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Como Poner Una Denuncia A Un Medico De La Seguridad Social?

Como Poner Una Denuncia A Un Medico De La Seguridad Social
Formas de presentación – Las sugerencias y quejas pueden ser presentadas mediante las siguientes vías:

  • Vía telemática, a través del formulario electrónico disponible, utilizando DNI Electrónico u otro certificado digital (persona física/ persona jurídica o entidad) admitido.
  • Vía presencial, cumplimentando el formulario correspondiente, el cual se puede encontrar al final de esta página.
  • Vía postal, donde se hará constar el nombre, apellidos y domicilio, con el fin de remitirle la copia correspondiente así como la contestación.

¿Cómo hacer una denuncia a la Seguridad Social?

¿Cuánto tarda el INSS en contestar una reclamación previa foros?

¿Qué plazo tiene la administración para responder? – El artículo 21 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común establece que la administración tiene la obligación de resolver de manera expresa en los plazos que se fijan en la correspondiente norma reguladora.

  1. Con carácter general, esta plazo no podrá superar los seis meses, y en caso de que no exista legislación que establezca un plazo, se deberá considerar tres meses;
  2. Sentado lo anterior, tenemos que diferenciar entre la iniciación de un procedimiento mediante el cual solicitamos un derecho a la seguridad social, a la presentación de una reclamación previa que impugnamos una resolución de un procedimiento ya iniciado;

Los plazos de iniciación de un procedimiento viene recogidos principalmente en el Real Decreto 286/2003. Así, por ejemplo si solicitamos alguno de estas prestaciones estos son los plazos de resolución expresados en días hábiles:

  • Pensión de jubilación – 90 días.
  • Prestación de incapacidad permanente o revisión de la misma – 135 días.
  • Prestación de maternidad o incapacidad temporal – 30 días.
  • Recargo de prestaciones – 135 días.
  • Reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria – 1 día

Por lo tanto, dentro de los plazos anteriormente indicados la empresa está obligada a realizar una resolución expresa. Si no estamos conforme con dicha resolución, o para el caso de que no exista y exista silencio administrativo, tendremos que presentar una reclamación previa. Presentada esta reclamación previa, el artículo 71 de la Ley reguladora de la Jurisdicción social establece que en materia de prestaciones, la seguridad social tiene un plazo de 45 días hábiles para dictar resolución expresa.

¿Cómo responder a una queja de un paciente?

¿Cómo hacer una queja a una enfermera?

Metodología – En la actualidad, todos los hospitales y centros de salud tienen la obligación de disponer del Servicio de Atención al Paciente, este servicio se encarga de velar por el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los usuarios, de informar de las prestaciones disponibles, las características asistenciales de cada centro o servicio y el procedimiento para emitir sugerencias o reclamaciones, así como de tramitar la solicitud de documentación clínica y de cambio de hospital. La presentación de sugerencias, agradecimientos, quejas, reclamaciones y peticiones se puede realizar:

  • Presencialmente: en cualquier Servicio de Atención al Paciente y Usuario de los centros sanitarios ; en el Departamento de Salud o de sus Delegaciones Territoriales y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Por correo postal: dirigido al centro sanitario al que se refieren los hechos, al Departamento de Salud o a sus Delegaciones Territoriales de Salud.
  • Por vía telemática , a través del formulario electrónico disponible, utilizando DNI Electrónico u otro certificado digital admitido.

¿Cómo presentar disconformidad alta médica?

