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En Que Casos Es Obligatorio El Reconocimiento Medico?

En Que Casos Es Obligatorio El Reconocimiento Medico

Puestos de trabajo con riesgo de contraer enfermedades – Todas las Empresas que hayan de cubrir puestos de trabajo con riesgos de enfermedades profesionales relacionadas en el cuadro anexo al Decreto 792/1961, están obligadas a practicar un reconocimiento médico previo a la admisión de los trabajadores que hayan de ocupar aquéllos y a realizar los reconocimientos periódicos que se ordenen.

Los reconocimientos serán obligatorios y gratuitos para los trabajadores, a quienes se les abonará, si procede, los gastos de desplazamiento y la totalidad del salario que por tal causa puedan dejar de percibir.

Además, si el riesgo de contraer una enfermedad profesional es elevado, los trabajadores tienen derecho a mantener la vigilancia de su salud por parte de la empresa por medio de reconocimientos periódicos una vez finalizadas las relaciones laborales. Para que el trabajador pueda ser contratado deberá de superar los diferentes reconocimientos médicos , es decir que deberá ser declarado apto por el servicio médico.

  • En caso contrario, la empresa podrá ser sancionada por un incumplimiento grave en materia de prevención de riesgos laborales, o, para el caso de que el trabajador acabé contrayendo algún tipo de enfermedad, con un recargo de prestaciones;

Si en este tipo de empresas, el trabajador no supera un reconocimiento periódico, el trabajador debe de ser trasladado a otro puesto de trabajo exento de riesgo , sin que pueda afectar a la retribuciones salariales. Si no fuera posible el traslado a otro puesto, se le podrá dar de baja al trabajador previa conformidad de la inspección de trabajo, siempre con que tendrá derecho a percibir durante un periodo, excepcionalmente, de hasta 32 meses el sueldo que venía recibiendo de manera íntegra mientras no encuentra otro empleo.

¿Cuando se tiene que hacer el reconocimiento médico?

¿Cuándo debe hacerse un reconocimiento médico laboral? – El reconocimiento médico laboral debe de realizarse siempre dentro del horario laboral. En caso de que se cite al trabajador fuera de la jornada laboral, la empresa está obligada a compensar este tiempo.

¿Qué pasa si no me hago el reconocimiento médico?

En conclusión – Es en el artículo 22 de la Ley de Prevención de Riesgos Laborales donde se establece que el empresario debe velar por la salud y la seguridad de las personas que trabajan con él, garantizándoles la posibilidad de realizar una vigilancia periódica de su salud.

Los exámenes médicos han de ser voluntarios y no un requisito para entrar a formar parte de la empresa o para mantener el puesto de trabajo. El examen médico nunca podría ser un motivo de despido o una forma de discriminación según los resultados que arroje, ya que el empleador en ningún caso puede conocer aquellos resultados obtenidos más allá de que signifiquen que el trabajador es apto o no para realizar las funciones características de su puesto de trabajo.

En la Ley de Prevención de Riesgos Laborales también se establece que hay algunos trabajadores que están obligados a cumplir con esos reconocimientos médicos, bien por su trabajo y las sustancias a las que están expuestos, bien porque puedan poner en peligro la vida de otras personas.

Si un trabajador que esté en esta situación se niega a realizar un reconocimiento médico podría tener sanciones, incluso podría ser objeto de un despido procedente. Vigilar la salud es obligación de todas las personas.

Por eso es una buena medida realizarse exámenes sanitarios de manera periódica, sin temer a que algún resultado que no influya en el desempeño de la actividad profesional conlleve un despido o una discriminación laboral. Dicha discriminación podría acarrear sanciones a la empresa y al empleador.

¿Cuándo o en qué momentos hay que ofrecerle al trabajador la vigilancia individual de su estado de salud?

¿Qué es lo que dice la Ley? – La Ley establece en primer lugar que la vigilancia del estado de salud solo podrá llevarse a cabo cuando el trabajador preste su consentimiento, es decir, es de carácter voluntario y no obligatorio. Sin embargo, a continuación, añade que se exceptuarán de dicho carácter voluntario los siguientes supuestos:

  • Los casos en los que el reconocimiento sea imprescindible para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los empleados.
  • Los casos en los que sea necesario verificar si el estado de salud del trabajador puede constituir un peligro para él mismo, para los compañeros o para otras personas relacionadas con la empresa.
  • Los casos en los que esté establecido en una disposición legal en relación con la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.

¿Qué es un examen de reconocimiento médico legal?

INTRODUCCIÓN La violencia familiar no puede ser considerada como un fenómeno unitario, ya que es un problema emergente de salud pública; necesita un análisis multidisciplinario (médicos, abogados, psicólogos, etc. )(1), más aun cuando las víctimas con lesiones físicas y psicológicas denuncian el hecho ante las autoridades correspondientes.

