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Cuando Se Pasa Tribunal Medico Estando De Baja?

¿En qué situación estoy si han prorrogado mi baja médica? – Si se prorroga la baja, se seguirá no teniendo que acudir a trabajar, y se seguirá cobrando la prestación por Incapacidad Temporal. Acabada la prórroga se podrá recibir el alta, pasar al tribunal médico, o de forma extraordinaria recibir una segunda prórroga de 185 días más, hasta completar 730 días de baja.

¿Cuando te llama la inspeccion médica estando de baja?

¿Cuándo habrá que asistir a la inspección médica por baja laboral? – Es obligatorio acudir a una cita de este tipo siempre que lo requiera el médico correspondiente. En caso de no cumplir con la asistencia a la inspección , la entidad gestora suspenderá el pago de la prestación. Pero, ¿con qué frecuencia se suelen realizar estas revisiones de la incapacidad temporal? Según el periodo de duración aproximado de la baja laboral se establecen las siguientes pautas:

  • Incapacidad temporal inferior a 5 días naturales (duración muy corta): no supone ninguna revisión.
  • Baja laboral de entre 5 y 30 días naturales (corta): la primera revisión tendrá que darse en los primeros 7 días naturales, mientras que la segunda y siguientes se producirán en un máximo de 14 días naturales.
  • Baja de 31 a 60 días naturales (duración media): la primera revisión tendrá que darse en los primeros 7 días naturales, mientras que la segunda y sucesivas se producirán en un máximo de 28 días naturales.
  • Incapacidad temporal de 61 días o más (larga duración): la primera revisión se producirá en un máximo de 14 días y las siguientes tendrán lugar en un máximo de 35 días naturales.

¿Cuánto tardan en llamarte para pasar Tribunal Médico 2022?

El plazo legal establecido, es decir lo que tarda el tribunal médico en llamar, es de 135 días para resolver y notificar.

¿Cuándo hay que pasar por el tribunal médico?

Una vez llegados a los 12 meses, recibiremos una notificación del Tribunal Médico para someternos a su control. Por ello, es a partir del año cuando el control de la IT (incapacidad temporal) se transfiere a este órgano.

¿Qué hacer si me dan el alta y sigo mal?

