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Que Es Un Perito Medico?

Que Es Un Perito Medico
Un perito médico es un experto en análisis de documentación médica y valoración del daño corporal, y está capacitado para evaluar las patologías e interpretar los baremos.

¿Cuáles son los tipos de peritaje?

¿Qué tipos de peritos hay en México?

¿Cuánto gana un perito en el Estado de México?

Tasa salarial Año Mes Quincena Semana Día Hora ¿Cuánto gana un Perito en México? El salario perito promedio en México es de $ 120,000 al año o $ 61. 54 por hora. Los cargos de nivel inicial comienzan con un ingreso de $ 84,000 al año, mientras que profesionales más experimentados perciben hasta $ 156,000 al año. Que Es Un Perito Medico.

¿Quién es el médico legista?

Médicos legistas – El médico legista o médico forense tiene la obligación, entre otras, de evaluar la gravedad de las lesiones de las víctimas para poder determinar las sanciones aplicables al delito, y para examinar a las personas detenidas cuando llegan o se van de la agencia para asegurarse de que no se les hizo daño físico alguno en la agencia o durante el arresto..

¿Qué profesionales pueden ser peritos?

¿A quién está dirigido? – Perito : es la persona natural o jurídica que en razón de sus conocimientos científicos, técnicos, artísticos, prácticos o profesionales está en condiciones de informar a la o al juzgador sobre algún hecho o circunstancia relacionado con la materia de la controversia.

¿Quién debe pagar el peritaje?

En caso de venta, ¿quién paga el peritaje? – El peritaje al igual que la revisión en la DIJIN lo paga el comprador en su totalidad. Sin embargo, hay casos donde el costo del trámite se reparte por partes iguales entre el comprador y vendedor. De esta manera, el pago de la totalidad del impuesto de retención en la fuente generado por la negociación queda a cargo del vendedor por ser quien recibe el dinero. Que Es Un Perito Medico.

¿Quién no puede ser perito?

ARTÍCULO 409. QUIÉNES NO PUEDEN SER NOMBRADOS. No pueden ser nombrados, en ningún caso: 1. Los menores de dieciocho (18) años, los interdictos y los enfermos mentales. Quienes hayan sido suspendidos en el ejercicio de la respectiva ciencia, técnica o arte, mientras dure la suspensión.

¿Quién avala un perito?

  • Artículo 220. – Siempre que para el examen de personas, hechos u objetos, se requieran conocimientos especiales se procederá con intervención de peritos. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 220 Bis. – Cuando el inculpado pertenezca a un grupo étnico indígena, se procurará allegarse dictámenes periciales, a fin de que el juzgador ahonde en el conocimiento de su personalidad y capte su diferencia cultural respecto a la cultura media nacional. En los procedimientos en los que intervengan personas que aleguen tener la calidad de indígenas, la misma se acreditará con la sola manifestación de quien la haga. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 221. – Los peritos que dictaminen serán dos o más; pero bastará uno cuando solamente éste pueda ser habido, o cuando el caso sea urgente. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 222. – Con independencia de las diligencias de pericia desahogadas en la averiguación previa, la defensa y el Ministerio Público tendrán derecho a nombrar hasta dos peritos en el proceso, para dictaminar sobre cada punto que amerite intervención pericial. El tribunal hará saber a los peritos su nombramiento y les ministrará todos los datos que fueren necesarios para que emitan su opinión. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 223. – Los peritos deberán tener título oficial en la ciencia o arte a que se refiere el punto sobre el cual deba dictaminarse, si la profesión o arte están legalmente reglamentadas; en caso contrario, se nombrarán peritos prácticos. Cuando el inculpado pertenezca a un grupo étnico indígena, podrán ser peritos prácticos, personas que pertenezcan a dicho grupo étnico indígena. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 224. – También podrán ser nombrados peritos prácticos cuando no hubiere titulados en el lugar en que se siga la instrucción; pero en este caso se librará exhorto o requisitoria al tribunal del lugar en que los haya, para que en vista del dictamen de los prácticos emitan su opinión. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 225. – La designación de peritos hecha por el tribunal o por el Ministerio Público deberá recaer en las personas que desempeñen ese empleo por nombramiento oficial y a sueldo fijo, o bien en personas que presten sus servicios en dependencias del Gobierno Federal, en Universidades del país, o que pertenezcan a Asociaciones de Profesionistas reconocidas en la República. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 226. – Si no hubiere peritos de los que menciona el artículo anterior y el tribunal o el Ministerio Público lo estiman conveniente, podrán nombrar otros. En estos casos los honorarios se cubrirán según lo que se acostumbre pagar en los establecimientos particulares del ramo de que se trate a los empleados permanentes de los mismos, teniendo en cuenta el tiempo que los peritos debieron ocupar en el desempeño de su comisión. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 227. – Los peritos que acepten el cargo, con excepción de los oficiales titulares, tiene obligación de protestar su fiel desempeño ante el funcionario que practique las diligencias. En casos urgentes la protesta la rendirán al producir o ratificar su dictamen. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 228. – El funcionario que practique las diligencias fijará a los peritos el tiempo en que deban cumplir su cometido. Si transcurrido ese tiempo no rinden su dictamen o sí legalmente citados y aceptado el cargo, no concurren a desempeñarlo, se hará uso de alguno de los medios de apremio.