Procedimiento de disconformidad con el alta médica emitida por la Entidad gestora a partir de los 365 días –

  • Frente a la resolución del INSS (o del ISM), que declare la extinción de la IT por alta médica, el interesado podrá manifestar su disconformidad en el plazo máximo de los 4 días naturales siguientes a la recepción de la resolución, cumplimentando el modelo aprobado al efecto por la Entidad gestora.
  • La manifestación de disconformidad se presentará ante la Inspección médica del SPS, Entidad gestora o en cualquiera de los órganos señalados en el artículo 38. 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
  • El interesado lo comunicará a la empresa en el mismo día en que presente dicha disconformidad o en el siguiente día hábil.
  • Si el SPS discrepara del criterio de la Entidad gestora , podrá proponer, en el plazo máximo de 7 días naturales, la reconsideración de la decisión de aquélla, especificando las razones y fundamento de su discrepancia. La Entidad gestora deberá pronunciarse expresamente en el transcurso de los 7 días naturales siguientes, notificando la resolución al interesado, que será también comunicada a la inspección médica, en el sentido siguiente:
    • Si en función de la propuesta reconsiderara el alta médica, se reconocerá al interesado la prórroga de su situación de IT a todos los efectos.
    • Si, por el contrario, se reafirmara en su decisión, para lo cual aportará  las pruebas complementarias que fundamenten aquélla, sólo se prorrogará la situación de IT hasta la fecha de la última resolución.
  • Si el SPS confirmara la decisión de la Entidad gestora o no efectuara pronunciamiento alguno en el plazo de los 11 días naturales siguientes a la fecha de la resolución, adquirirá plenos efectos la mencionada alta médica. Durante el período de tiempo transcurrido entre la fecha de alta y aquella en la que la misma adquiera plenos efectos se considerará prorrogada la situación de IT.
  • El INSS (o el ISM) y los SPS deberán comunicarse recíprocamente, a la mayor brevedad posible, el inicio del procedimiento de disconformidad así como todas las decisiones que adopten en el desarrollo del procedimiento.
  • La Entidad gestora comunicará a su vez a la empresa, a la mayor brevedad posible, todas las decisiones que puedan afectar a la duración de la situación de la IT del interesado.
  • Las comunicaciones entre las EEGG , SPS y las dirigidas a la empresa se realizarán preferentemente por medios electrónicos o telemáticos.
  • El procedimiento de disconformidad no se aplica en la Comunidad Autónoma de Cataluña, por ejercer los médicos del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias (ICAMS) las competencias atribuidas a los del INSS.

¿Cómo se puede presentar una denuncia?

En caso de ser víctima o conocer de algún delito, debe presentar denuncia penal con el fin de poner en conocimiento de la autoridad competente un comportamiento que constituye delito. La denuncia se presenta en la sede de la fiscalía a la cual usted tenga acceso y se puede hacer de manera verbal o escrita, dejando constancia del día y hora de su presentación y debe contener una descripción detallada de los hechos que conozca el denunciante (cómo, cuándo, dónde ocurrieron los hechos).

  1. De no contar con ninguna oficina de la Fiscalía en su municipio, podrá acudir a la Policía;
  2. Respecto de algunos delitos tales como: Injuria, calumnia, hurtos hasta 150 salarios mínimos mensuales o lesiones personales menores, es obligatorio que la persona directamente afectada o víctima, presente la denuncia, que para estos casos se llama “querella”;
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Esta deberá presentarse  dentro de los 6 meses siguientes de ocurrido el hecho o desde que haya tenido conocimiento de este. Para más información sobre lo que es la querella, consulte aquí  3. Luego de narrar los hechos que constituyeron el delito o entregar el escrito con la denuncia o querella, le entregarán un número de seguimiento del caso, denominado SPOA (Sistema Penal Oral Acusatorio).

  • Mediante este número, usted podrá hacer seguimiento a la denuncia aquí Una vez recibida la querella, denuncia o desde que se conoce el caso, la Fiscalía cuenta con un plazo general máximo de dos años para llevar el asunto en mención a conocimiento de un juez penal o para archivar la investigación correspondiente;

CASA DE JUSTICIA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN. DENUNCIAS- POLICÍA NACIONAL Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga click aquí Ir a Directorio ¿Qué debe hacer? En los casos en que se requiera presentar querella por la víctima del delito (delitos querellables), es obligatorio intentar una conciliación, antes de que la fiscalía inicie el proceso.