La Declaración de las Naciones Unidas sobre Erradicación de la Violencia contra las Mujeres, adoptada por la Asamblea General de la ONU en 1993, proporciona un marco amplio y útil para definir la violencia contra la mujer pero para su monitoreo, se necesitarán definiciones operativas más específicas.

La violencia familiar abarca, entre otras, “la violencia física, sexual y psicológica que se produce en el seno de lafamilia, incluidas las palizas, el abuso sexual de niñas, la violencia relacionada con la dote, la violación marital, y otras prácticas tradicionales dañinas dentro del entorno familiar(2).

El maltrato a menores en el entorno familiar entraría dentro de este último concepto, como aquellosactos que privan al niño o niña de sus derechos y libertades, e inciden negativamente en su bienestary desarrollo (3,4).

La UNICEF (5), basándose en la Convención de Derechos del Niño, que en su Artículo 19, habla de la protección ante “cualquier forma de violencia física o mental”, determina la necesidad de considerar maltrato, no solo la violencia directa, sino también los efectos indirectos de la violencia familiar sobre los niños; basándose en estudios acerca de la violencia intrafamiliar que han puesto de relieve losefectos psicológicos adversos que tienen sobre los niños presenciar o escuchar situaciones violentas (físicas o psicológicas) de sus padres.

  • En Hospitales en todo el Perú, los médicos atienden a víctimas de violencia familiar, quienes llevan lesiones traumáticas de diferentes tipos, las cuales son consecuencia directa de la violencia dentro de la familia;

Los médicos del Instituto de Medicina Legal, no escapan a ello, debido a que a diario se perennizan en los Reconocimientos Médico Legales (RML) las lesiones producidas por este problema emergente de salud pública que no solo se suscita en el Perú, sino que es un problema de Salud a nivel mundial, el cual no distingue sexo, estado civil, nivel socio económico ni socio cultural.

Las autoridades que solicitan un Reconocimiento Médico Legal (PNP, Fiscalías de Familia, Fiscalías Penales, Poder Judicial, DEMUNA, Centro de Emergencia Mujer, INABIF, entre otros) solicitan a los médicos legistas una descripción detallada de las lesiones, donde se debe concluir los agentes causantes (objetos contusos, agentes cortantes, uña humana, arma blanca, proyectil de arma de fuego, etc).

Además concomitantemente la autoridad solicitante debe acompañar a la solicitud de RML por Violencia Familiar otra solicitud para Pericia Psicológica, en la cual el Psicólogo Forense deberá establecer si existe o no daños psicológicos, y el impacto social que ha producido este comportamiento en la agraviada víctima de violencia familiar (6,7).

Los médicos, más aun si son médicos legistas, deberán diferenciar las características de las lesiones traumáticas que se presentan en víctimas de violencia familiar (8). En el informe médico o Reconocimiento Médico Legal deberá incluir una valoración y cuantificación de las lesiones lo que se verá expresado en los días de incapacidad que requiere el peritado como en los días de atención facultativa que amerita la lesión encontrada en el RML, datos que serán de utilidad para la autoridad policial y/o fiscal, ya que ello será la prueba para poder formalizar la denuncia en la fiscalía de Familia dela provincia donde se ha suscitado el incidente.

El personal de la Salud, sobre todo el personal médico, de cada provincia debe saber la proyección legal y social de la evaluación de lesiones por violencia familiar y su perennización en el Reconocimiento Médico Legal, ya que la legislación peruana establece como obligación la certificación de lesiones traumáticas en ausencia de un médico legista (9), así como la notificación a la autoridad competente (10), lo que deberá cumplirse no sin antes capacitar al personal de la salud en identificación y descripción de las características de lesiones por violencia familiar (11).

Posteriormente la autoridad solicitante generará la tipificación de faltas, lesiones leves o lesiones graves según sea el caso. MATERIAL Y MÉTODOS Estudio descriptivo prospectivo, realizado en la División Médico Legal Chucuito ubicada en la ciudad de Puno, durante los meses de Enero a Diciembre 2013.

Para el estudio, se seleccionó las pericias médico legales de delitos contra la libertad sexual, las que fueron solicitadas por la PNP, Fiscalia y Juzgado. Para proceder al examen médico legal de lesiones por violencia familiar, a la toma de fotografias, se solicitó autorización a través del formato de consentimiento informado a las personas examinadas; siendo asi y amparándonos en las consideraciones del acto médico y en el sigilio pericial omitimos la identificacion de las personas peritadas.

  1. La población de estudio fueron todas las peritadas que denunciaban agresiones por violencia familiar y que acudieron a la DML I Chucuito, para un examen de reconocimiento médico legal por violencia familiar;
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Se determinó y describió las lesiones y características de las lesiones; clasificando las lesiones por violencia familiar en: recientes ( 7 días) dependiendo del tiempo de producidas. Se excluyó del estudio a las personas que se negaron a la realización del examen de reconocimiento médico legal.

