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Como Poner Reclamacion A Un Medico?

Como Poner Reclamacion A Un Medico
Metodología – En la actualidad, todos los hospitales y centros de salud tienen la obligación de disponer del Servicio de Atención al Paciente, este servicio se encarga de velar por el cumplimiento de los derechos y obligaciones de los usuarios, de informar de las prestaciones disponibles, las características asistenciales de cada centro o servicio y el procedimiento para emitir sugerencias o reclamaciones, así como de tramitar la solicitud de documentación clínica y de cambio de hospital. La presentación de sugerencias, agradecimientos, quejas, reclamaciones y peticiones se puede realizar:

  • Presencialmente: en cualquier Servicio de Atención al Paciente y Usuario de los centros sanitarios ; en el Departamento de Salud o de sus Delegaciones Territoriales y en cualquiera de las formas previstas en el artículo 16 de la ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
  • Por correo postal: dirigido al centro sanitario al que se refieren los hechos, al Departamento de Salud o a sus Delegaciones Territoriales de Salud.
  • Por vía telemática , a través del formulario electrónico disponible, utilizando DNI Electrónico u otro certificado digital admitido.

¿Qué es una reclamación médica?

Si tiene  Medicare original , los médicos y proveedores están obligados por ley a presentar a Medicare  reclamación por los servicios y suministros cubiertos que usted reciba. Si tiene un  Un tipo de plan de salud de Medicare ofrecido por una compañía privada que tiene un contrato con Medicare. Un Plan Medicare Advantage proporciona todos sus beneficios de la Parte A y Parte B, con algunas exclusiones, por ejemplo, de ciertos aspectos de las pruebas clínicas que están cubiertos por Medicare Original aunque todavía esté en el plan.

  • Los planes Medicare Advantage incluyen: • Organizaciones de mantenimiento de la salud • Organizaciones de proveedores preferidos • Planes privados de pago por servicio • Planes por necesidades especiales • Planes de cuentas de ahorro médico de Medicare Si está inscrito en un Plan Medicare Advantage: • La mayoría de los servicios están cubiertos por el plan • Medicare Original no paga la mayoría de los servicios de Medicare • La mayoría de los Planes Medicare Advantage ofrecen cobertura de medicamentos recetados;

” role=”article” about=”/node/32326″> Plan Medicare Advantage (Parte C) , estos planes no tienen que presentar reclamaciones, ya que Medicare paga a estas compañías de seguro privadas una cantidad fija cada mes.

¿Cómo hacer una reclamación a la Seguridad Social?

Formas de presentación – Las sugerencias y quejas pueden ser presentadas mediante las siguientes vías:

  • Vía telemática, a través del formulario electrónico disponible, utilizando DNI Electrónico u otro certificado digital (persona física/ persona jurídica o entidad) admitido.
  • Vía presencial, cumplimentando el formulario correspondiente, el cual se puede encontrar al final de esta página.
  • Vía postal, donde se hará constar el nombre, apellidos y domicilio, con el fin de remitirle la copia correspondiente así como la contestación.

¿Cómo hacer una reclamacion al Servicio Canario de Salud?

Diríjase a cualquiera de las oficinas de registro del Gobierno de Canarias, así como a los demás registros regulados por el art 16. 4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

¿Dónde poner reclamacion Sanidad Madrid?

Información Complementaria – Las reclamaciones y sugerencias formuladas por este medio no tendrán la consideración de recurso administrativo, ni su presentación suspenderá los plazos para el ejercicio de las acciones judiciales o administrativas que en derecho pudieran corresponderle. Si desea ampliar la información puede hacerlo:

  • A través del siguiente enlace.
  • Por teléfono: Centro de Información Telemática de la Consejería de Sanidad. Tel: 012.
  • Por correo electrónico: sanidadinforma@salud. madrid. org

¿Cómo presentar disconformidad alta médica?