En estos eventos, la fiscalía citará a audiencia de conciliación, pero la víctima del delito puede acudir directamente ante un Centro de Conciliación, para que se cite al denunciado. De todas formas, para cualquier tipo de delito, es posible llegar a acuerdos entre la víctima y el denunciado para reparar los daños que se hayan causado, sin que esto conlleve necesariamente la terminación de la investigación del delito o el proceso penal.

¿Dónde acudir? CASA DE JUSTICIA FISCALÍA GENERAL DE LA NACIÓN. DENUNCIAS- POLICÍA NACIONAL Para conocer la ubicación de la totalidad de autoridades relacionadas con su conflicto haga click aquí Ir a Directorio Requisitos generales Requisitos generales de la denuncia 1.

  1. Nombre completo, número de cédula o documento de identidad de la persona que presenta la denuncia;
  2. Narración de los hechos que conoce el denunciante (¿cómo, cuándo, quién, dónde?;
  3. Para conocer los requisitos generales de este trámite pulse aquí;

¿El trámite tiene costo? No ¿Necesita abogado? No ​​ ​ •    Nadie está obligado a presentar una denuncia contra sí mismo, contra sus parientes más cercanos, ni contra su esposo(a) o compañero(a) permanente. •    Denunciar hechos que no pasaron, constituye falsa denuncia y.

En caso de presentar una denuncia, relatando hechos o circunstancias que no sean verdaderos, puede estar cometiendo el delito de falsa denuncia, el cual tiene  pena de prisión que va desde dieciséis (16) a treinta y seis (36) meses y multa de dos punto sesenta y seis  (2.

66) a quince (15) salarios mínimos legales mensuales vigentes •    En los casos en que se requiera presentar querella por la víctima del delito (delitos querellables), es obligatorio intentar una conciliación. En estos eventos, la fiscalía citará a audiencia de conciliación, pero la víctima del delito puede acudir directamente ante un Centro de Conciliación, para que se cite al denunciado; de todas formas, es posible llegar a acuerdos entre la víctima y el denunciado para reparar los daños que se hayan causado, sin que esto conlleve necesariamente la terminación de la investigación del delito o el proceso penal.

•    Los delitos se pueden denunciar en: Salas de Recepción de Denuncia de la localidad, los Grupos de Acción Unificada por la Libertad Personal – GAULA, en caso de secuestro y extorsión, Casas de Justicia, Estaciones de la Policía Nacional: DIJIN y SIJIN, Comisarías de Familia, en casos de violencia intrafamiliar, Centros de Atención Penal Integral a Victimas CAPIV en las ciudades en donde exista este Modelo de Atención.

•    Usted debe denunciar el feminicidio es un delito el cual radica en causarle la muerte a una mujer solo por hecho de ser mujer. Este es un delito que se le dio una categoría especial, es decir, que se investigara y sancionara al culpable exclusivamente por este delito, sin relacionarlo con otro tipo de delitos como las lesiones personales.

•    Ley 906 de 2004 “Código de Procedimiento Penal”, artículos 66, 67, 68 y 69 que se refieren a la titularidad y requisitos de la acción penal, es decir a la denuncia y la querella. ; artículo 74 sobre los delitos que requieren querella.

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¿Que responder en un tribunal médico?

¿CÓMO VALORA EL TRIBUNAL MÉDICO? – El Tribunal Médico suele consistir, básicamente, en una entrevista personal donde revisarán tus informes médicos y te plantearán algunas cuestiones sobre tu patología y tu estado de salud actual, para saber qué dolencias y qué dificultades tienes para realizar ciertos movimientos o actividades.

También pueden hacerte algunas preguntas de carácter personal, además de una exploración física o cuestionario psicológico, dependiendo de la naturaleza de tu afección. En última instancia, lo que quieren valorar es tu capacidad para seguir desarrollando tu profesión u oficio.