Si la mutua te da el alta durante los primeros 365 días de baja y no estás conforme porque no estás recuperado/a para realizar tu trabajo, existen dos vías para reclamar la revisión de esta situación: 1. La primera vía, y la más recomendable:   Pide a la mutua el informe médico que justifique el alta. Estás en tu derecho y conoces tus derechos. L a mutua está obligada a proporcionarte un  informe médico  conteniendo el diagnóstico y los motivos que justifican el alta médica, a la vez que los informes interpretativos de las pruebas realizadas. Solicita y rellena la hoja de reclamaciones (Art. 12. 6 del RD 38/2010) en la mutua, detallando los hechos y todas las explicaciones necesarias. A continuación, y  siempre con el informe médico   de la mutua , dirígete al Servicio Público de Salud y notifica a tu médico/a de atención primaria que a pesar de seguir sufriendo un daño derivado de tu trabajo, que además te impide realizar tus tareas propias de tu trabajo, la mutua nos da el alta. Es importante que a tu médico/a de atención primaria le indiques claramente: – Todos los síntomas y molestias que tienes. – Las actividades que realizas en tu puesto de trabajo – Las dificultades que sigues encontrando para realizar tu trabajo – El problema que has tenido con la mutua. Una vez que el servicio médico de atención primaria te ha dado la baja puedes solicitarle que inicie él o ella la Determinación de Contingencias  ya que   también la puede iniciar el propio médico/a de familia del sistema público de salud; así lo establece el artículo 3 del  Real Decreto 625/2014 , de 18 de julio, por el que se regulan determinados aspectos de la gestión y control de los procesos de incapacidad temporal en los primeros 365 días de su duración. Si se negara, no te queda más remedio que acudir a la oficina del INSS que te corresponda por tu domicilio, pedir un  impreso de determinación de contingencias   y rellenarlo con tus datos personales,  solicitando además que se reconozca que los daños que sufres te los ha producido el trabajo y debería ser la mutua, y no el Sistema Público de Salud, quien se hiciese cargo de tu baja médica, pero dado que la mutua no quiere reconocer que no puedes hacer tu trabajo en estas condiciones, ha tenido que ser un medico del Sistema Nacional de Salud quien te ha dado la baja. Si el INSS reconoce el origen laboral de tu baja, pasará a considerarse de nuevo contingencia profesional, por lo que a partir de ese momento será otra vez la mutua la que se encargue de tu tratamiento médico hasta tu completa recuperación. Además, en caso de que haya diferencia en la prestación económica, deberán pagarte las cantidades correspondientes desde que se inició la baja médica de la Seguridad Social. En caso de que no te den la baja médica, debes incorporarte a tu puesto de trabajo y denunciar la situación ante la INSPECCIÓN MÉDICA (pregunta en tu centro de salud por su ubicación). La segunda vía, y la menos recomendable: REVISIÓN DEL ALTA MÉDICA Solicita la Hoja de Reclamaciones y entrégala con tus datos personales y con la queja al darte el alta sin encontrarte recuperado para realizar tu trabajo. Acude al INSS y solicita y entrega relleno con tus datos personales un impreso de solicitud de Revisión del alta médica emitida por la mutua. Tienes 10 días hábiles desde que la mutua te da el alta para presentar esta solicitud de revisión , aunque te recomendamos que lo hagas el mismo día del alta. Junto con el impreso tienes que tienes que presentar el historial médico previo relacionado con tu proceso de incapacidad temporal o copia de solicitud del historial clínico a la Mutua. Una vez iniciado el procedimiento de revisión, debes comunicarlo a la empresa el mismo día en que presentes la solicitud o en el siguiente día hábil. La iniciación del procedimiento suspende los efectos del alta médica y se prorroga la situación de IT derivada de contingencia profesional en la que te encontrabas, manteniéndose el abono de la prestación. El riesgo de esta vía de reclamación es que si posteriormente el INSS confirma que el alta médica de la mutua fue correcta,  pueden considerarse indebidamente percibidas las prestaciones económicas de la IT y tendrás que devolverlas.

En caso de presentar la solicitud del historial clínico, deberás presentar también el parte de alta. IMPORTANTE: Guarda los recibos de los medicamentos o productos que tengas que comprar para tu tratamiento.

Si el INSS te da la razón, la mutua deberá devolverte el importe. El INSS toma su decisión sobre la contingencia teniendo en cuenta el informe que elabora el  Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI). Emitido el informe del EVI, el Director Provincial competente del INSS o ISM ha de dictar la resolución que corresponda, en el plazo máximo de quince días hábiles a contar desde la aportación de la documentación por las partes interesadas, o del agotamiento de los plazos fijados para ello..

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¿Que suelen preguntar en una inspección médica?

QUÉ PREGUNTAS TE HACEN EN UN TRIBUNAL MÉDICO – Si es tu primera vez, seguro que estarás nervioso ante la incertidumbre de lo que te vas a encontrar. En realidad, si acudes a la cita con tus informes médicos bien documentados y ordenados, el proceso se te hará más fácil y llevadero de lo que probablemente esperes. Algunas de las  preguntas que te pueden hacer en un Tribunal Médico  son:

  • ¿Qué tal te encuentras?
  • ¿Has mejorado de tu enfermedad o lesión en el tiempo que llevas de baja?
  • ¿Has venido solo o acompañado?
  • ¿En qué puesto trabajas?
  • ¿Qué tipo de tareas solías realizar a diario?

En algunos casos este cuestionario se acompañará de un examen físico.

¿Qué se hace en la inspección médica?