  1. Los datos fueron analizados con la ayuda del programa Microsoft Excel 2013;
  2. RESULTADOS Se realizaron 1754 Reconocimientos Médicos Legales (RML); de los cuales 2,67 % (47/1754) fueron RML ginecológicos por delitos contra la libertad sexual, 24,12 % (423/1754) por violencia familiar, 36,20 % (635/1754) por lesiones, 0,11% (2/1754) por mordedura canina, 12,48% (219/1754) post facto, 2,05% (36/1754) por suceso de tránsito, 17,45%(306/1754) pericias de psicología forense y el 4,92% otros;

El mayor porcentaje de las peritadas tenían entre 15 a 17 años, 38,29% (18/47), seguido de peritadas entre 18 a 60 años de edad con 27,66% (13/47). Figura 1. De las 423 evaluaciones por violencia familiar realizadas con el fin de determinar lesiones, el 93,14% (394/423) peritados eran adultos, siendo solo el 6,86% (29/423) peritados niños y adolescentes. ( Figura 2 ). El agente causante de lesiones por violencia familiar varió segun el sexo. En varones, el 39,48% (167/423) fue producido por uña humana, el 10,17%(43/423) por un agente contuso. En las mujeres que fueron victima de violencia familiar, el 21,04% (89/423) tuvo como agente causante lesión por agente contuso, seguido con 7,57% (32/423) por agente contuso cortante. Se determinó según el estado civil y el sexo de los peritados, que los casados y los convivientes son quienes tienen mayor frecuencia de lesiones por violencia familiar, lo expresa que en mujeres el 45,63% (193/423) de las peritadas era casada, seguido del 16,55%(70/423) eran convivientes. En los peritados de sexo masculino que vinieron por lesiones por violencia familiar el 23,40% (99/423) son casados y el 3,55% (15/423) eran convivientes. ( Tabla 3 , Figura 4 ). Se evidenció que las regiones anatómicas lesionadas con mayor frecuencia tanto en peritados varones y mujeres son cabeza y cuello, brazos y tronco. Siendo asi en varones se expresó el 8,75% (37/423) tuvo lesiones en cabeza y cuello, seguido de 8,27% (35/423) presento lesiones en brazo derecho y el 8,04% (34/423) presentó lesiones en brazo izquierdo. Pero en el sexo femenino el 9,69% (41/423) presentó lesiones en cabeza y cuello, seguido de 8,98% (38/423) presentó lesiones en cara posterior de tronco y el 8,75% (37/423) presentó lesiones en brazo izquierdo. DISCUSIÓN El RML por violencia familiar o examen médico legal por violencia familiar, es un procedimiento que constituye el acto médico y es una prueba para resolver un problema jurídico. El RML debe ser redactado técnica y científicamente, de acuerdo al examen solicitado por la autoridad competente; para ello se emplean métodos científicos y técnicos que fuesen posibles, debiendo el profesional que evalúa, obtener la evidencia que se relacione con el delito (equimosis, escoriaciones, contusiones, etc.

( Tabla 2 , Figura 3 ). ( Tabla 4 ). Figuras 5-11. El examen médico legal siempre será practicado, previo consentimiento de la víctima, exclusivamente por el médico encargado con presencia de un personal auxiliar.

Los resultados encontrados en el presente estudio de lesiones por violencia familiar es en sí misma un hallazgo importante que coincide con estudios previos sobre el problema (12,13) y constituye un reto que se debe superar por el bien de la funcionabilidad de la familia.

  • Las mujeres presentan lesiones por agente contuso debido a la fuerza que la caracterizada los agresores que muchas veces son varones (convivientes y esposos) y en el caso de los varones son lesiones por uña humana que caracteriza a las mujeres que muchas veces tras la agresión, usan mecanismos de defensa y crean lesiones por uña humana, además de lesiones contusas concomitantes;

Hasta el momento la violencia familiar es un tema que no ha sido abordado directamente en los aspectos que se requiere trabajar de manera inmediata, es entonces, precisamente, la escasa y equívoca información respecto al tema. En ese sentido, sería enriquecedor profundizar en el aspecto del desconocimiento generalizado, pues no se satisfacen aún las necesidades de identificación, manejo y control de daños a la salud de las víctimas de violencia familiar.

  • Lo que se intenta es que reconozcan la magnitud, cualidades y repercusiones del problema, y la oportunidad que tienen para apoyar a las víctimas de violencia familiar en la búsqueda de soluciones a su problema, ya que, tarde o temprano, éstas deterioran el entorno familiar y crearán problemas y disfuncionalidad de la familia;

Resulta necesario considerar que el proceder del personal Médico Legal tendrá impacto sobre el desempeño legal y la mejora del entorno familiar como de la calidad de vida de las víctimas de violencia familiar que son maltratadas por su pareja. Así entonces podemos concluir, que uno de los mitos que hay que superar, es que la Violencia familiar sólo forma parte de los conflictos de pareja.

