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Seguro Medico Que Cubre?

Seguro Medico Que Cubre

El seguro de Salud es un producto asegurador a través del cual la aseguradora cubre los gastos derivados de la asistencia médica, pruebas clínicas, tratamientos médicos e incluso intervenciones quirúrgicas y hospitalización. Aunque no todos los seguros de Salud son igual de completos, las coberturas habituales se pueden agrupar en ocho grupos de atención médica:

  • Medicina primaria: incluye la atención médica general y la pediátrica, así como los servicios de ATS/DUE y Matronas.
  • Telemedicina: servicio de consultas telemáticas a través de plataformas digitales como la teleconsulta o la videoconsulta.
  • Urgencias: esta cobertura contempla los servicios de ambulancia y de urgencias (domiciliarias o ambulatorias), tanto a nivel nacional como internacional.
  • Especialidades: se trata de la atención médica prestada por el especialista en las pruebas diagnósticas o en las intervenciones quirúrgicas, ya sean en consulta o durante una hospitalización.
  • Medios de Diagnóstico: incluye todos los medios de diagnóstico necesarios para el correcto diagnóstico del facultativo.
  • Tratamientos: principales tratamientos encaminados a la total recuperación del paciente.
  • Medicina Preventiva: programas de salud y chequeos orientados a la prevención de futuras afecciones.
  • Hospitalización: todos los servicios que necesitas a la hora de una intervención quirúrgica incluida la estancia hospitalaria durante el tiempo que sea necesario.
  • Otras coberturas: como asistencia médica telefónica 24 horas, la preparación al parto, la deshabituación tabáquica, segunda opinión médica, etc.

¿Qué enfermedades no cubre el seguro?

¿Cuáles son los beneficios de un seguro de salud?

Nadie planea enfermarse o herirse, pero la mayoría de nosotros necesitaremos atención médica en algún momento. El seguro médico le ayuda a cubrir los costos y le ofrece muchos otros beneficios importantes.

  • El seguro médico cubre beneficios médicos esenciales para conservar su salud y ofrecer un tratamiento a sus enfermedades y accidentes
  • El seguro de salud lo protege de gastos médicos altos e inesperados.
  • Usted paga menos por los cuidados de salud cubiertos dentro de la red , incluso antes de que usted alcance su deducible.
  • Usted recibe cuidados preventivos gratis , como vacunas, evaluaciones y chequeos, incluso antes de que usted alcance su deducible.
  • Si usted tiene un plan del Mercado u otra cobertura calificada hasta el año del plan 2018, no tiene que pagar la multa que las personas sin seguro deben pagar.

¿Qué tipos de seguro de gastos médicos hay?

¿Cuál es el mejor seguro de salud?

Factores valorados en la comparativa de seguros médicos de la OCU – En la encuesta, realizada a 8. 950 socios de la OCU con pólizas de salud, se han valorado los siguientes aspectos:

  • La atención presencial, telefónica y el servicio online
  • La claridad y transparencia
  • El precio de la prima y su evolución
  • Los importes de los copagos
  • El servicio, centrando el foco en los tratamientos, la cobertura ofrecida, el cuadro médico y en la calidad de los servicios sanitarios
  • Los trámites administrativos y la autorización de tratamientos y de pruebas médicas

En conjunto, las opiniones de los clientes otorgan a GENERALI la máxima valoración, situándola a la cabeza de todas las compañías de seguros médicos con implantación en toda España, tanto de las entidades generalistas como de las especializadas en salud. Seguro Medico Que Cubre Informe de la OCU 2021 Así el seguro de Salud de GENERALI según el informe de la OCU se sitúa la primera por delante de las compañías especializadas en salud como CIGNA, ASC. Assitència Sanitària, FIATC, Agrupación Mutua, Sanitas, Asisa, Adeslas, o DKV, y de las generalistas como Mapfre, AXA o Allianz. Puedes comprobarlo también en cualquier comparador de seguros de salud.

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¿Qué tipo de cirugías cubre el IMSS?

Que cubre un seguro de gastos médicos y por qué vale la pena comprar un seguro de gastos médicos?

Cirugía de padecimientos ginecológicos, excepto neoplasias malignas del útero, ovarios y piso perineal. Cirugía de insuficiencia venosa y várices. Cirugía de senos paranasales y nariz. Cirugía de varicocele.

¿Qué se considera una enfermedad preexistente?

