos de elecciones, Juntas Generales, actividades y eventos, comisiones, etc.

  • ACCEDE A OFERTAS DE EMPLEO

Cada vez son más las empresas que confían en profesionales colegiados/as y recurren al colegio profesional para buscar el/la candidato/a perfecto/a.

  • FORMA PARTE DE LA BOLSA DE PERITOS

La bolsa de peritos del Colegio ( disponible en algunos COLEFs autonómicos ) pone a disposición de diferentes entidades, públicas o privadas, a colegiados expertos para que realicen informes de peritaje, den su opinión profesional o califiquen pruebas. La actividad de perito está remunerada, y podrás ser seleccionado para acciones concretas en las que necesiten tus servicios.

  • CUENTA CON ASESORÍA JURÍDICA Y LABORAL

Durante el ejercicio profesional surgen innumerables cuestiones de carácter jurídico que requieren del asesoramiento de un/a profesional. Por ello, para que el/la profesional pueda dedicarse realmente a lo que sabe hacer, es imprescindible contar con un servicio de asesoría jurídica que ayude a interpretar y comprender las normativas que afectan al ámbito profesional.

  • TE ORIENTAMOS EN EL EJERCICIO DE LA PROFESIÓN Y/O TU ACTIVIDAD PROFESIONAL

Ponemos a tu disposición el servicio de asesoría profesional, que podrá resolver tus dudas técnicas, fiscales, sobre aseguramiento, sobre emprendimiento, etc.

  • BENEFÍCIATE DE CONVENIOS CORPORATIVOS

Al estar colegiado podrás beneficiarte de las ventajas incluidas en los convenios y acuerdos de colaboración entre el colegio profesional y otras entidades, principalmente descuentos en productos o servicios relacionados o no con la profesión.

  • TE INFORMAMOS DE LA ACTUALIDAD PROFESIONAL

El Colegio no solo difunde la actualidad informativa a través de su página web y redes sociales, accesibles a todo el público, sino que también proporciona información exclusiva para las personas colegiadas en boletines informativos y otros medios.

  • ACCEDE A AYUDAS Y PREMIOS

Puedes acceder a las convocatorias que se abran sobre premios y ayudas a la formación, becas, etc.

  • OTRAS VENTAJAS A TU DISPOSICIÓN
  • Podrás recibir la Revista Española de Educación Física y Deporte (REEFD) en formato impreso en tu domicilio a mitad de precio.
  • La cuota de colegiado/a es deducible en la Declaración de la Renta.
  • Podrás usar tu número de colegiado en tu firma profesional.
  • El Colegio podrá difundir tus iniciativas.

ES UNA OBLIGACIÓN LEGAL La colegiación obligatoria en el ejercicio de la profesión, que fue establecida a través del Real Decreto 2957/1978, fue avalada por el Tribunal Constitucional en la Sentencia 194/1998, de 1 de octubre. El Tribunal Constitucional reconoce la colegiación obligatoria tanto de los Profesores/as en Educación Física como de los Licenciados en Educación Física. Por otra parte, el Tribunal Constitucional avala asimismo en esta sentencia la colegiación voluntaria de quienes ejerzan la profesión colegiada únicamente como funcionarios o en el ámbito exclusivo de la Administración Pública, ES UNA OBLIGACIÓN PROFESIONAL Para ejercer la profesión, ya sea particularmente o al servicio de cualquier empresa o entidad no estatal, tal y como se indica en los Estatutos todavía vigentes de nuestra organización colegial y publicados por Real Decreto 2957/1978, de 3 de noviembre, será condición obligatoria, además de cumplir todos los requisitos que las leyes y disposiciones vigentes prescriban, pertenecer al Colegio.

En la persona colegiada, la ética toma un especial relieve como norma de comportamiento, lo que nos lleva a un concepto de profesional al servicio de la ciudadanía” (Vicente Gambau i Pinasa, col. 916, Presidente del Consejo COLEF).