  1. Está demostrado que el maltrato dentro de la familia se extiende a sus hijos, afectando negativamente su bienestar y su desarrollo, con secuelas a largo plazo; llegando incluso a transmitirse a sucesivas generaciones;

REFERENCIAS BIBLIOGRÁFICAS 1. Bonnet EPF, Medicina Legal y Toxicología. Buenos Aires: Libreros, 1980. Calabuig G, Villanueva E. Lesiones. Medicina Legal y Toxicología. 5ª Ed. Masson, Barcelona, 1998. Código de Procedimientos Penales. Ley 4019. Art. 161. Nombramiento de Peritos.

  1. Preferencia y honorarios;
  2. Lima, Perú (23 de noviembre del 1939);
  3. Código Penal;
  4. Decreto Legislativo N;
  5. º 635;
  6. Art;
  7. 121-122;
  8. Delitos contra la vida, el cuerpo y la salud;
  9. Lesiones;
  10. ; Perú, 1991;
  11. Chalk R, King P;
  12. Assesing family violence interventions;

Am J Prev Med 1998; 14(4):289-292. Diario Oficial de la Federación. Norma Oficial Mexicana NOM- 190-SSA1-1999. Prestación de servicios de salud. Criterios para la atención médica de la violencia familiar. México, DF: Secretaría de Salud; 2000. Di Maio JM, Dana SE Homicidios relacionados con el sexo.

En: Manual de patología forense. Ed. Díaz Santos, Madrid, 2003: 165- 167. Gayet J, Manual de la Policía Científica. España: Zeus, 1965. Glasser D, Stephen F. Abuso sexual en niños. Ed. Paidós, Buenos Aires, 1997. 10. Gómez de Terreros I: Los profesionales de la salud ante el maltrato.

2ªed. Editorial Comares. Granada, 1997. 11. Guzmán C. Manual de Criminalística, Ediciones LA ROCA, 1ª edición, Buenos Aires-Argentina, 2000, p. 487. 12. Gómez de Terreros I: Los profesionales de la salud ante el maltrato. 2ªed. Editorial Comares. Granada, 1997. 13. Harwell TS, CastenRJ, Armstrong KA, Demsey S, Coons HL.

Results of a domestic violence training program offered to the staff of urban community health centers. Evaluation Committee of the Philadelphia Family Violence Working Group. Am J Prev Med 1998; 153:235-242.

14. Hernández D. Pobreza urbana y violencia doméstica en hogares de la Ciudad de México. ActaSociol. 1998; 22:25-43. 15. Híjar MC, Lozano R, Valdez R, Blanco J. Lesiones intencionales como causa de demanda de atención en servicios de urgencia hospitalaria en la Ciudad de México.

  1. Salud Mental 2002; 25(1):35- 42;
  2. 16;
  3. Kellermann AL;
  4. Domestic violence and the internist’s response: Advocacy or apathy? J G Intern Med 1990; 5:89-90;
  5. 17;
  6. Knight B;
  7. Delitos sexuales;
  8. En su: Medicina Forense de Simpson;

Ed. El Manual Moderno, México, 1994. 18. Kvitko LA. La violación. Peritación médico legal en las presuntas víctimas del delito. 2a edición. México: Trillas 1995. 19. McLeer SV, Anwar R. A study of battered women presenting in an emergency department. Am J Public Health. 1989.

20. Moreno R. Manual de Introducción a La Criminalística, Editorial Porrúa S. , México, 1990. 21. Muñiz M, Ferrer D, González J, Jiménez Y. Violencia intrafamiliar: su presentación en un área de salud. Rev Cubana Med Gen Integr 2000.

22. Parsons LH, Zaccaro D, Wells B, Stoval TG. Methods of and attitudes toward screening obsterics and gynecology patients for domestic violence. Am J ObstetGynecol, 1995. 23. Policía Nacional del Perú: Manual de Criminalística, Servicios Gráficos JMD, Lima-Perú, 2006.

24. Rodríguez H. Abuso sexual en niños: enfoque médico-legal. En Baráibar R (Coord. ) La salud en la infancia y la adolescencia. Ed. Arena, Montevideo, 1999. 25. Simonin C. Medicina Legal Judicial. Barcelona: Jims. 1962. 26. Sosa M, Juventino.

Criminalística. México D. : Limusa, 2002. 49. 27. Sugg NK, Inui T. Primary care physicians’ response to domestic violence. Opening Pandora’s Box. JAMA 1992;267(23):3157-3160. 28. UNICEF:Innocenti Report Card Digest nº 2. Niños y Violencia. 1999. 29. Valdez R, Juárez C. Impacto de la violencia doméstica en la salud mental de las mujeres: análisis y perspectivas en México.