Procedimiento de disconformidad con el alta médica emitida por la Entidad gestora a partir de los 365 días –

  • Frente a la resolución del INSS (o del ISM), que declare la extinción de la IT por alta médica, el interesado podrá manifestar su disconformidad en el plazo máximo de los 4 días naturales siguientes a la recepción de la resolución, cumplimentando el modelo aprobado al efecto por la Entidad gestora.
  • La manifestación de disconformidad se presentará ante la Inspección médica del SPS, Entidad gestora o en cualquiera de los órganos señalados en el artículo 38. 4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.
  • El interesado lo comunicará a la empresa en el mismo día en que presente dicha disconformidad o en el siguiente día hábil.
  • Si el SPS discrepara del criterio de la Entidad gestora , podrá proponer, en el plazo máximo de 7 días naturales, la reconsideración de la decisión de aquélla, especificando las razones y fundamento de su discrepancia. La Entidad gestora deberá pronunciarse expresamente en el transcurso de los 7 días naturales siguientes, notificando la resolución al interesado, que será también comunicada a la inspección médica, en el sentido siguiente:
    • Si en función de la propuesta reconsiderara el alta médica, se reconocerá al interesado la prórroga de su situación de IT a todos los efectos.
    • Si, por el contrario, se reafirmara en su decisión, para lo cual aportará  las pruebas complementarias que fundamenten aquélla, sólo se prorrogará la situación de IT hasta la fecha de la última resolución.
  • Si el SPS confirmara la decisión de la Entidad gestora o no efectuara pronunciamiento alguno en el plazo de los 11 días naturales siguientes a la fecha de la resolución, adquirirá plenos efectos la mencionada alta médica. Durante el período de tiempo transcurrido entre la fecha de alta y aquella en la que la misma adquiera plenos efectos se considerará prorrogada la situación de IT.
  • El INSS (o el ISM) y los SPS deberán comunicarse recíprocamente, a la mayor brevedad posible, el inicio del procedimiento de disconformidad así como todas las decisiones que adopten en el desarrollo del procedimiento.
  • La Entidad gestora comunicará a su vez a la empresa, a la mayor brevedad posible, todas las decisiones que puedan afectar a la duración de la situación de la IT del interesado.
  • Las comunicaciones entre las EEGG , SPS y las dirigidas a la empresa se realizarán preferentemente por medios electrónicos o telemáticos.
  • El procedimiento de disconformidad no se aplica en la Comunidad Autónoma de Cataluña, por ejercer los médicos del Instituto Catalán de Evaluaciones Médicas y Sanitarias (ICAMS) las competencias atribuidas a los del INSS.
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¿Qué es una reclamacion previa al INSS?

La Reclamación Previa es un escrito de reclamación que se presenta ante la Seguridad Social: el método para solicitar la modificación o revocación de una resolución negativa de Incapacidad Permanente, antes de ir posiblemente a los tribunales. En definitiva, tras realizar una solicitud de Incapacidad Permanente, el INSS la deniega se podrá interponer la mencionada Reclamación Previa.

¿Cuánto tarda el INSS en contestar una reclamación previa?

¿Qué plazo tiene la administración para responder? – El artículo 21 de la Ley del Procedimiento Administrativo Común establece que la administración tiene la obligación de resolver de manera expresa en los plazos que se fijan en la correspondiente norma reguladora.

Con carácter general, esta plazo no podrá superar los seis meses, y en caso de que no exista legislación que establezca un plazo, se deberá considerar tres meses. Sentado lo anterior, tenemos que diferenciar entre la iniciación de un procedimiento mediante el cual solicitamos un derecho a la seguridad social, a la presentación de una reclamación previa que impugnamos una resolución de un procedimiento ya iniciado.

Los plazos de iniciación de un procedimiento viene recogidos principalmente en el Real Decreto 286/2003. Así, por ejemplo si solicitamos alguno de estas prestaciones estos son los plazos de resolución expresados en días hábiles:

  • Pensión de jubilación – 90 días.
  • Prestación de incapacidad permanente o revisión de la misma – 135 días.
  • Prestación de maternidad o incapacidad temporal – 30 días.
  • Recargo de prestaciones – 135 días.
  • Reconocimiento del derecho a la asistencia sanitaria – 1 día

Por lo tanto, dentro de los plazos anteriormente indicados la empresa está obligada a realizar una resolución expresa. Si no estamos conforme con dicha resolución, o para el caso de que no exista y exista silencio administrativo, tendremos que presentar una reclamación previa. Presentada esta reclamación previa, el artículo 71 de la Ley reguladora de la Jurisdicción social establece que en materia de prestaciones, la seguridad social tiene un plazo de 45 días hábiles para dictar resolución expresa.