Por eso las pruebas irán orientadas a analizar los impedimentos que te está causando. La entrevista con el médico evaluador del Tribunal Médico no suele durar más allá de 30 minutos.

¿Cuándo se entiende denegada una incapacidad permanente por silencio administrativo?

EL SILENCIO ADMINISTRATIVO EN LA INCAPACIDAD PERMANENTE – Si solicitas una incapacidad permanente, el plazo que tiene la Seguridad Social para aprobarla o denegarla es de 135 días hábiles (sin contar fines de semana ni festivos). Si pasado ese tiempo no recibes una resolución, se considerará denegada por silencio administrativo.

Será entonces, cumplido el plazo de silencio administrativo, cuando puedas interponer una reclamación previa para seguir luchando por tu pensión. Tras tramitar dicha reclamación previa, la Seguridad Social dispondrá de 45 días hábiles para responder.

¿Cómo se hace una denuncia? ¿Dónde puedo presentarla? ¿Necesito identificarme?

No recibir respuesta tras ese tiempo implicará que se ha desestimado nuestro ruego. Entonces cabe la posibilidad de interponer una demanda ante el Juzgado de lo Social. El plazo para interponer ese recurso por silencio administrativo antes era de seis meses; ahora, sin embargo, y tras una resolución del Tribunal Superior de Castilla La Mancha, no hay plazo alguno.

  • Siguiendo la interpretación del Tribunal Constitucional (sentencia 52/2014, donde se declara la inconstitucionalidad del artículo 46;
  • 1 de la Ley 29/1998 reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa), la impugnación jurisdiccional de las desestimaciones por silencio administrativo no está sujeta a plazo;

Esta reclamación se puede cursar tras una denegación de la incapacidad permanente, por habernos reconocido un grado inferior al solicitado o porque se ha cancelado la pensión que estábamos cobrando. Como queda dicho, en materia de prestaciones de la Seguridad Social (jubilación e incapacidad permanente) el silencio administrativo representa una negativa , lo cual de entrada no es una buena noticia.

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¿Cuánto tiempo tiene la seguridad social para contestar un escrito?

La TGSS emitirá respuesta en un plazo de tres días hábiles contados a partir del día siguiente a la recepción, pero habitualmente se emite el informe con la respuesta en el día.

¿Qué es una reclamación médica?

Si tiene  Medicare original , los médicos y proveedores están obligados por ley a presentar a Medicare  reclamación por los servicios y suministros cubiertos que usted reciba. Si tiene un  Un tipo de plan de salud de Medicare ofrecido por una compañía privada que tiene un contrato con Medicare. Un Plan Medicare Advantage proporciona todos sus beneficios de la Parte A y Parte B, con algunas exclusiones, por ejemplo, de ciertos aspectos de las pruebas clínicas que están cubiertos por Medicare Original aunque todavía esté en el plan.

Los planes Medicare Advantage incluyen: • Organizaciones de mantenimiento de la salud • Organizaciones de proveedores preferidos • Planes privados de pago por servicio • Planes por necesidades especiales • Planes de cuentas de ahorro médico de Medicare Si está inscrito en un Plan Medicare Advantage: • La mayoría de los servicios están cubiertos por el plan • Medicare Original no paga la mayoría de los servicios de Medicare • La mayoría de los Planes Medicare Advantage ofrecen cobertura de medicamentos recetados.

” role=”article” about=”/node/32326″> Plan Medicare Advantage (Parte C) , estos planes no tienen que presentar reclamaciones, ya que Medicare paga a estas compañías de seguro privadas una cantidad fija cada mes.

¿Dónde hacer un reclamo por negligencia médica?

Permite a una persona y a un prestador privado de salud acceder a la resolución de conflictos (mediación) , antes de acudir a una acción judicial. La Superintendencia de Salud recibe las solicitudes de mediación que presentan las personas que manifiestan haber sufrido daños por parte de un prestador privado de salud (clínicas, médicos y centros médicos, entre otros).

