El seguro médico se considera retribución en especie cuando la cobertura médica alcanza tanto al trabajador como a su cónyuge y descendientes. Está sujeta a cotización a la Seguridad Social y exenta de tributación por IRPF, siempre y cuando las cuotas satisfechas no superen los 500€ anuales por beneficiario (1. 500€ si alguno de ellos tiene alguna discapacidad), art. 42, LIRPF. Si el seguro médico se pagase a uno de los socios, y este tiene el control de la sociedad en la que trabaja y por tanto cotiza en el RETA, no podrá considerarse retribución en especie no exenta.
- ¿Cómo contabilizamos los seguros médico reflejados en la nómina del trabajador? En el debe del asiento registraríamos el importe del seguro médico en una cuenta 640/XXX Sueldos y Salarios-Retribución en especie;
Diferenciaríamos así la retribución de Sueldos y Salarios “normales” de esta retribución en especie. Como contrapartida, en el haber de la nómina cabrían básicamente dos opciones:
- Una de las opciones podría ser registrar el importe de la prima del seguro en una cuenta 410/xx
- Otra opción sería registrar el importe correspondiente e la prima del seguro médico en una cuenta 465/xx
En el momento en el que recibamos la factura de la compañía aseguradora, en el primero de los casos no haríamos nada y dicho saldo se cancelaría contra el pago de la prima. En la segunda opción, cancelaríamos el importe de la cuenta 465. 01 contra la cuenta 410, para posteriormente saldar la cuenta contra el pago efectivo. 18/09/2019 / https://www. auditoragalega. es/media/DSC_0638. jpg 2448 3696 María López https://auditoragalega.
¿Cómo se contabiliza la retención por seguros médicos?
Enviado por gemita el Mar, 16/10/2007 – 13:44 Hola, Quisiera saber cómo contabilizar un seguro médico incluído en nómina. La empresa recibe una factura de una compañía de seguros médicos mensualmente (ésto se contabiliza normalmente). Pero mi duda es la siguiente: en la nómina mensual, cada trabajador lleva una retención por este concepto, dado que la empresa le abona el 50% de esta cuota, ¿cómo se contabiliza esta retención? ¿cómo afecta ésto a la factura anteriormente contabilizada como póliza de seguro médico (625) a acreedor (410)? Muchas gracias de antemano!.
¿Cuánto cuesta contratar un seguro médico?
La empresa decide contratar un seguro médico a favor de sus empleados y familiares directos, prorrateando la prima del mismo en cada una de las nóminas de los trabajadores, siendo la prima anual de 1. 200 € por empleado.
¿Qué pasa si la sociedad paga un seguro médico a un socio?
Si la sociedad paga un seguro médico a un socio ¿Está exento en el IRPF? Si el socio tiene el control efectivo de la sociedad en la que trabaja y, por tanto, cotiza en el RETA, el seguro médico no disfrutará de exención en su IRPF, y la sociedad deberá imputarle las primas satisfechas como retribución en especie no exenta.
¿Cómo introducir un seguro médico o de salud en el salario del trabajador?
El pago de las pólizas del seguro de accidente o enfermedad – Entre las retribuciones de trabajo en especie, queremos recordarles desde nuestra Asesoría fiscal en Valencia , que están exentas las primas o cuotas satisfechas a entidades aseguradoras para la cobertura de enfermedad, cuando se cumplan los siguientes requisitos y límites:
- Que la cobertura de enfermedad alcance al propio trabajador, pudiendo también alcanzar a su cónyuge y descendientes.
- Que las primas o cuotas satisfechas no excedan de 500 euros anuales por cada una de las personas señaladas en el párrafo anterior o de 1. 500 euros para cada una de ellas con discapacidad. El exceso sobre dicha cuantía constituirá retribución en especie.
Por tanto, existen dos posible vías para que una empresa introduzca un seguro médico o de salud en el salario del trabajador/a: – Como salario en especie – Dentro de una política de retribución flexible en la que se pacta una minoración salarial a cambio del pago de un seguro médico para el trabajador o su familia. Pero ¿Qué ocurre cuando la empresa paga las cuotas del seguro de enfermedad de su trabajador y además, la empresa se hace cargo del importe de las cuotas de sus hijos, descontándolo del neto de la nómina ? En estos casos, la DGT en CV 0422-19 ha señalado que:
- Cuando se contrata un seguro médico para un trabajador, su cónyuge y sus descendientes, dicha retribución en especie está exenta en el IRPF hasta el tope de 500 euros anuales por beneficiario. Así, en el caso indicado, la exención se aplica al seguro que cubre al trabajador, ya que la empresa abona el gasto directamente a la compañía aseguradora.
- Ahora bien, las cuotas de los hijos no son salario en especie (sino dinerario), ya que sólo se produce una mediación en el pago (la empresa descuenta el dinero para pagarlo a la compañía).
En consecuencia, tratándose de simples mediaciones de pago realizadas en los términos descritos, no cabe entender que las cantidades abonadas por la empresa a un tercero se califiquen como rendimientos del trabajo en especie para el trabajador, sino que se tratará de una aplicación de los rendimientos del trabajo dinerarios a un determinado concepto de gasto. Si lo desea puede solicitar más información sobre nuestros servicios a nuestra Asesoría en Valencia ..