¿Qué puedo hacer si el médico no te quiere atender?

Si en una consulta médica te sientes desatendido o consideras que el trato no ha sido adecuado , debes poner una queja en el mismo centro de salud. Reclamar en estos casos sirve para defender el resto de derechos sanitarios y, de paso, conseguir que el funcionamiento de los servicios de salud sea el apropiado.

  1. Aunque la sanidad es una competencia transferida a las comunidades autónomas, casi todas ellas funcionan de forma similar;
  2. Tal y como se explica en este artículo, al poder presentar tu queja, hay que rellenar una hoja de reclamaciones en el centro de salud, que se trasladará a la gerencia de Atención Primaria; si no es atendida, se podrá reclamar ante los servicios de Atención al Paciente de la comunidad en cuestión;

Lo habitual cuando se está enfermo es acudir al médico de familia en el centro de salud correspondiente. Y también lo normal es que te atiendan con amabilidad y valoren la dolencia con profesionalidad. Sin embargo, a veces no sucede así. Si tienes una mala experiencia en el centro sanitario puedes reclamar , como explicamos a continuación.

  • Guía para reclamar a la Administración Pública

¿Cómo funciona el Defensor del Paciente?

La Asociación Defensor del Paciente ¿Qué es? – La Asociación Defensor del Paciente es una agrupación que se encarga de prestar asesoría y apoyo a pacientes que hayan podido ver vulnerados sus derechos o que se hayan visto afectados por algún tipo de negligencia.

¿Qué pasa si no me atienden en urgencias?

Foro: ¿Usted qué opina del servicio que presta su EPS en medicina obligatoria? – Lo anterior, porque cada vez es más frecuente escuchar que fueron mal atendidos o conocen el caso de alguien que acudió enfermo y fue devuelto por la enfermera con la fórmula de una pastilla de acetaminofén para calmar el dolor.

Muchos prefieren quedarse callados, no volver y advertir del caso a sus conocidos. Sin embargo existe un procedimiento para poner la queja que incluso puede servir para mejorar el servicio en las instituciones o para encontrar responsables que pueden ser castigados.

Siga a continuación estos pasos para manifestar su malestar, los cuales son recomendados por la Superintendencia Nacional de Salud y la Asociación Colombiana de Empresas de Medicina Integral (Acemi). Paso 1 Cada entidad debe tener habilitada una ventanilla de atención al usuario a donde debe acudir.

Si fue por el servicio debe dirigirse a la IPS (hospital o clínica), si la queja es de origen administrativo, debe dirigirse a la EPS. Paso 2 Lleve a la mano los documentos para hacer su reclamo, como son: carta contando su caso, copia de su cédula, dirección y número telefónico de contacto.

Paso 3 Si no obtuvo respuesta o no es convincente, presente el asunto en la Superintendencia Nacional de Salud (si el caso ocurrió en Bogotá) o en la secretaría de salud municipal de su ciudad. Paso 4 La entidad considerará si es pertinente hacer una inspección del lugar y de comprobar la queja procederán a tomar las medidas administrativas del caso.

  • Estos pasos son de cumplimiento cuando la situación médica puede dar espera;
  • Pero si se trata de una atención de urgencia, esta debe resolverse de inmediato, señala la Supersalud;
  • Otras medidas Si el problema radica en la negligencia médica, un tribunal de ética juzgará la situación y podría quitarle al doctor su tarjeta profesional, que en la práctica quiere decir que nunca más puede ejercer su actividad;

A la institución donde se podrían imponer sanciones hasta de 2. 000 salarios mínimos mensuales, agrega la Supersalud. Contacto Si tiene dudas del procedimiento por seguir, puede comunicarse a la Supersalud al teléfono 3300210 en Bogotá o entrar a la página www.