  • Salud Mental;
  • 1998;
  • 30;
  • Vanrell P;
  • Violencia sexual;
  • En su: Sexología forense;
  • Editora Unimontes, Montes Claros, 2001;
  • 31;
  • Vargas Alvardo E;
  • Medicina Forense y Deontologia Medica “2da edición;
  • Mexico: Editorial Trillas; 1999;
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32. Zajaczkowski R. “Manual de Criminalística”, Ediciones Ciudad Argentina, Bs. Aires-Argentina, 1998. Fuentes de financiamiento Este estudio ha sido autofinanciado por el autor. Conflicto de interés El autor declara no tener ningún conflicto de interés. Correspondencia: Ulises Mejía Rodríguez Dirección: Av.

¿Quién paga el reconocimiento médico en una empresa?

Art 14. 5 LPRL. Por lo tanto el coste de los reconocimientos médicos recae sobre el empresario como iniciador de los riesgos que genera su empresa sobre la salud de los trabajadores.

¿Quién solicita un certificado médico legal?

12. Es gratuito – La expedición del certificado es gratuita por parte de los médicos, a pesar de que algunas instituciones públicas establezcan lo contrario en sus procedimientos administrativos, pues es una consecuencia inmediata y hace parte de la atención de salud requerida por la persona.

¿Cuáles son las lesiones contusas?

objetos contundentes o contusos. Los actuales conceptos sobre las contusiones varían de unos autores a otros: ‘ Lesiones producidas por la acción de cuerpos duros, de superficie roma, que actúan sobre el organismo por medio de una fuerza viva más o menos considerable.

¿Quién te da un certificado médico?

Criterio pediátrico Certificado médico Medical certificate Armando Reyes-Cadena Médico adscrito al Departamento de Consulta Externa de pediatría. Instituto Nacional de Pediatría, México. Correspondencia: Armando Reyes-Cadena Instituto Nacional de Pediatría Insurgentes Sur 3700-C CP 04530 México, D.

Tel. : 10-84 09-00 ext. 1832 cadenadr@yahoo. com. mx Recibido: 18 de febrero del 2015 Aceptado: 31 de marzo del 2015 DEFINICIÓN El certificado médico es un testimonio escrito acerca del estado de salud actual de un paciente, que el profesional extiende a su solicitud o a la de sus familiares, luego de la debida constatación del mismo a través de la asistencia, examen o reconocimiento.

Existen dos clases de certificado: los obligatorios por ley, entre los que podemos encontrar los de defunción, nacimiento, etcétera, y los simples, que son los que habitualmente se redactan en el consultorio. Las situaciones que llevan a realizar los certificados simples nos permiten diferenciarlos en: • Los que acreditan alguna enfermedad que requiera o no baja escolar.

• Los que acreditan aptitud física o psicofísica. Estos a su vez derivan en dos grupos: a) Los solicitados previamente al comienzo de alguna actividad escolar que requiera la conservación de alguno de los sentidos, cierta capacidad intelectual, movimientos físicos o equilibrio psíquico y cuya ausencia ponga en riesgo al paciente o a terceros.

b) Los solicitados antes de iniciar alguna actividad física, deportiva tanto competitiva como recreativa. El certificado médico se extiende siempre a petición de la parte interesada, entendiendo por tal al paciente, a la persona a la que el paciente autoriza por escrito o al representante legal.

En caso de menores de edad lo harán sus padres o representantes legales. CARACTERÍSTICAS El certificado médico óptimo debe cumplir con las siguientes características: a) Veraz. El certificado debe ser reflejo fiel e indudable de la comprobación efectuada personalmente por el profesional que lo expide.

El médico, ante las autoridades, es testigo de un hecho, la salud del paciente, y el certificado un testimonio del mismo. b) Legible. Debe estar escrito de puño y letra, con letra clara o con un formato impreso previamente, que permita ser interpretado en su totalidad, evitando abreviaturas, siglas y códigos.

  1. c) Descriptivo;
  2. Debe hacerse constar el diagnóstico que motiva la certificación;
  3. En los pacientes en quienes a partir del interrogatorio y la exploración física no se pueda llegar al mismo se recomienda hacer una descripción sindromática;

De esta manera se evitan las contradicciones de un diagnóstico equivocado. d) Coherente. La coherencia debe surgir de la comprobación adecuada efectuada personalmente y de un relato de lo observado estrictamente al atender al paciente. e) Documentado. El testimonio del médico debe quedar documentado en la Historia Clínica o ficha de consultorio, de manera tal que fundamente lo expresado en el mismo y, ante una eventual investigación judicial, sustente la veracidad de lo certificado.