Artículo 15. Para ejercer la profesión de profesor de educación física, ya sea particularmente o al servicio de cualquier empresa o entidad no estatal, será condición obligatoria, además de cumplir todos los requisitos que las leyes y disposiciones vigentes prescriban, pertenecer al colegio oficial de profesores de educación física o, en su caso, a los colegios de ámbito territorial reducido que en su día se constituyan.

En este último caso, la colegiación exclusiva en un colegio solo permitirá el ejercicio de la profesión en el ámbito territorial propio de aquel. Artículo 15. La colegiación será voluntaria para los titulados que estén al servicio del Estado y se limite a desempeñar las funciones de su cargo oficial, pero será forzosa cuando dichos titulados realicen trabajos de carácter particular de los indicados en el apartado que antecede.

También será voluntaria para aquellos titulados que no ejerzan ninguna actividad profesional. CONTACTA CON TU COLEGIO PROFESIONAL ¡COLÉGIATE!.

¿Qué significa estar colegiado en medicina?

Estar colegiado supone la adquisición de un compromiso ético para el desarrollo de la profesión, garantizando las pautas que marca la deontología propia de la profesión evitando que estas sean distorsionadas con intereses particulares que desvirtúen el Código Deontológico de la profesión.

¿Qué significa estar colegiado?

prnl. Dicho de los individuos de una misma profesión o clase : Reunirse en colegio.

¿Qué pasa si trabajo sin estar colegiado?

¿Cuál es la sanción por no estar colegiado? – Si has acabado la carrera y tu profesión se encuentra entre alguna de las nombradas anteriormente, es momento de buscar la sede del colegio profesional de tu comunidad autónoma y solicitar la correspondiente documentación para colegiarte.

Se considerará una infracción muy grave  si ejerces una profesión regulada de colegiación obligatoria como alguna de las anteriores sin estar colegiado,  pudiendo inhabilitarte con hasta 5 años y multas que oscilan entre los 5.

000€ y los 150. 000€. Referencias:

  • Ley 2/1974, de 13 de febrero, sobre Colegios Profesionales. Boletín Oficial del Estado (BOE), núm. 40, de 15/02/1974. Disponible en: BOE-A-1974-289
  • ¿Te ha servido de ayuda?
  • Sí No

¿Por qué quieres Colegiarte?

Es Obligatorio Colegiarse Como Medico El Colegio esta dispuesto a inquietudes ¿Por qué es importante matricularse? La matriculación al Colegio es indispensable para el ejercicio legal de la profesión y defensa de los intereses de los geólogos. Ante consultas, comuníquese vía mail: colegiogeologoscba@gmail. com  ¿Qué hace el Colegio? Podemos mencionar algunas de las funciones del Colegio que nos ayudarán a entender su importancia en la vida del profesional:

  • Da reconocimiento social a los geólogos que prestan servicios a la sociedad.
  • Vigila, regula, mejora y potencia todos los aspectos relacionados con el ejercicio profesional.
  • Trabajar de forma matriculada y legítima beneficia a todos los geólogos.
  • Tener el respaldo de un Colegio posiciona a la profesión dentro de la sociedad. como una profesión regulada por ley.
  • Establece aranceles mínimos.
  • de colaborar en estudios, proyectos, informes y demás trabajos que se le encomienden o que las autoridades consideren
  • Provee la formación de una biblioteca pública en materia de geología y actividades conexas para conocimiento e ilustración de los matriculados y de terceros.
  • Perfecciona científica, técnica, cultural y profesionalmente a los
  • Combate el ejercicio ilegal de la profesión.
  • Brinda asesoría jurídica y fiscal o contable a los matriculados.
  • Agrupa y representa a quienes ejercen la geología como profesión en el ámbito de Córdoba.

¿Entonces qué penas hay? Aún existen colegas recelosos a la inscripción a la matrícula profesional que no comprenden la gravedad que significa para ellos ejercer ilegalmente la profesión. El Estado ha delegado importantes funciones al Colegio como el control de la matrícula y del cumplimiento de las normas éticas de la actividad. Esto beneficia al Estado, a la comunidad y a los profesionales. Es importante trabajar como un equipo que se apoya mutuamente para que la profesión mantenga un prestigio y posicionamiento social.