¿Que se entiende por reclamación en el contrato de seguro?

Muchas personas sostienen que el negocio de las aseguradoras consiste en no pagar. En muchos casos, niegan el pago de indemnizaciones o ponen trabas por razones que parecen ser incomprensibles. Sin embargo, en otros casos, solo protegen su patrimonio frente a solicitudes que dejan muchas dudas sobre su fidelidad y legalidad.

  • Sin embargo, con la asesoría jurídica correspondiente, es posible adelantar exitosamente un proceso de reclamación ante una aseguradora o, incluso, desistir de reclamaciones que no tienen fundamento por la existencia de prescripción, ausencia evidente de cobertura u otras razones que la hacen inviable;
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En este escrito, le explicamos 7 hechos que usted debe conocer y tener en cuenta, a la hora de adelantar una reclamación ante una aseguradora. Usted debe saber qué contrato de seguro lo beneficia Usted debe conocer cuál es el contrato de seguro que lo beneficia y con base en el que va a fundamentar su reclamación.

Por ejemplo, en el caso de accidentes de tránsito, usted debe saber si el responsable del accidente contaba con una o varias pólizas de responsabilidad civil que lo puedan beneficiar. Esto lo puede preguntar directamente al momento de la ocurrencia del accidente.

Usted puede averiguar si un seguro de responsabilidad civil, seguro de vida o seguros de bienes comunes lo beneficia a través de la página www. rus. com. co. En esta página, le indicarán si existe una póliza durante una determinada vigencia y qué aseguradora la expidió.

  1. Para obtener esta información, usted debe diligenciar el formulario propuesto, enviar la solicitud y esperar la respuesta por alrededor de quince días hábiles;
  2. En todo caso, es conveniente saber el número de la póliza, la aseguradora que la expidió y contar, al menos,  con la carátula;

¿Cómo obtener  la póliza? Es conveniente tener la póliza en su poder antes de iniciar acciones legales, con el fin de conocer hasta qué punto llega la responsabilidad de la aseguradora o si existen condiciones que reducen la cantidad de dinero que usted puede llegar a recibir como indemnización.

  • Esto no siempre es posible, pues, en ciertos casos,  las aseguradoras se niegan a  entregar las pólizas, y es necesario, por el apremio del tiempo, reclamar e, incluso, demandar sin conocer con certeza  cuáles son las condiciones generales y particulares del contrato de seguro;

Sin embargo, en la mayoría de los casos, es conveniente conocer y estudiar la póliza, para poder saber sobre qué puntos podrá haber discusión y evaluar la viabilidad de la reclamación. La póliza se puede obtener mediante la presentación de un derecho de petición ante la aseguradora, en la mayoría de los casos.

En nuestro blog, escribimos un artículo con los 4 puntos relevantes que debe conocer sobre el derecho a obtener copia de la póliza. Puede consultarlo en este enlace. Una vez obtenida la póliza, se debe revisar, con el fin de determinar hasta dónde llega la responsabilidad de la compañía, las fechas límites para reclamar para que haya cobertura, la posible aplicación de una exclusión y demás condiciones generales y particulares que delimitan las obligaciones asumidas por la aseguradora.

Es posible que en el algunos casos no se obtenga la póliza completa, por la negativa de la aseguradora a entregarla. En estos casos, sin embargo, se podrá adelantar la reclamación y, después, será viable solicitar al juez que conozca del caso que ordene a la aseguradora su exhibición en el proceso.

¿Cómo saber si está a tiempo, para presentar la reclamación? La prescripción En la legislación comercial, está prevista la prescripción de las acciones derivadas del contrato de seguro. Se trata de términos de tiempo en los cuales el interesado debe ejercer las acciones en contra de la aseguradora, so pena de extinción de las mismas.

El tema de la prescripción en el contrato de seguros es complicado y todavía está sujeto a debates en la jurisprudencia y academia jurídica. En algunos casos, puede aplicar la prescripción extraordinaria de cinco años y, en otros, la ordinaria de dos años.