  • f) Limitado;
  • Esta característica se refiere a la necesidad de aclarar en el texto del certificado la actividad para la cual se considera apto el paciente, evitando de esta manera que el certificado sea utilizado con fines para los cuales el paciente no está capacitado;

g) Formal. El certificado es un testimonio escrito y requiere un marco acorde con el mismo: – Utilización de papel membretado: recetario particular o institucional. – Ser de puño y letra del profesional. – Estar firmado y sellado. – Contar con los datos de identificación del paciente: nombre, apellidos, edad, sexo, historia clínica.

– Contar con los datos de expedición: lugar, fecha y hora de expedición del mismo. Objetivos de la consulta al realizar el certificado médico. a) Objetivos primarios. Determinar situaciones que puedan poner en riesgo la salud o la vida de la persona o de terceros y, por consiguiente, contraindicar la actividad para la que se solicita el certificado.

b) Objetivos secundarios. Generar una oportunidad para realizar un control de salud y detectar a tiempo enfermedades hasta el momento no percibidas por el paciente. Al explorar al paciente se debe intentar aprovechar el encuentro como una oportunidad de control de salud para la implementación de las prácticas de prevención de acuerdo con el sexo, la edad o subgrupo de riesgo, para lo cual será necesario realizar una anamnesis y un examen físico adecuado, evaluando al paciente en forma integral teniendo en cuenta su perfil de riesgo.

  • Al realizar la anamnesis se debe interrogar al paciente en forma exhaustiva, en el caso de menores deberá hacerse en presencia de los padres y anotar las respuestas en la Historia Clínica;
  • En niños en edad escolar se recomienda el examen clínico para realizar certificado médico anualmente con el objetivo de mantener el control de crecimiento y desarrollo; además, para detectar tempranamente factores de riesgo y afecciones prevalentes según la edad y el sexo;

Este examen debe constar de: Interrogatorio. Antecedentes familiares y personales, por ejemplo: muerte súbita en un familiar de primer grado, enfermedades neurológicas, cardiovasculares. Hábitos. Alimentación, higiene, juego, descanso, etc. Inmunizaciones. Examen físico.

  1. Debe ser pertinente, se recomienda realizar una evaluación adecuada para la edad o grupo de riesgo, prestando especial atención a las maniobras que puedan aportar información en relación con el motivo para el cual se va a expedir el certificado médico;

Antropometría. Peso y talla en centiles. Examen cardiovascular. Auscultación con el paciente acostado primero y sentado después. Palpación del choque de la punta. Toma de la presión arterial en decúbito y en posición sedente con el manguito adecuado; palpación de los pulsos periféricos comparativamente.

  • Aparato respiratorio;
  • Auscultación, frecuencia respiratoria; descartar anomalías torácicas; corroborar buena ventilación de vías superiores e inferiores; verificar la salud bucal (caries);
  • Osteomuscular;
  • Alteraciones posturales, escoliosis; revisar integridad de extremidades inferiores y del arco plantar;

Abdomen. Descartar visceromegalias, hernias. Sistema nervioso. Evaluar marcha, pruebas de equilibrio y coordinación. Reflejos osteotendinosos. Investigar agudeza visual o auditiva. Una vez finalizada la anamnesis y el examen físico completo se podrá expedir el certificado médico para la actividad física, pedagógica, recreativa y deportiva escolar.

Este certificado debe ser expedido por un médico general, pediatra, médico familiar o por un subespecialista en los casos que lo ameriten. El certificado médico debe entregarse únicamente al paciente, a la persona que legítimamente lo ha solicitado o a la que haya sido autorizada para ese fin por el paciente.

RECOMENDACIONES ÉTICAS Nunca se certificará sobre lo que no se ha observado o comprobado personalmente. Se debe describir con exactitud y rigor lo constatado, usando para ello expresiones precisas y prudentes. Se ha de evitar al máximo el empleo de tecnicismos; si ello fuera inevitable se ha de aclarar cuál es su significado para hacerlos comprensibles en lenguaje común.

Es obligado hacer constar la fecha en que se expide el certificado, seguida de la firma del médico que certifica. Es conveniente dejar en la historia clínica relación de los documentos que se han entregado al paciente, indicando el motivo de haberlos emitido.

Es recomendable también guardar una copia de ellos. CONCLUSIONES El certificado médico es un documento legal al que se le debe dar la importancia que merece. La solicitud de un certificado médico debe considerarse como una oportunidad para realizar un examen de salud completo.

El médico clínico debe reconocer sus limitaciones como examinador, y no hacer certificaciones en áreas en las que no es competente; pero a la vez lograr la competencia adecuada que le permita no convertirse sólo en una simple guía de derivación.