El Colegio no subsiste del presupuesto público sino de las cuotas, aportes y demás conceptos provenientes de los profesionales agrupados. De allí nace la necesidad del aporte de la cuota societaria de cada profesional colegiado.

El ejercicio profesional sin matrícula legalmente exigida constituye un delito. El Código Penal artículo 247 establece que “Será reprimido con prisión de quince días a un año el que ejerciere actos propios de una profesión para la que se requiere una habilitación especial, sin poseer el título o la autorización correspondiente.

La Ley 10436 Art. 2 establece que es un requisito básico para el ejercicio de la profesión encontrarse matriculado en el Colegio Profesional de Geólogos de Provincia de Córdoba. El colegiarse no solo es una obligación, ya que de este modo se protegen y defienden los derechos y la dignidad de los geólogos.

Fuentes: Código Penal art. 247 y Ley 10436.

¿Cuánto tiempo dura una colegiatura?

¿Cuántos meses hay en un semestre? – Porción de tiempo que dura seis meses, lo que equivale a la mitad de un año. En cada año calendario hay dos semestres, nos podemos referir a ellos como primer semestre, que va desde el 1 de enero hasta el 30 de junio, y segundo semestre, que va desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre.

¿Qué ventajas brinda un colegio profesional?

Beneficios de Colegiarse –

  • Algunos de los beneficios que tiene estar colegiado son:
  • Gozar del prestigio, reconocimiento profesional y respaldo ético de pertenecer a una institución que agrupa  únicamente a  egresados de la misma carrera profesional
  • Tener presencia activa en el mercado a través de la página web institucional y la lista impresa de socios, que se difunde en numerosos organismos públicos.
  • Gozar de los frutos de los esfuerzos de promoción y difusión por parte del Colegio para dar a conocer a los usuarios el potencial de los profesionales que agrupa, así como de las gestiones de defensa de la función del profesionista ante diversos organismos.
  • Tener acceso a información sobre oportunidades de trabajo y de capacitación, a través de la comunicación permanente mediante correo electrónico y el boletín trimestral de noticias.
  • Tener acceso a información legal y tributaria concerniente a nuestra profesión, por los mismos medios.
  • Tener acceso a cursos y talleres de capacitación dictados en el Colegio, exclusivamente o con tarifas preferenciales y prioridad en la inscripción.
  • Realizar consultas relacionadas con el ejercicio profesional, que la administración transmite a colegas experimentados.
  • Fortalecer el accionar de un ente gremial que tiene por objetivo la defensa de los intereses profesionales de sus miembros.
  • Insertarse en un espacio que estimula el crecimiento profesional.
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Publicado por: Fecha de actualización: Jue, 08/06/2020 – 13:10.

¿Qué significa tener colegiatura?

Es Obligatorio Colegiarse Como Medico Analizar los requisitos de obligatoriedad para algunas profesiones, orientadas a la conformación de la colegiatura, permite de alguna manera, resguardar, tanto al ejercicio de  los profesionales como a los usuarios que son atendidos por estas colegiaturas. Es una acción que reguarda, en cierta manera a quien ejerce la profesión como a los que son beneficiados por ella. La ventajas de las colegiaturas para las profesiones, está orientado, al resguardo y la estructura de la funcionalidad de prestación de servicio que normaliza, el comportamiento de los profesionales en coherencia con la práctica y el comportamiento para con los beneficiarios (desde el punto de vista moral y ético).

Este mecanismo, permite resguardar y regular, la práctica profesional en el ámbito público y privado; orientado a la calidad de los procesos de su gestión profesional. Por otro lado, resguarda al cuerpo profesional de prácticas mal intencionadas y no ajustadas a la ley.

Establece un compromiso de facto entre, el profesional y el cliente. En este sentido, ambos están resguardados: tanto el profesional como el usuario o beneficiario. La colegiatura, permite que los profesionales se resguarden de malas prácticas y generen un cuerpo cohesionado que posibilite mejorar su gestión interna y externa.