Una enfermedad o lesión médica que tengas antes de empezar un nuevo plan de cuidado de la salud puede considerarse una condición preexistente. Condiciones como diabetes, enfermedad pulmonar obstructiva crónica (EPOC), cáncer y apnea del sueño pueden ser ejemplos de condiciones de salud preexistentes.

¿Cuánto cuesta un seguro de salud?

¿Cuál es el costo promedio de un seguro de gastos médicos en México? – Puedes conocer una cotización promedio de los precios de los seguros de gastos médicos mayores en México hecha en la plataforma de la Condusef y dividida por edades y géneros. Aquí te dejamos el costos promedio por edad y sexo del seguro de gastos médicos mayores.

Edad Mujer Hombre
20 – 30 años $13,000 a $32,047 $13,000 a $32,047
30- 40 años $17,859 – $42,000 $11,669 – $31,888
40 – 50 años $24,271 – $62,619 $17,212 – $52,246
50 – 60 años $27,201 – $54,060 $24,439 – $50,932
60 – 70 años $52,097 – $153,835 $43,195 – $97,108

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¿Qué debe cubrir un seguro de gastos médicos mayores?

¿Qué necesito para contratar un seguro de gastos médicos mayores?

Aspectos y tipos de seguros de gastos médicos mayores – Se estima que en México cerca del 73% de la población adulta no cuenta con ningún tipo de seguro debido a que su contratación se suele considerar costosa. No obstante, en comparación con otras alternativas, adquirir un seguro de gastos médicos mayores tiende a ser más económico de lo pensado a mediano y largo plazo, beneficiando el bolsillo del asegurado.

Los seguros de gastos médicos mayores tienen en cuenta aspectos como la antigüedad , el tiempo de espera , las preexistencias , y otros. Asimismo, se deben tener en cuenta el monto a asegurar y el costo de la prima por este servicio.

En México podrás encontrar distintos tipos de seguros de gastos médicos mayores, los cuales se adaptarán según tus necesidades. Conocer todas las opciones de protección para ti y tus familiares será fundamental al momento de contratar el tipo de seguro que elijas. Algunos de los principales tipos de seguro de gastos médicos mayores son:

  • Individual, pero persona so familias
  • Colectivo, para grupos afiliados a una empresa o institución

Una vez aclaradas estas consideraciones iniciales, hablemos de los principales requisitos y documentos para su contratación.

¿Cuál es el costo de un seguro de gastos médicos mayores?

¿Cuánto cuesta un Seguro de Gastos Médicos Mayores?

Edad Mujer Hombre
20 – 30 años $13,000 a $32,047 $13,000 a $32,047
30- 40 años $17,859 – $42,000 $11,669 – $31,888
40 – 50 años $24,271 – $62,619 $17,212 – $52,246
50 – 60 años $27,201 – $54,060 $24,439 – $50,932

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¿Que tengo que saber antes de contratar un seguro de gastos médicos?

¿Cómo obtener un seguro médico?

Requisitos para afiliarse Acudir a la subdelegación que corresponda al domicilio del asegurado, en horario de lunes a viernes de 08:00 a 15:30 horas. Proporcionar datos generales y llenar un cuestionario médico. Cubrir el pago de la cuota anual.

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¿Qué quiere decir sin copago?

¿Qué seguros de salud con copago hay? – En el mercado se pueden encontrar pólizas con diferentes modalidades de copago. Pero, ¿qué significa copago?  El copago es la participación del asegurado en un acto médico. Podemos clasificar las pólizas por niveles de copago:

  • Pólizas sin copago: el asegurado no participa en el acto médico. Solo paga la prima anual.
  • Pólizas con copago bajo: el asegurado participa de una cuantía baja por cada acto médico; la horquilla suele estar en torno a los 5 € por acto, aunque depende del tipo de acto. El seguro suele costar un 10-15 % menos que el seguro sin copago.
  • Pólizas con copago alto: el asegurado participa de un importe superior, que suele ir en torno a los 10-20 € por acto. Las hospitalizaciones y pruebas de diagnósticas avanzadas suelen tener un copago superior. La gran ventaja de esta modalidad es que la prima que se paga como asegurado es muy baja, pero, como inconveniente, paga un importe adicional solo si hace uso de la póliza.
  • Pólizas de copago “progresivo”: esta es una modalidad muy escasa en el mercado. Significa que, a medida que más se utiliza el seguro, el importe por acto tiende a subir en su cuota. En cada anualidad el contador se pone a cero. El seguro suele costar un 15 % menos que el seguro sin copago

Los seguros sin copago no son mejores ni peores que los seguros con copago, pero ¿es preferible pagar menos por el seguro y pagar algo más cuando lo utilice? Puedes conocer las ventajas de un seguro médico con copago aquí. La elección de un seguro con copago o sin copago dependerá de tus necesidades y del uso que hagas de él. Es por eso que un seguro con copagos altos es una de las versiones del seguro médico que más equilibrio tiene entre inversión y beneficio, pues el ahorro de aproximadamente 50 % resulta compensado entre los pagos y los usos.