Revise más información. También conozca cómo solicitar una mediación por daños en salud ocurridos en establecimientos públicos de salud. El trámite se puede realizar durante todo el año en las oficinas de la Superintendencia de Salud o a través de su sitio web.

La mediación se realiza en las oficinas de los mediadores privados que cuentan con la debida acreditación e inscripción en la Superintendencia. El prestador reclamado puede negarse a aceptar la mediación, hecho que es certificado por la Superintendencia de Salud.

  • Puede hacer el trámite en línea con su ClaveÚnica.
  • Se presenta a través del sitio web o por escrito (a través de formulario o carta) en la Superintendencia de Salud, incluyendo los siguientes antecedentes:
    • Datos personales de la parte reclamante y/o de quien le representa, especificando: nombre completo, RUN, edad, profesión u oficio, domicilio y teléfono.
    • Identificación de prestadores contra quienes se reclama (especificar nombre completo, RUT, especialidad, domicilio y teléfono).
    • Descripción de los hechos que motivan el reclamo.
  • Incorporar las peticiones que la persona reclamante espera recibir por parte del prestador privado.
  • Proponer cinco mediadores del  registro de mediadores acreditados  ante la Superintendencia.
  • Firma de la parte reclamante y/o de quien le representa.

La persona reclamante puede acompañar los antecedentes que estime conveniente. – Instrucciones Trámite en línea

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Haga clic en “presentar reclamo”
  3. Una vez en el sitio web de la institución, seleccione el medio de ingreso:
    • Si tiene ClaveÚnica : escriba su RUN y ClaveÚnica, y haga clic en “continuar”.
    • Si no tiene ClaveÚnica: escriba su RUT y número de documento de la cédula de identidad, luego haga clic en “Ingresar”.
  4. Si ingresa por primera vez deberá incorporar los datos solicitados para crear su perfil de usuario.
  5. En la sección de servicios disponibles, seleccione “ingreso de reclamos”.
  6. A continuación, ingrese a la opción “solicitar una mediación por negligencia médica en un establecimiento privado de salud”.
  7. Marque la casilla “acepto términos y condiciones”, y haga clic en “comenzar reclamo”.
  8. Posteriormente, seleccione “daños por negligencia médica en prestadores privados”.
  9. Complete todos los datos solicitados en el formulario, y haga clic “enviar”.
  10. Como resultado del trámite habrá presentado una solicitud de mediación contra prestadores de salud privados. Al finalizar recibirá en su correo electrónico la confirmación del ingreso y el número de solicitud correspondiente.

Importante : En un plazo de 60 días corridos, la Superintendencia de Salud emitirá una resolución que indica el acuerdo generado en la mediación; este se puede prorrogar hasta 120 días, como máximo (previo acuerdo de las partes). Presentar reclamo –> – Instrucciones Trámite en Sucursal

  1. Reúna los antecedentes requeridos.
  2. Diríjase a la oficina de la Superintendencia de Salud más cercana.
  3. Explique el motivo de su visita: reclamo por daños ocasionados en una atención de salud otorgada por prestadores de salud privados.
  4. Entregue los antecedentes requeridos.
  5. Como resultado del trámite habrá presentado una solicitud de mediación contra prestadores de salud privados.

Importante : En un plazo de 60 días corridos, la Superintendencia de Salud emitirá una resolución que indica el acuerdo generado en la mediación; este se puede prorrogar hasta 120 días, como máximo (previo acuerdo de las partes). – Instrucciones contacto telefónico – Instrucciones trámite por Email

  1. Reúna los antecedentes solicitados.
  2. Envíelos en un sobre a la oficina de la Superintendencia de Salud más cercana.
  3. Como resultado habrá presentado una solicitud de mediación contra prestadores privados de salud.

Importante : En un plazo de 60 días corridos, la Superintendencia de Salud emitirá una resolución que indica el acuerdo generado en la mediación; este se puede prorrogar hasta 120 días, como máximo (previo acuerdo de las partes). – Instrucciones trámite en el Consulado El costo dependerá de los aranceles informados por los mediadores.