¿Qué se necesita para ejercer la medicina en España?

¿Qué ventajas brinda un colegio profesional?

Beneficios de Colegiarse –

  • Algunos de los beneficios que tiene estar colegiado son:
  • Gozar del prestigio, reconocimiento profesional y respaldo ético de pertenecer a una institución que agrupa  únicamente a  egresados de la misma carrera profesional
  • Tener presencia activa en el mercado a través de la página web institucional y la lista impresa de socios, que se difunde en numerosos organismos públicos.
  • Gozar de los frutos de los esfuerzos de promoción y difusión por parte del Colegio para dar a conocer a los usuarios el potencial de los profesionales que agrupa, así como de las gestiones de defensa de la función del profesionista ante diversos organismos.
  • Tener acceso a información sobre oportunidades de trabajo y de capacitación, a través de la comunicación permanente mediante correo electrónico y el boletín trimestral de noticias.
  • Tener acceso a información legal y tributaria concerniente a nuestra profesión, por los mismos medios.
  • Tener acceso a cursos y talleres de capacitación dictados en el Colegio, exclusivamente o con tarifas preferenciales y prioridad en la inscripción.
  • Realizar consultas relacionadas con el ejercicio profesional, que la administración transmite a colegas experimentados.
  • Fortalecer el accionar de un ente gremial que tiene por objetivo la defensa de los intereses profesionales de sus miembros.
  • Insertarse en un espacio que estimula el crecimiento profesional.

Publicado por: Fecha de actualización: Jue, 08/06/2020 – 13:10.

¿Cuál es la importancia de los colegios profesionales?

El 16 de octubre este diario publicó el artículo “No a la competencia: colegios profesionales”, el cual incluyó un editorial especial afirmando que estos restringen la competencia y representan un costo. Entre otras cosas, decía que para un profesional recién graduado “cualquier ingreso será mejor que nada”, que “el profesional que sepa cómo prestar un servicio específico de manera sumamente eficiente… podría cobrar menos que alguien menos especializado”, que los colegios profesionales no se justifican porque “el dumping es difícil de practicar en un sector con muchos participantes”, y que por el Código de Comercio, “no sería necesario contar con dos defensas ante el mismo mal”.

  • El editorial comparaba los colegios profesionales con los monopolios del arroz y petróleo;
  • Podría debatir sobre la no procedencia de los argumentos externados en dicho artículo, señalando por ejemplo que un profesional puede rechazar un trabajo si el salario es bajo, o que los profesionales eficientes cobran caro por su conocimiento;

En su lugar, explicaré la razón de ser de colegios profesionales como el que represento, y la labor que realizamos. Los colegios profesionales velan por la Excelencia y la Etica en el ejercicio profesional, función encomendada por el Estado para beneficio del público.

  1. Asimismo, participan en los temas más relevantes para el país, para orientar las políticas y las leyes hacia el desarrollo y el bien común;
  2. Un colegio profesional proporciona valor agregado a sus miembros, mediante capacitación, bolsa de empleo y promoción, entre otros;

Finalmente, los profesionales colegiados tienen fe pública, es decir lo que dictaminen dentro de su profesión es cierto desde el punto de vista técnico y legal. El Colegio de Ingenieros Químicos y Profesionales Afines (CIQPA) integra a profesionales de Ingeniería Química, Tecnología de Alimentos, Ingeniería en Metalurgia, Ingeniería en Ciencia de los Materiales e Ingeniería en Maderas, profesiones con alto impacto en el desarrollo del país.

Este año nuestra Asamblea General aprobó el Marco Estratégico del colegio, que contiene los lineamientos de trabajo estratégico para el periodo 2013-2017, que nos permitan contribuir efectivamente al desarrollo de Costa Rica.

Actualmente diez comisiones de alto nivel trabajan en áreas como Planeamiento Estratégico, Capacitación y PYMES, entre otras. En febrero pasado hicimos un foro de análisis del proyecto de la nueva refinería de RECOPE, y en junio una consulta pública sobre dicho proyecto.