  1. Por esto, cada caso debe ser analizado, con el fin de determinar si usted se encuentra en término, para presentar la reclamación;
  2. En Velasco Abogados, hemos analizado algunos casos puntuales: 1) Si desea conocer sobre la prescripción en el seguro de responsabilidad civil, consulte aquí;

2) Si desea conocer con cuánto tiempo cuenta tiempo para ejercer la acción directa contra la aseguradora, consulte aquí. La delimitación temporal de la cobertura Es posible que la reclamación deba presentarse dentro de un periodo de tiempo determinado en la póliza, para que haya cobertura, debido a la incorporación de cláusulas que limitan la cobertura, según la fecha de presentación de la reclamación.

  • Estas cláusulas son conocidas como claims made y cláusulas en modalidad sunset;
  • A pesar de que son consideradas como abusivas por muchos expertos en derecho de seguros, lo cierto es que se trata de una práctica válida en Colombia, pues la ley colombiana las permite;

Por esto, es conveniente revisar la póliza, para observar cuál es el término de prescripción aplicable y verificar si existe un periodo durante el que se debe presentar la reclamación, para que haya cobertura. ¿Por qué es importante presentar una reclamación formal? En la mayoría de los casos, es conveniente presentar una reclamación formal y directa frente a la aseguradora, en la que se le entreguen todas las pruebas disponibles que acrediten el siniestro y la cuantía.

¿Por qué sorprender a la aseguradora con una demanda si una buena reclamación puede facilitar acuerdos prejudiciales y acelerar el proceso? Una buena reclamación no solo facilita la conciliación prejudicial con la aseguradora, sino que además debe probar el siniestro y la cuantía.

La prueba del siniestro y de la cuantía de la pérdida hace viable solicitar judicialmente el reconocimiento de intereses moratorios, a la tasa máxima legal, sobre el valor de la indemnización probada, en el evento de que la aseguradora no honre las obligaciones que asumió.

  1. Los intereses se calculan sobre el valor de la indemnización probada frente a la aseguradora y empiezan a correr, una vez se cumple un mes desde que se radique la reclamación con todos los soportes que acrediten la existencia del siniestro y de la cuantía de la pérdida;
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Esto hará que el litigio se vuelva mucho más interesante para el reclamante y generará una mayor presión, para la aseguradora. En la práctica, la presentación de una buena reclamación permite que el  valor solicitado por el reclamante vaya aumentando con el paso de los días, como consecuencia de los intereses moratorios previstos en la ley colombiana.

Por lo anterior, presentar la reclamación formal y directa frente a la aseguradora siempre es buena idea, incluso, si implica revelar todas las cartas a la aseguradora desde un principio. ¿Qué debe contener una reclamación formal? La reclamación formal debe contener la identificación de los reclamantes, los hechos en que se fundamenta, las pretensiones de indemnización, los fundamentos de derecho y argumentación jurídica pertinente en cada caso, los datos de contacto y notificaciones, el poder si se actúa mediante apoderado y, lo más importante, todas las pruebas que acrediten el siniestro y la cuantía de la pérdida.

Frente a la ley, los procedimientos son los mismos y, en la mayoría de los casos, no existen límites ni exigencias sobre las pruebas que se pueden hacer valer. Sin embargo, en algunos casos, hay ciertas pruebas necesarias, como el registro civil de matrimonio, para probar el matrimonio o el registro civil de nacimiento, para probar el parentesco.

Es posible que la aseguradora tenga diseñado un procedimiento en particular y que solicite ciertos documentos. Por esto, es conveniente seguir el procedimiento dispuesto por la aseguradora, siempre que esto no implique trabas innecesarias y dilatorias del proceso de pago de la indemnización.

¿Qué hacer si la aseguradora se niega a pagar o no responde a la reclamación? En Colombia, está consagrado y regulado el proceso ejecutivo, con base en la póliza de seguros, cuando la compañía de seguros no objeta la reclamación dentro del mes siguiente al recibido de los soportes o pruebas que acreditan el siniestro y la cuantía.

Sin embargo, creemos que el proceso ejecutivo es muy complicado para el reclamante, pues implica discusiones formales sobre el título ejecutivo y sus requisitos que distraen la atención sobre discusiones de fondo relativas a los hechos constitutivos de responsabilidad de la aseguradora.