Estudiantes, principalmente niños y adolescentes, deben ser sometidos a revisión médica antes de realizar deportes. Con la evaluación médica, se logra identificar la condición física de la persona y si está apto para la práctica deportiva. Un chequeo a tiempo puede prevenir la ocurrencia de muerte súbita.

La inspección médica es importante en todas las etapas de la vida. A través de ella, se puede identificar factores de riesgo, o contar con un diagnóstico precoz respecto a problemas de salud, malformaciones, afecciones cardiacas, entre otros.

Ante ello, El Dr. José Ortellado, director del Programa de Prevención Cardiovascular, explica que, mediante las evaluaciones, se puede verificar si el niño está apto o no para realizar la actividad física o si la debe realizar bajo ciertas restricciones.

La evaluación incluye: 1- Cuestionario de ficha clínica, donde se pregunta sobre antecedentes de salud de los padres y familiares, por ejemplo: la ocurrencia de infarto, muerte súbita o muertes de algún familiar antes de 50 años.

2- Examen físico, realizado por el pediatra. 3- Estudio básico cardiovascular: el electrocardiograma informado por el especialista al inicio de las clases. 4- Si el Pediatra solicita, el estudio de ecocardiograma. A pesar de la difusión de las medidas de prevención, la muerte súbita sigue ocurriendo, ocasionalmente en deportistas.

  • Según la investigación publicada en “The New England Journal of Medicine”, la incidencia de muerte súbita resultó de 6,8 por cada 100;
  • 000 atletas (1 en cada 14;
  • 700 años-persona), cuando se podía esperar 1 caso por cada 50;

000, o, según la American Heart Association, 1 cada 200. 000. Teniendo en cuenta estos casos, el Programa Nacional de Prevención Cardiovascular realiza campañas de uso del DEA (Desfibrilador Eléctrico Automatizado) en los espacios o instituciones del alto riesgo, como en centros deportivos y de alta competencia, para prevenir la muerte súbita, no solo del deportista sino también de personas no competitivas.

  • La actividad física en la niñez y la adolescencia fomenta un estilo de vida saludable, determina un mejor desarrollo físico, previene las enfermedades relacionadas con el sedentarismo, y estimula la maduración psicomotriz y la motricidad fina, mejorando el rendimiento;

Atención Si durante la práctica de actividad física el niño manifiesta algún malestar: falta de aire, cansancio fácil, molestias en el pecho, palpitaciones o desmayo, es indicio de que, definitivamente, el menor de edad no se encuentra bien; debe suspender la práctica y ser trasladado de inmediato al servicio de salud para recibir atención médica.

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¿Qué tipo de preguntas te hacen en el tribunal médico?

¿Cuál es el tiempo máximo de baja por enfermedad?

¿Cuánto puede durar una baja médica? – Al ser una incapacidad temporal, dura como máximo 365 días, prorrogables 180 días más. La situación de baja médica puede finalizar por estas causas:

  • Por haber superado el tiempo máximo de baja que es 545 días (365 días más la prórroga de 180 días).
  • Por jubilarse.
  • Por ser dado de alta por curación o mejoría que permita volver a trabajar.
  • Por ser reconocida una Incapacidad Permanente, cuando el trabajador no se va a recuperar y no va a poder volver al trabajo que ocupaba.
  • Por empezar el proceso para que se le reconozca la Incapacidad Permanente, tanto acabar el primer plazo de 365, como durante la prórroga de 180 días.
  • Por fallecimiento de trabajador.

¿Cuántos partes de baja puede dar el médico de cabecera?

¿Cuántos partes de baja puede dar el médico de cabecera? – Esto dependerá de la duración media del proceso de incapacidad temporal, pero si el máximo está marcado en 365 días y cada parte de baja se emite cada 35 días naturales cuando es de larga duración, el médico podría dar hasta 10 partes.

¿Cuánto tiempo tarda en llamar la inspección médica?

¿Cuánto tarda el Tribunal Médico en llamar? – El plazo legal establecido, es decir lo que tarda el tribunal médico en llamar, es de 135 días para resolver y notificar. Pero puede suceder que pase este periodo sin que se hayan pronunciado y no hayan notificado nada.