El CIQPA atiende regularmente consultas de instituciones estatales sobre leyes y reglamentos. Nuestros profesionales trabajan en diversos campos, como producción industrial de todo tipo (desde alimentos hasta microprocesadores), control de calidad, industria metalúrgica y protección del medio ambiente.

En conclusión, los colegios profesionales asumen una función de protección del público y de desarrollo de la industria y del país, y velan a su vez por el cumplimiento de los artículos 25, 56 y 57 de la Constitución Política, que garantizan los derechos a la asociación, al trabajo y a un salario mínimo.

¿Qué significa tener colegiatura?

Para que muchos profesionales ejerzan su profesión es obligatorio por ley que estén colegiados, y en el caso de otras muchas profesiones que, aun no siendo obligatoria la colegiación para el desempeño de sus actividades, cuentan con sus colegiados profesionales.

En el año 2010 entró en vigor la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, en cuya disposición transitoria cuarta se establecía que, en el plazo máximo de 12 meses, el Gobierno remitiría a las Cortes Generales un Proyecto de Ley que determinara las profesiones para cuyo ejercicio es obligatoria la colegiación, y también se establecía que, hasta la entrada en vigor de dicha Ley, se mantendrían las obligaciones de colegiación que estuvieran vigentes.

A pesar de haber transcurrido más de 8 años, dicho Proyecto de Ley no se ha remitido a las Cortes, por lo que las obligaciones de colegiación no se han modificado. Tengamos presente que la Ley de creación del Colegio Oficial de Psicólogos (Ley 43/1979, de 31 de diciembre) establece la colegiación obligatoria para todos los profesionales de la Psicología, con independencia de su área o ámbito de actuación.

  1. El valor de los colegios profesionales Según LaWebLegal;
  2. com,  la colegiación viene a ser la versión moderna de los conjuntos gremiales donde se agrupan entorno a los mismos unos profesionales que ejercen una determinada profesión;

Pero los colegios profesionales, más allá de una mera asociación de profesionales, son unos órganos reguladores para el ejercicio de dichas profesiones, garantizando que se cumplen ciertos modos de proceder y que se reúnan unos requisitos esenciales y básicos para poder ejercer la profesión.

  • La cuestión es: ¿Resulta necesario estar colegiado para poder ejercer cualquier profesión? El debate está servido;
  • Para profesionales sanitarios o del mundo de la arquitectura, la ingeniería o el derecho parece evidente;

Pero ¿qué ocurre cuando un psicólogo, por ejemplo, trabaja en el ámbito de los Recursos Humanos? Si no es contratado como psicólogo explícitamente no tendría la obligación de estar colegiado, sin embargo, entendemos que sería altamente recomendable. Mediante la colegiación se da una garantía a los clientes y usuarios de estar ante un profesional que reúne unos mínimos estándares de calidad, que suelen ser exigentes y que están contrastados.

  • Son muchas las bondades de estar colegiado y, desde nuestro punto de vista, sería conveniente hacerlo, aun no siendo requisito obligatorio para el desempeño de muchas funciones (p;
  • ej;
  • Técnico en Formación o Directora de Recursos Humanos);

Además, las ventajas no lo son sólo para los clientes y usuarios, sino para los propios profesionales también: 1. Para los clientes y usuarios contratar a un profesional colegiado garantiza, entre otras ventajas, que el mismo posea una formación y una acreditación suficiente y acorde a los servicios demandados, así como que esté adscrito a un código deontológico y que, de ser contravenido, pueda ser denunciado ante el Colegio correspondiente y, si es el caso, sancionado.

  1. Para el profesional, estar colegiado, aun no siendo obligatorio para muchas funciones genéricas, le aporta, entre otras ventajas, contar con un Colegio que impulsa una profesión con estándares de calidad, que lucha contra el intrusismo, que ofrece formación de actualización permanentes, que ofrece compartir de forma organizada con colegas experiencias y dudas, así como una asociación que defiende sus derechos y le provee de recursos y defensa si fuera necesario;

Garantía de calidad profesional Por ello, los colegios oficiales profesionales son una garantía de calidad profesional, en primer lugar, para la sociedad, pero también para el propio colegiado. Estar colegiado es un acto de afirmación profesional que aporta confianza en el nivel de conocimientos y competencias del profesional colegiado, algo que queda especificado mediante las acreditaciones profesionales que estas instituciones otorgan a aquellos colegiados que cumplen con determinadas formaciones y experiencias especializadas.