Reconocimiento Médico en el Trabajo

LECTURAS RECOMENDADAS 1. Baillieauu N, Arislur G. El Certificado Médico. Actualización en la Práctica Ambulatoria. Mayo-Junio 2006;9(3):80-83. [ Links ] 2. Organización Médica Colegial de España. Declaración sobre las cualidades del certificado médico y sobre sus diferencias con los partes y los informes médicos.

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Declaración aprobada por el Pleno del Consejo general. 26 Enero 2007. [ Links ] 3. El Certificado Médico. Círculo Paraguayo de Médicos. Medicina Pre-paga. [ Links ] 4. Casanovas O, Yulitta H, Turganti A, Lukin A, Medina V, Rubinstein E.

Certificación para la actividad física escolar y preparticipativa deportiva. Arch Argen Pediatr 2001;99(6):538-539. [ Links ] Nota Este artículo debe citarse como Reyes-Cadena A. Certificado médico. Acta Pediatr Mex 2015; 36:201-204..

¿Cómo se hace la vigilancia de la salud de los trabajadores?

La vigilancia de salud de los trabajadores tanto individual como colectiva, debe ser realizada a través de personal sanitario capacitado para ello, y a través de reconocimientos médicos específicos y contando también con la epidemiología laboral. Dichos reconocimientos médicos, deben ser específicos según los riesgos a los que están expuestos los trabajadores en cada uno de los centros de trabajo. La identificación de los factores de riesgo para la  salud de los trabajadores  en un centro de trabajo debe hacerla un equipo interprofesional en el que están implicados: médicos de trabajo, enfermeros de empresa y técnicos de prevención. Los reconocimientos para la  salud de los trabajadores  deben incluir todo tipo de pruebas que vayan destinadas a detectar enfermedades laborales o factores de riesgo de carácter laboral, según el protocolo establecido por la autoridad sanitaria competente. Gráficamente ofrecemos un cuadro resumen de como debiera ser este proceso de vigilancia de la salud

FASES DEL PROCESO PREVENTIVO VIGILANCIA DE LA SALUD OBSERVACIONES
Actividad principal Otras actividades
IDENTIFICACIÓN Y EVALUACIÓN DE RIESGOS Indicadores sanitarios Encuestas de salud Indicadores biológicos de exposición Caso especial: exámenes de salud previos a la asignación de nuevas tareas
EJECUCIÓN DEL PLAN DE PREVENCIÓN Screening Indicadores biológicos Encuestas de salud Investigación de datos Reconocimientos periódicos Historia clínico-laboral Protocolos específicos Documentación
VALORACIÓN DE EFICACIA DE LA PREVENCIÓN Indicadores sanitarios Investigación de daños Indicadores biológicos   Caso especial: evaluación de salud tras baja prolongada por enfermedad
ATENCIÓN PERSONALIZADA Diagnóstico preventivo Indicadores biológicos Investigación de daños Caso especial: exámenes de salud post-ocupacionales Consejo sanitario

La vigilancia de la salud de los trabajadores , según el Ministerio de Sanidad y Consumo de España, debe ser: Garantizada por el empresario restringiendo el alcance de la misma a los riesgos inherentes al trabajo. Específica en función del o de los riesgos identificados en la evaluación de riesgos. Voluntaria para el trabajador salvo que concurra alguna de las siguientes circunstancias:

  • La existencia de una disposición legal con relación a la protección de riesgos específicos y actividades de especial peligrosidad.
  • Que los reconocimientos sean indispensables para evaluar los efectos de las condiciones de trabajo sobre la salud de los trabajadores.
  • Que el estado de salud del trabajador pueda constituir un peligro para él mismo o para terceros.

Confidencial dado que el acceso a la información médica derivada de la vigilancia de la salud de cada trabajador se restringirá al propio trabajador, a los servicios médicos responsables de su salud y a la autoridad sanitaria. Ética con el fin de asegurar una práctica profesional coherente con los principios del respeto a la intimidad, a la dignidad y la no discriminación laboral por motivos de salud. Prolongada en el tiempo, cuando sea pertinente, más allá de la finalización de la relación laboral, ocupándose el Sistema Nacional de Salud de los reconocimientos post-ocupacionales.

Sistemática porque las actividades de vigilancia de la salud deben ser dinámicas y actualizadas permanentemente captando datos y analizándolos, más allá de la puntualidad que puede sugerir la característica ‘periódica’.

Documentada con la constatación de la práctica de los controles del estado de salud de los trabajadores , así como las conclusiones obtenidas de los mismos teniendo la obligación el empresario en determinadas exposiciones (agentes cancerígenos, biológicos, químicos) de mantener un registro de los historiales médicos individuales y de conservar el mismo un plazo mínimo de 10 años después de finalizada la exposición, salvo normativa específica más restrictiva.