¿Cómo funciona el tribunal médico?

Referencias –

  • El Tribunal Médico o Equipo de Valoración de Incapacidades (EVI) , Josep Maria Merino

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¿Qué pasa cuando se cumplen los 365 días de baja?

Por lo tanto, cuando se alcancen los 365 días de incapacidad temporal ya no se emitirán más partes de baja, y el facultativo del servicio público de salud o de la mutua emitirá el parte de confirmación en el que indicará el día de cumplimiento de los 365 días así como comunicará a la persona trabajadora que, a partir.

¿Qué hacer si te dan el alta y no puedes trabajar?

Cómo reclamar contra el alta médica – Si bien el proceso para reclamar en contra de un alta médica es una materia compleja en la que profundizaremos en futuros artículos, queremos proporcionarte los aspectos más importantes a tener en cuenta:

  • Aunque reclames contra el alta médica no se suspende su eficacia. Esto quiere decir que si te dan el alta, debes solicitar la reincorporación al puesto de trabajo y entonces, una vez te hayas reincorporado, reclamar en contra de la misma. El hecho de presentar la reclamación contra el alta médica, no te permite no reincorporarte al trabajo.
  • Los plazos para reclamar son muy breves. Según el caso pueden ser 11 días o 20 días por lo que debes valorar rápidamente si impugnar el alta médica.
  • ¿Contra quién reclamas? Es importante saber quién te ha dado el alta médica porque de ello dependerá dónde presentar reclamación.

Para encontrar más información sobre cómo solicitar de nuevo la baja médica y dónde debes presentar la reclamación, echa un vistazo a este otro artículo: ¿Qué pasos hay que seguir para solicitar la baja médica?.

¿Qué ocurre si el inspector médico te da de alta?

¿Se tiene derecho a subsidio durante la reclamación? – La inspección médica dispone de un plazo de 7 días para resolver la reclamación del trabajador. Si da la razón al trabajador, este continuará de baja y si resuelve a favor del INSS, el trabajador tendrá que reincorporarse al trabajo.

  1. En ambos casos, la baja será prorrogada hasta la última resolución;
  2. Por tanto, el trabajador seguirá cobrando la prestación por incapacidad temporal hasta que su reclamación sea solucionada;
  3. En caso de que la inspección médica confirme el alta, el trabajador puede recurrir ante los tribunales ordinarios en un plazo de 20 días desde la resolución;

En ese caso, el trabajador no recibirá la prestación por baja en las fechas comprendidas entre la de la citada resolución por la que se le da de alta y la de la decisión relativa a la impugnación judicial. No obstante, si esta última resultase a su favor, podría cobrarlo con carácter retroactivo.

¿Cómo conseguir una baja de larga duración?

¿Qué pasa si el INSS no me llama?

Al llegar a los 365 días de baja aconsejamos una actitud proactiva: – Somos conscientes de la inquietud que sufren los trabajadores que llegan a 365 días de baja y el INSS no le ha citado para este reconocimiento. Esto genera inseguridad y miedo a los trabajadores por su futuro inmediato.

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Ante ello, además de mantener la calma, el trabajador puede tomar la iniciativa e intentar averiguar los motivos de este retraso. Para ello puede solicitar cita al INSS y preguntar a los funcionarios que le atiendan los motivos del retraso que está sufriendo.

Incluso podría llamar por teléfono o contactar telemáticamente con el INSS a estos efectos. Estos intentos de mantenerse informado van a provocar un efecto tranquilizador en el trabajador y por ello, animamos a hacerlo. Si pinchan en este enlace pueden acceder al espacio destinado por el INSS en su web para solicitar cita previa e informarse de cuanto necesite: https://cutt.

¿Cuánto tarda la inspeccion médica en contestar?

¿Qué ocurre con el subsidio durante esa reclamación? – Otra cuestión importante que el trabajador debe saber es qué sucede con su salario mientras cursa su reclamación. La inspección médica tiene un plazo de 7 días como máximo para responder al recurso interpuesto por aquel.