  • Además, una reciente sentencia del Tribunal Constitucional (Sala Segunda, Sentencia 82/2018 de 16 de Julio del 2018) afirma que “se debe recordar que, en el ámbito sanitario, el control de la práctica profesional, de la formación continua, la competencia profesional, la certificación y recertificación de las competencias profesionales   y el resto de las obligaciones deontológicas de los prestadores, es una función propia e intransferible de los colegios profesionales” y, que un profesional, independientemente del sector –público o privado-, tiene que estar colegiado;
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Pero no sólo en el área sanitaria. En concreto, en el Colegio de la Psicología de Madrid (COPM) hemos apostado por la colegiación de los profesionales de la Psicología que realizan su trabajo en todo tipo de organizaciones, más vinculado al área laboral, y no precisamente al área clínica, porque entendemos que el Colegio es:

  1. Un punto de encuentro de los profesionales de la Psicología que trabajan en Organizaciones.
  2. Un foro de debate sobre la evolución y el futuro de los profesionales de la Psicologíaen las Organizaciones.
  3. Una comunidad profesional que ponga en valor su función y valor añadido ante la sociedad y las corporaciones administrativas y empresariales.
  4. Una herramienta para fortalecer el asociacionismo como medio de colaboración y representación profesional, legal y política.
  5. Una palanca que incrementa y pone en valor las acreditaciones profesionales propias de la Psicología del trabajo, Recursos Humanos y Organizaciones.
  6. Un referente de asociacionismo para colegas y, especialmente, para los recién incorporados a la profesión.
  7. Una comunidad de aprendizaje en permanente actualización profesional.
  8. Ejercer diplomacia corporativa (lobbying).

La Sección de Psicología del Trabajo, RH y Organizaciones está organizada en grupos de trabajo que sirven tanto de foros de conocimiento como de encuentro y relación profesional. En ellos se investiga, se comparte información sectorial, se organizan y se participa en eventos tales como jornadas, congresos y publicaciones. Compartimos actualidad, bibliografía, análisis de prensa, networking, entre otras informaciones. Cada Grupo de Trabajo, además, cuenta con proyectos específicos de desarrollo de conocimiento.

La participación es totalmente voluntaria y en el área y grado en el que cada uno considera que puede colaborar mejor. Conocimiento técnico, networking, actualización profesional, pertenencia profesional, código ético, son algunas de las ventajas para los profesionales al integrarse en su colegio profesional.

Con ello te integras en la red de profesionales que, como tú, aportan conocimiento y desarrollan su práctica en un determinado sector. En un mundo donde las relaciones son un eje fundamental de nuestra vida, contar con un foro de relación tan potente es un privilegio para un profesional.

¿Qué es la colegiatura profesional Perú?