  1. Informando individualmente a los trabajadores tanto de los objetivos como de los métodos de la vigilancia de la salud, que deben ser explicados de forma suficiente y comprensible a los trabajadores, así como de los resultados;

Gratuita puesto que el coste económico de cualquier medida relativa a la seguridad y salud en el trabajo, y por tanto el derivado de la vigilancia de la salud, no deberá recaer sobre el trabajador (apartado 5 del artículo 14 de la LPRL). Una consecuencia de lo anterior es la realización de los reconocimientos médicos dentro de la jornada laboral o el descuento del tiempo invertido en la misma.

Participada respetando los principios relativos a la consulta y participación de los trabajadores o de sus representantes establecidos en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales. Con los recursos materiales adecuados a las funciones que se realizan.

Contenido ajustado a las características definidas en la normativa aplicable. Para los riesgos que no hayan sido objeto de reglamentación específica, la LPRL no especifica ni define las medidas o instrumentos de vigilancia de la salud de los trabajadores , pero sí establece una preferencia por aquellas que causen las menores molestias al trabajador, encomendando a la Administración Sanitaria el establecimiento de las pautas y protocolos de actuación en esta materia.

Este encargo se concreta en el Reglamento de los Servicios de Prevención que encomienda al Ministerio de Sanidad y Consumo y a las Comunidades Autónomas del establecimiento de la periodicidad y contenido de la vigilancia de la salud de los trabajadores  específica.

El contenido de dichos reconocimientos incluirá, como mínimo, una historia clínico-laboral, donde además de los datos de anamnesis, exploración física, control biológico y exámenes complementarios, se hará constar una descripción detallada del puesto de trabajo, del tiempo de permanencia en el mismo, de los riesgos detectados y de las medidas de prevención adoptadas.

  • Realizada por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada es decir por médicos especialistas en Medicina del Trabajo o diplomados en Medicina de Empresa y enfermeros de empresa.
  • Planificada porque las actividades de vigilancia de la salud deben responder a unos objetivos claramente definidos y justificados por la exposición a riesgos que no se han podido eliminar o por el propio estado de salud de la población trabajadora.

Deberá abarcar:

  • Una evaluación de la salud de los trabajadores inicial, después de la incorporación al trabajo o después de la asignación de tareas específicas con nuevos riesgos para la salud.
  • Una evaluación de la salud periódica específica, por trabajar con determinados productos o en determinadas condiciones reguladas por una legislación específica que así lo exija o según riesgo/s determinados por la evaluación de riesgos, o a petición del trabajador, cuando el mismo crea que las alteraciones de su salud son producidas por la actividad laboral. La periodicidad no tiene porqué ajustarse a intervalos regulares; cada caso se establece en los protocolos específicos, y también va a depender de la historia natural de la enfermedad y de las condiciones de exposición.
  • Una evaluación de la salud después de una ausencia prolongada por motivos de salud.

Incluyendo la protección de:

  • los trabajadores especialmente sensibles como consecuencia de que el empresario debe garantizar la protección de todos aquellos trabajadores que puedan verse afectados de forma singular por algún riesgo identificado en el puesto de trabajo, por sus características personales, estado biológico o que presenten algún tipo de discapacidad.
  • los trabajadores menores de edad, por su desarrollo incompleto y por su falta de experiencia para identificar los riesgos de su trabajo.
  • las trabajadoras en periodo de embarazo, lactancia y puerperio.

¿Cómo se puede vigilar la salud de los trabajadores?

¿Qué obligaciones tiene el empresario? –

  • Garantizará a los trabajadores a su servicio la vigilancia periódica de su estado de salud en función de los riesgos inherentes al trabajo ( Art. 22 LPRL ).
  • Teniendo en cuenta los datos colectivos de la vigilancia de la salud, deberá modificar, si fuese necesario, la evaluación y la planificación de las acciones relacionadas con la vigilancia de la salud de sus empleados.
  • La vigilancia periódica del estado de salud de los trabajadores se realizará por personal sanitario con competencia técnica, formación y capacidad acreditada y según protocolos específicos creados por la Autoridad Laboral.
  • El empresario podrá optar por que la vigilancia de la salud se realice por medios propios de la empresa o a través de conciertos externos.

¿Cuáles son los objetivos de la vigilancia de la salud individual?

Los objetivos individuales de la Vigilancia de la Salud podemos resumirlos en tres: La detección precoz de las repercusiones de las condiciones de trabajo sobre la salud. La identificación de los trabajadores especialmente sensibles a ciertos riesgos. La adaptación del trabajo o la tarea al individuo.

¿Qué es vigilancia de salud del trabajador?

La Vigilancia de la Salud de los Trabajadores es el proceso de recolección de información y análisis sistemático que abarca todas las evaluaciones necesarias para proteger la salud los trabajadores, con el objetivo de detectar los problemas de salud relacionadas con el trabajo y controlar los factores de riesgos y.

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