Por esto, salvo casos puntuales, creemos que es siempre más conveniente iniciar un proceso declarativo. Si desea saber más sobre el proceso ejecutivo, con base en una póliza de seguros, por objeción inoportuna, haga clic aquí. Si la aseguradora objeta la reclamación, se deben evaluar las razones de la objeción, con el fin de determinar si está fundamentada.

Se trata de una evaluación de la viabilidad de un proceso judicial frente a la aseguradora. Además, en esta fase de la reclamación, son muy valiosas las gestiones de negociación que pueda realizar el interesado, para poder obtener un arreglo prejudicial.

En caso de que no se logre el acuerdo y haya pruebas y argumentos para demostrar la responsabilidad de la aseguradora en juicio, el interesado debe promover acciones legales. Conciliación extrajudicial Puede citar a conciliar a la aseguradora, con el fin de llegar a un acuerdo prejudicial.

La conciliación se adelante frente a un tercero – conciliador-, quien propondrá fórmulas de arreglo y tendrá como objetivo que las partes pongan fin a la controversia, por sí mismas, sin necesidad de que acudan a la administración de justicia.

Si ha presentado antes la reclamación, la aseguradora ya conocerá su caso y puede que simplemente ratifique su posición en la audiencia de conciliación. En asuntos civiles, la conciliación es requisito de procedibilidad para poder demandar. Sin embargo, no es necesaria, cuando el interesado solicite medidas cautelares en la demanda, según la ley procesal civil.

Promover proceso judicial Si no se logra un acuerdo prejudicial con la aseguradora, solo queda promover un proceso judicial, con el objetivo de que el juez resuelva la controversia y declare la obligación de la aseguradora.

Con el proceso judicial, se busca que la autoridad judicial competente, mediante sentencia, ordene a la aseguradora el cumplimiento de las obligaciones que adquirió, con la expedición de la póliza. A lo largo del proceso y según las pruebas que se recauden, es posible llegar a construir un caso con tal fuerza que facilite un acuerdo de transacción o conciliación, antes de que el juez falle en primera o segunda instancia.

  1. ¿Necesito de un abogado, para adelantar la reclamación? No es necesario contar con abogado, para reclamar directamente a la aseguradora;
  2. Para esto, solo basta preguntar a la aseguradora qué documentos requiere y entregarlos, dejando constancia de entrega;

En las reclamaciones pequeñas, puede no necesitarse la intervención de un abogado. Sin embargo, en la mayoría de los casos, es conveniente consultar con un abogado, para preparar la reclamación. Si el abogado tiene conocimiento de derecho de seguros y responsabilidad civil, podrá analizar su caso, con el fin de determinar la viabilidad de la reclamación.

  1. Además, podrá sustentar mucho mejor sus pretensiones y ayudarlo durante los periodos de negociación;
  2. Para presentar la solicitud de conciliación en materia civil no es necesario contratar a un abogado, aunque puede ser conveniente;

Si además de la aseguradora, usted va a citar a conciliar  a una entidad pública, la conciliación deberá adelantarse en la Procuraduría y usted requerirá, necesariamente, de un abogado. Para iniciar el proceso judicial contra la aseguradora, usted requerirá abogado, salvo que se trate de una demanda ante un juez civil y el valor de la reclamación sea igual o menor a 40 SMMLV (artículo 25 del Código General del Proceso en concordancia con el artículo 28 del Decreto 196 de 1971).

  1. En este caso, el interesado puede litigar en causa propia;
  2. ¿Cómo podemos ayudarle si desea presentar una reclamación a una aseguradora? Evaluamos su caso y le indicamos cómo puede reclamar sus derechos frente a una aseguradora;

Ofrecemos asesoría y representación judicial en reclamaciones y demandadas en contra de aseguradoras. Defendemos los derechos e intereses de los asegurados y de los beneficiarios en todo tipo de seguros. Seguros de daños. Seguros de personas. Seguros de vehículos de servicio particular y público.

¿Cómo contestar una reclamación de un paciente?

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