La Colegiatura Profesional es un requisito importante para ejercer la Profesión de Profesor en las instituciones públicas y privadas a nivel nacional. De acuerdo a las Leyes N° 25231 y N° 28198  y nuestros estatutos, para ejercer la Profesión de Profesor se requiere ser Miembro Ordinario o Vitalicio del COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERU – CPPP y Profesor Colegiado Habilitado. Para que el Profesor sea incorporado como Miembro Ordinario del COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERÚ – CPPP debe tener Título de Profesor o Título de Licenciado en Educación expedido, revalidado o reconocido de acuerdo con las leyes del Perú con efectos profesionales; el que se registrará en el Libro de Matrícula y cumplirá con los requisitos que establece el Reglamento de Colegiación del CPPP.
TRÁMITE VIRTUAL PARA LA COLEGIATURA Y HABILITACIÓN PROFESIONAL Y OBTENER LOS DOCUMENTOS DIGITALES DE LA COLEGIATURA.
El Profesor Títulado debe realizar EL TRÁMITE VIRTUAL PARA LA COLEGIATURA Y HABILITACIÓN PROFESIONAL Y OBTENER LOS DOCUMENTOS DIGITALES DE LA COLEGIATURA, cumpliendo los siguientes 6 PASOS:
PASO 1. – Descargar e imprimir la FICHA ÚNICA DE TRÁMITE – FUT ( DESCARGUE AQUÍ LA FUT ). No escribir en los recuadros N° Inscripción y N° Reg. CPPP ubicados en la parte superior de la Ficha FUT. El Profesor debe escribir sus datos personales y profesionales. En la Sección “ACREDITO EL TÍTULO PROFESIONAL DE:” y en la línea “Expedido por:”, el Profesor debe escribir el nombre de la Universidad o Institución que le otorgó el Título y el N° de Registro del Título está escrito o impreso en la parte frontal o posterior del documento.

En la Sección “ME DIRIJO A USTED PARA SOLICITAR LO SIGUIENTE:”, marcar con X los siguientes recuadros: INSCRIPCIÓN Y REGISTRO DE LA COLEGIATURA, CERTIFICADO DE HABILITACIÓN DIGITAL, CARNÉ DE LA COLEGIATURA DIGITAL, CONSTANCIA DE LA COLEGIATURA DIGITAL Y PUBLICACIÓN WEB DEL REGISTRO DE COLEGIADO.

En la linea “Explique su solicitud:”, el Profesor debe escribir lo siguiente: SOLICITO LA COLEGIATURA Y HABILITACIÓN PROFESIONAL Y LOS DOCUMENTOS DIGITALES DE LA COLEGIATURA. En la Sección ” ENVÍO POR CORREO ELECTRÓNICO LOS SIGUIENTES DOCUMENTOS COMO IMÁGEN EN ARCHIVOS JPEG Y/O PDF: ” , marcar con X los siguientes recuadros: Voucher del Depósito o Constancia de Transferencia, FUT, FDJ, Título de Profesor o Licenciado en Educación, DNI, C.

PASO 2. – Descargar e imprimir la FICHA DE DECLARACIÓN JURADA – FDJ ( DESCARGUE AQUÍ LA FDJ ). No escribir en el recuadro N° Reg. CPPP ubicado de la parte superior de la Ficha FDJ. El Profesor debe llenar sus datos personales y profesionales. En la Ficha FDJ, el Profesor declara que gozar de buena salud, no tiene sanción administrativa vigente y carece de antecedentes policiales, penales y judiciales.
PASO 3. – Realizar el Depósito o Transferencia Bancaria por el monto de S/. 200. 00 soles, a través de una Agencia Bancaria, Agente del Banco o Banca por Internet en uno de los siguientes Bancos: – BANCO BCP: Cuenta N° 191-345076190-79 o en la Cuenta Interbancaria CCI N° 002-191-134507619079-50.

  • u otro Documento de Identidad y Fotográfía;
  • Firmar el documento;
  • Firmar el documento dentro del recuadro;
  • – BANCO INTERBANK: Cuenta N° 370-31304183-25 o en la Cuenta Interbancaria CCI N° 003-370-013130418325-47;

– BANCO DE LA NACIÓN: Cuenta N° 04-013-575660. A nombre de la Directora de Registros del CPPP, Luisa del Pilar Palacios Salguero. Pago realizado por concepto de la COLEGIATURA Y HABILITACIÓN PROFESIONAL Y LOS DOCUMENTOS DIGITALES DE LA COLEGIATURA.

PASO 4. – El Profesor debe enviar un correo electrónico al E-mail del CPPP: colegiodeprofesoresdelperu@gmail. com solicitando LA COLEGIATURA Y HABILITACIÓN PROFESIONAL Y LOS DOCUMENTOS DIGITALES DE LA COLEGIATURA , con la siguiente información:
ASUNTO : SOLICITO LA COLEGIATURA Y HABILITACIÓN PROFESIONAL Y LOS DOCUMENTOS DIGITALES DE LA COLEGIATURA.