    Cuando el juez tenga duda de ella o fuere cuestionada en juicio, se solicitará a las autoridades comunitarias la expedición de la constancia que acredite la pertenencia del individuo a un determinado pueblo o comunidad.

    Si a pesar de haber sido apremiado el perito no cumple con las obligaciones impuestas en el párrafo anterior, se hará su consignación al Ministerio Público para que proceda por el delito a que se refiere el artículo 178 del Código Penal. Volver al inicio Volver al indice

  • Artículo 229. – Cuando se trate de una lesión proveniente de delito y el lesionado se encontrare en algún hospital público, los médicos de éste se tendrán por nombrados como peritos, sin perjuicio de que el funcionario que practique las diligencias nombre además otros, si lo creyere conveniente, para que dictaminen y hagan la clasificación legal. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 230. – La autopsia de los cadáveres de personas que hayan fallecido en un hospital público, la practicarán los médicos de éste; sin perjuicio de la facultad que concede la parte final del artículo anterior. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 231. – Fuera de los casos previstos en los dos artículos anteriores el reconocimiento o la autopsia se practicará por los peritos médicos legistas oficiales si los hubiere y, además, si se estima conveniente, por los que designe el funcionario que conozca del asunto. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 232. – Cuando el funcionario que practique las diligencias lo juzgue conveniente, asistirá al reconocimiento u operaciones que efectúen los peritos. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 233. – El funcionario que practique las diligencias y las partes, podrán hacer a los peritos las preguntas que resulten pertinentes sobre la materia objeto de la pericia; les dará por escrito o de palabra, pero sin sugestión alguna, los datos que tuviere y hará constar estos hechos en el acta respectiva. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 234. – Los peritos practicarán todas las operaciones y experimentos que su ciencia o arte les sugiera y expresarán los hechos y circunstancias que sirvan de fundamento a su opinión. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 235. – Los peritos emitirán su dictamen por escrito y lo ratificarán en diligencia especial. Los peritos oficiales no necesitarán ratificar sus dictámenes, sino cuando el funcionario que practique las diligencias lo estime necesario. En esta diligencia el juez y las partes podrán formular preguntas a los peritos. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 236. – Cuando las opiniones de los peritos discordaren, el funcionario que practique las diligencias los citará a junta en la que se discutirán los puntos de diferencia, haciéndose constar en el acta el resultado de la discusión. Si los peritos no se pusieren de acuerdo se nombrará un perito tercero en discordia. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 237. – Cuando el peritaje recaiga sobre objetos que se consuman al ser analizados, no se permitirá que se verifique el primer análisis sino cuando más sobre la mitad de la substancia, a no ser que su cantidad sea tan escasa, que los peritos no puedan emitir su opinión sin consumirla por completo, lo cual se hará constar en el acta respectiva en los términos del procedimiento referido en los artículos 123 Bis a 123 Quintus de este código. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 238. – Cuando el funcionario que practique las diligencias lo crea conveniente, podrá ordenar que asistan peritos a ellas. Volver al inicio Volver al indice
  • Artículo 239. – Cuando se niegue o ponga en duda la autenticidad de un documento podrá pedirse y decretarse el cotejo de letras o firmas, que se practicará conforme a las siguientes reglas:
    1. El cotejo se hará por peritos, pudiendo asistir a la diligencia respectiva el funcionario que esté practicando la averiguación, y en ese caso se levantará el acta correspondiente; y
    2. El cotejo se hará con documentos indubitables, o con los que las partes de común acuerdo reconozcan como tales; con aquellos cuya letra o firma haya sido reconocida judicialmente, y con el escrito impugnado en la parte en que reconozca la letra como suya aquel a quien perjudique.