  • Transcurrido ese tiempo, debe contestarle, ya sea a su favor, ya ratificando lo decidido por el INSS;
  • En el primero de los casos, el trabajador continuará de baja, mientras que en el segundo no;
  • Pero, en cualquiera de ambos casos la citada baja se considera prorrogada hasta la fecha de esta última resolución;

Dicho con otras palabras, el interesado tiene derecho a cobrar subsidio por los días que pasen hasta que se solucione su caso. Además, si la resolución de la inspección médica confirma el alta y el trabajador no está de acuerdo, tiene la posibilidad de acudir a los tribunales.

Concretamente, puede impugnar judicialmente ese alta con arreglo a lo marcado por los artículos 70 y 140 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social o Ley 36/2011 de 10 de octubre. Esa demanda de impugnación, además, debe interponerse dentro de los 20 días siguientes a la resolución de alta.

En este caso, el trabajador no percibirá el subsidio derivado de su situación de baja en las fechas comprendidas entre la de la citada resolución por la que se le da de alta y la de la decisión relativa a la mencionada impugnación judicial. No obstante, si esta última resultase a su favor, podría cobrarlo con carácter retroactivo.

En conclusión, el alta médica tras incapacidad temporal planteaba problemas para el trabajador y la empresa debidos a un desfase de fechas. Este se producía entre el día del alta y el de recepción de la notificación de la misma por parte del interesado.

Esos días transcurridos entre uno y otro generalmente eran pagados por la propia empresa. Sin embargo, en los Presupuesto Generales del Estado de 2017 se rehizo el artículo 170 de la Ley General de la Seguridad Social aclarando que era la mutua colaboradora la obligada a pagar esos días.

Por tanto, el trabajador tenía derecho a reclamar ese dinero a la citada mutua. No obstante, y para evitar gestiones al interesado, el Instituto Nacional de la Seguridad Social resolvió enviar comunicación de la alta vía SMS.

De esta forma, se elimina ese desfase temporal de unos días pues el trabajador recibe el alta médica en el mismo momento en que se produce y puede incorporarse a su puesto inmediatamente..

¿Cómo comunica el alta la inspección médica?

Notificación alta INSS por SMS – Por supuesto, el parte de alta médica es un documento importante que hay que tener controlado. Normalmente, lo que hace la Seguridad Social es enviarte rápidamente un SMS a tu móvil en el que te notificarán que oficialmente estás dado de alta.

Sólo con eso ya estás obligado a reincorporarte al trabajo al día siguiente. Pese a todo, el documento formal definitivo te acabará llegando por carta certificada a tu domicilio. Así es como notifica el INSS el alta médica.

Ahí es donde vendrán todos tus datos personales y los detalles del proceso de baja por el que hayas pasado. Eso sí, no cometas el grave error de ignorar el envío de un SMS del INSS. Esto se hace así por cuestiones de agilidad. La carta certificada puede tardar una semana o más en llegar , pero eso no significa que puedas estar durante ese tiempo en casa rascándote la barriga.

  1. Si faltas a tu puesto de trabajo en esos días, no los cobrarás, e incluso podrían llegar a despedirte;
  2. Desde el momento en que te llega el mensaje al móvil, tu baja por incapacidad habrá terminado y tendrás que ir a trabajar a la jornada siguiente;

Cierto es que tienes la capacidad de impugnar un alta médica si no estás de acuerdo con ella, pero eso tendrás que gestionarlo (al menos en teoría) mientras sigues en el trabajo.

¿Cómo saber el resultado del tribunal médico?

Desde la sección ‘Mis Expedientes Administrativos’ de la página del organismo, el ciudadano puede acceder a ‘la información sobre el estado de tramitación de los procedimientos que tenga abiertos, la relación de los actos de trámite realizados, con indicación sobre su contenido, así como la fecha en la que fueron.

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