    • CONTENIDO: El Profesor debe escribir sus Nombres y Apellidos, su N° DNI, N° del Carné de Extranjería (C. ) u otro N° de Documento de Identidad si es de nacionalidad extranjera. También, debe escribir una lista enumerada de los documentos que envíará como imágenes en Archivo JPEG y/o PDF adjuntos en el correo electrónico.
    • ADJUNTAR ARCHIVOS: Adjuntar las IMÁGENES DE LOS DOCUMENTOS REQUERIDOS como Archivos JPEG y/o PDF. Las imágenes puede ser ESCANEADAS O FOTOGRAFÍAS DIGITALES tomadas con la cámara del celular de forma clara y nítida.
    • Las imágenes de los documentos requeridos como Archivos JPEG y/o PDF, son los siguientes:
    • 1. – VOUCHER DEL DEPÓSITO O CONSTANCIA DE TRANSFERENCIA BANCARIA POR EL MONTO DE S/. 200. 00 SOLES.
    • 2. – FICHA FUT con sus datos personales y profesionales, solicitando la Colegiatura Profesional. Firmado.
    • 3. – FICHA FDJ con sus datos personales declarando que goza de buena salud y no tiene antecedentes penales ni judiciales. Firmado.
    • 4. – TÍTULO ORIGINAL de Normalista, Profesor o Licenciado en Educación. Imagen de ambos lados.
    • 5. – DNI o Carné de Extranjería (C. ) u otro Documento de Identidad si es ciudadano extranjero. Imagen de ambos lados.
    • 6. – FOTOGRAFÍA de frente a color con fondo blanco. Varones: Camisa y corbata c/s saco. Damas: Blusa c/s saco.
PASO 5. – El CPPP enviará una respuesta al Correo Electrónico del Profesor, confirmando la recepción de su correo electrónico y verificando que cumplió con los documentos requeridos. Por lo tanto, se APROBARÁ SU SOLICITUD PARA LA COLEGIATURA Y HABILITACIÓN PROFESIONAL Y LOS DOCUMENTOS DIGITALES DE LA COLEGIATURA.
NOTA: El Profesor también puede enviar un mensaje al WhatsApp 938531979 del CPPP, solicitando se confirme la recepción de su correo electrónico y los documentos requeridos para la Colegiatura y Habilitación Profesional. El CPPP verificará el correo electrónico y los documentos, luego dará respuesta de Confirmación y Aprobación de la Colegiatura y Habilitación Profesional.
PASO 6. – Finalmente, dos (02) días después de recibir la solicitud del Profesor por E-mail, el CPPP enviará al Profeso r un Correo Electrónico informándole sobre su incorporación como MIEMBRO DEL COLEGIO PROFESIONAL DE PROFESORES DEL PERÚ – CPPP y ser PROFESOR COLEGIADO HABILITADO.
El  PROFESOR COLEGIADO HABILITADO RECIBIRÁ POR CORREO ELECTRÓNICO LO SIGUIENTE:

  • 1. – Carné Digital de la Colegiatura Profesional (permanente).
  • 2. – Certificado Digital de Habilitación Profesional vigente por un año (12 meses).
  • 3. – Constancia Digital de la Colegiatura Profesional del CPPP.
  • 4. – La Publicación Web del Registro del Profesor Colegiado Habilitado activo y vigente por 12 meses, en la Pagina Web del CPPP: www. colegiodeprofesoresdelperu. org , en la Sección “Colegiatura” y Opción “Registro de Profesores Colegiados y Habilitados”. Registros de Profesores Colegiados Habilitados en el CPPP como Página Web y Archivo PDF para ver e imprimir la página correspondiente a su Registro de Profesor Colegiado Habilitado.
El Profesor Colegiado Habilitado podrá imprimir los Documentos Digitales de su Colegiatura y Habilitación Profesional para realizar los trámites administrativos, profesionales y laborales en el sector público y privado.
 
 

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