  • Conozca cuánto cobra cada mediador.
  • El arancel no puede superar los $230 mil 200.
  • En caso de prórroga, se agregan $76 mil 400.
  • Resolución exenta SS/Nº 269, del 13 de abril de 2006, que fija el arancel máximo que pueden percibir por sus servicios los mediadores inscritos en el registro de la Superintendencia, establecido en la Ley N°19. 966.
  • Decreto Supremo (DS) Nº 47 del Ministerio de Salud , promulgado el 1 de febrero de 2005, reglamento de mediación por reclamos en contra de prestadores institucionales públicos de salud o sus funcionarios y prestadores privados de salud.
  • Ley Nº 19. 966.

¿Qué es una reclamacion en Salud?

Reclamo: Manifestación mediante la cual se ponen en conocimiento del Ministerio de Salud y Protección Social deficiencias en la prestación de los servicios que ofrece la entidad.

¿Qué pasa si no me atienden en urgencias?

Foro: ¿Usted qué opina del servicio que presta su EPS en medicina obligatoria? – Lo anterior, porque cada vez es más frecuente escuchar que fueron mal atendidos o conocen el caso de alguien que acudió enfermo y fue devuelto por la enfermera con la fórmula de una pastilla de acetaminofén para calmar el dolor.

  • Muchos prefieren quedarse callados, no volver y advertir del caso a sus conocidos;
  • Sin embargo existe un procedimiento para poner la queja que incluso puede servir para mejorar el servicio en las instituciones o para encontrar responsables que pueden ser castigados;
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Siga a continuación estos pasos para manifestar su malestar, los cuales son recomendados por la Superintendencia Nacional de Salud y la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi). Paso 1 Cada entidad debe tener habilitada una ventanilla de atención al usuario a donde debe acudir.

  • Si fue por el servicio debe dirigirse a la IPS (hospital o clínica), si la queja es de origen administrativo, debe dirigirse a la EPS;
  • Paso 2 Lleve a la mano los documentos para hacer su reclamo, como son: carta contando su caso, copia de su cédula, dirección y número telefónico de contacto;

Paso 3 Si no obtuvo respuesta o no es convincente, presente el asunto en la Superintendencia Nacional de Salud (si el caso ocurrió en Bogotá) o en la secretaría de salud municipal de su ciudad. Paso 4 La entidad considerará si es pertinente hacer una inspección del lugar y de comprobar la queja procederán a tomar las medidas administrativas del caso.

Estos pasos son de cumplimiento cuando la situación médica puede dar espera. Pero si se trata de una atención de urgencia, esta debe resolverse de inmediato, señala la Supersalud. Otras medidas Si el problema radica en la negligencia médica, un tribunal de ética juzgará la situación y podría quitarle al doctor su tarjeta profesional, que en la práctica quiere decir que nunca más puede ejercer su actividad.

A la institución donde se podrían imponer sanciones hasta de 2. 000 salarios mínimos mensuales, agrega la Supersalud. Contacto Si tiene dudas del procedimiento por seguir, puede comunicarse a la Supersalud al teléfono 3300210 en Bogotá o entrar a la página www.

¿Qué se puede hacer cuando no te atienden en el hospital?

¿Cómo hacer una denuncia anónima en la Inspección del Trabajo?

Ingrese al perfil ‘ trabajador ‘. Seleccione la opción ‘ denuncias y solicitudes’. Haga clic en ‘ingreso denuncia laboral’, complete todos los datos requeridos por el sistema, y haga clic en ‘siguiente’ cada vez que el sistema lo solicite. Haga clic en ‘enviar’.

¿Cómo enviar una inspeccion de trabajo de forma anonima?

Otras dudas frecuentes sobre las denuncias ante la Inspección de Trabajo – ¿Tengo que pagar tasas por presentar la denuncia?. ¿Se necesita abogado? No hay que pagar tasas ni ningún otro pago por presentar una denuncia y esta denuncia se puede redactar sin la intervención de un abogado la denuncia, ya que no es obligatorio poner las leyes incumplidas.