¿Qué pasa si mientes al seguro médico?

¿Por qué ser sincero en el cuestionario? – Esto lo hemos hablado con responsables médicos de muchas compañías de seguros. En las pólizas de salud , para realizar ciertas pruebas diagnósticas, las cirugías y otras cuestiones, necesitamos tener autorización de la compañía. Si se detecta falta de veracidad en las declaraciones del cuestionario médico, la compañía no asumirá esa operación y podría tener dos consecuencias para nosotros:

  1. Imponer una exclusión en el seguros, respecto a esa dolencia.
  2. Directamente, en función de la gravedad de lo no declarado, anular la póliza.

Con mayor gravedad, si nos referimos a un seguros de vida. Si estamos cubriendo un capital en caso de fallecimiento o invalidez y, de repente sucede una de esas contingencias, La compañía únicamente pagará si, tras conocer el motivo de lo ocurrido y cotejar el cuestionario, detecta que todo fue veraz y sin ocultamiento de ningún antecedente médico Si no, los problemas pueden ser muy serios, llegando incluso no solo a pagar tarde, si no a no pagar nada en absoluto.

  • Si acabamos de emitir nuestra póliza y, en menos de un año o de dos años, nos tienen que operar, la compañía hablará con el especialista que ha aconsejado esa operación, para preguntarle por los antecedentes del paciente;
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Hemos decidido redactar este artículo ya que en la prensa se leen cuestiones de este tipo y los vemos en el día a día, y son cuestiones muy graves.

¿Qué pasa si no declaro una enfermedad preexistente?

Texto – Artículo 40. – La Institución sólo podrá poner término al contrato de salud cuando el cotizante incurra en alguno de los siguientes incumplimientos contractuales: 1. – Falsear o no entregar de manera fidedigna toda la información en la Declaración de Salud, en los términos del artículo 33 bis, salvo que el afiliado o beneficiario demuestren justa causa de error.

La simple omisión de una enfermedad preexistente no dará derecho a terminar el contrato, salvo que la Institución de Salud Previsional demuestre que la omisión le causa perjuicios y que, de haber conocido dicha enfermedad, no habría contratado.

La facultad de la Institución de Salud Previsional de poner término al contrato de salud, se entiende sin perjuicio de su derecho a aplicar la exclusión de cobertura de las prestaciones originadas por las enfermedades preexistentes no declaradas. – No pago de cotizaciones por parte de los cotizantes voluntarios e independientes, tanto aquellos que revistan tal calidad al afiliarse como los que la adquieran posteriormente por un cambio en su situación laboral.

Para ejercer esta facultad, será indispensable haber comunicado el no pago de la cotización en los términos del inciso final del artículo 38. – Impetrar formalmente u obtener indebidamente, para él o para alguno de sus beneficiarios, beneficios que no les correspondan o que sean mayores a los que procedan.

Igual sanción se aplicará cuando se beneficie a un tercero ajeno al contrato. – Omitir del contrato a algún familiar beneficiario de los indicados en las letras b) y c) del artículo 6º de la ley Nº18. 469, con el fin de perjudicar a la Institución de Salud Previsional.

  1. Para ejercer la facultad establecida en el inciso precedente, la Institución de Salud Previsional deberá comunicar por escrito tal decisión al cotizante, caso en el cual los beneficios, con excepción de las prestaciones derivadas de enfermedades preexistentes no declaradas, seguirán siendo de cargo de la Institución, hasta el término del mes siguiente a la fecha de su comunicación o hasta el término de la incapacidad laboral, en caso de que el cotizante se encuentre en dicha situación y siempre que este plazo sea superior al antes indicado;

Lo anterior, sin perjuicio de lo dispuesto en la letra g) del artículo 33 de esta ley. El cotizante podrá reclamar a la Superintendencia de esta decisión, dentro del plazo de vigencia de los beneficios indicados en el inciso anterior. Efectuado el reclamo, se mantendrá vigente el contrato hasta la resolución de éste, con excepción de las prestaciones derivadas de enfermedades preexistentes no declaradas.

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