  1. Eso si, dependiendo de la situación y de los incumplimientos, en el caso de ser complicados o técnicos, es conveniente tener asesoramiento profesional;
  2. La denuncia ante la Inspección de trabajo ¿puede ser anónima? No, las denuncias a la Inspección de Trabajo no pueden ser anónimas;

De hecho, tienen que ser encabezadas por los datos del denunciante, y se tiene que presentar el DNI al presentarla o se tiene que adjuntar una copia del DNI en el caso de no ser el denunciante el que presente la denuncia. Eso si,  el Inspector tiene un deber de secreto profesional y confidencialidad, por lo que no debe de indicar quien es el denunciante, y debe de actuar de forma que no se descubra quien es el denunciante.

  • Por ejemplo si un trabajador con un contrato temporal denuncia un fraude en su contrato el Inspector no pedirá a la empresa el contrato del trabajador concreto, si no todos los contratos de trabajo;
  • No se debe confundir una denuncia en sentido formal, que es de lo que estamos hablando hasta ahora y que debe ser siempre identificada, de lo que el Ministerio puso en marcha y se conoció como “el buzón anónimo de lucha contra el fraude laboral”;

Lo que se comunica a través de este buzón, llega a la Inspección de Trabajo, que comprobará si es cierto o no, pero no es propiamente una denuncia. ¿Tengo que ser trabajador de la empresa para poder denunciarlo? No, no es necesario ser trabajador de la empresa, si se tienen conocimientos se unas infracciones se podrá denunciar.

  1. Igualmente se podrá denunciar cuando se ha dejado de ser trabajador de la empresa, pero normalmente tienen más peso las denuncias de los trabajadores que todavía están dentro de la empresa;
  2. ¿Qué sucede si se producen hechos posteriores a la denuncia? En el caso de que posteriormente a la presentación de la denuncia se produzcan hechos relevantes (cierre de la empresa, cierre del centro de trabajo, despido del trabajador, etc) habrá que ponerlas en conocimiento del Inspector;

Es habitual que se presente una denuncia y luego el trabajador sea dado de baja médica, y habrá que informar de este hecho para que el Inspector no acuda a la empresa y no esté el trabajador. Se puede hacer a través de presentar un nuevo escrito, indicando el número de denuncia que tiene la denuncia inicial (se indica en el momento de presentar presencialmente la denuncia) o al menos quien es el denunciante, el denunciado y la fecha de presentación de la denuncia.

  • En el caso de haber tenido ya contacto con el Inspector, es posible poder hacer esta comunicación a través de correo electrónico o teléfono;
  • ¿Puede haber una represalia por haber denunciado? No;
  • La empresa no debería de poder hacer ninguna represalia (sanciones, despidos, bajar el salario, cambiar de puesto…) contra el trabajador denunciante;

En el caso de hacerlo las medidas adoptadas deberían de anularse y se podrá pedir una indemnización si se ha tenido daños y perjuicios. Pero posiblemente haya que demandar ante el Juzgado de lo Social estas represalias. Más información : web oficial de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social (ITSS) Otros artículos relacionados sobre este tema, en nuestra web Abogado laboralista. Colaborador de Loentiendo. com Loentiendo es un portal de colaboradores independientes. Toda la información tiene un carácter meramente orientativo. Confírmela siempre en los Boletines Oficiales (legislación española), Servicios de información de las Administraciones Públicas o con su asesor legal. .

¿Cómo se puede denunciar a una empresa?

En Oficina Diríjase a la oficina de la Inspección del Trabajo más cercana a su trabajo. Explique el motivo de su visita: denunciar a un empleador porque vulneró los derechos fundamentales de la relación laboral. Entregue los antecedentes requeridos. Como resultado del trámite, habrá ingresado la denuncia.

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