    El juez podrá ordenar que se repita el cotejo por otros peritos. Volver al inicio Volver al indice

¿Cuándo se solicita un perito?

CUÁNDO SE NECESITA UN PERITO – Se requiere un Perito cuando es necesario tener una prueba técnica contundente para ayudar en la resolución de una disputa. Disponer de esta prueba, es una arma muy potente que puede llevar a una resolución ágil del problema, ya que puede favorecer un acuerdo.

  1. Un informe pericial se requiere cuando hay un conflicto o litigio sobre un tema técnico complejo, que es necesario comprender para poder emitir un veredicto justo;
  2. Es especialmente necesario contar con la ayuda y testimonio de un Perito, si la otra parte aporta un informe pericial inexacto y parcial, de forma que rebata el mismo y deje en evidencia la realidad de los hechos;

Este informe, además puede ser usado en el proceso judicial, y ser necesario a la hora de declarar. Muchas veces, los juicios dependen de qué informe pericial es más contundente y veraz.

¿Qué se necesita para ser un buen perito?

¿Cuánto se cobra por un peritaje médico?

Precio Informe valoración daño corporal – El precio del Informe de valoración del daño corporal se basará de acuerdo a los honorarios profesionales del Perito Médico. Esta cuestión no es fácil de precisar en principio, puesto que no está  regulado en todos sus ámbitos.

Hace unos años, los colegios donde se reciben sus registros los peritos médicos y los peritos judiciales ofrecían estimados para poder calcular los honorarios. Sin embargo, fue prohibido por el Estado.

Actualmente cada perito debe calcular sus propios honorarios profesionales. Los criterios que utilizan los peritos para valorar su trabajo pericial son:

  • Dificultad del caso a peritar, esto comprende la cantidad de pruebas que se realizaron y que debieron ser analizadas, la gravedad de los daños y el tiempo transcurrido.
  • La cantidad de peritos involucrados en el informe, y también influye su especialización.
  • La cantidad de la reclamación por los daños  generados.
  • El número de reuniones y la cantidad de veces en que el perito deba desplazarse. Entre el lugar del hecho, entre reuniones con las víctimas o pacientes a su centro de investigación, hospital o tribunal.
  • Prioridad de tiempo del informe pericial.
  • El formato en el que debe ser presentado, ya sea en físico o en digital.

Así como ya se ha mencionado anteriormente, la especialidad del perito influye en la valoración del informe pericial. El precio del Informe de valoración del daño corporal puede tener un valor desde los 60 euros y la emisión del informe legal puede ser desde los 300 euros. En sí, los Peritos Médicos cumplen una labor importante para lograr el cumplimiento de la ley en un caso determinado.

Por medio de ellos se pueden determinar delitos, negligencias, imputaciones, que en el pasado costaba una gran cantidad de tiempo para los juristas. Pericia Médica Se realizan dictámenes periciales médicos de diversa Indole.

Contamos con un equipo profesional especializado en el ámbito de la Medicina Pericial. Amplia trayectoria de los integrantes del equipo que cuentan con más de 30 años de experiencia médica asistencial a pacientes y realización de dictámenes periciales médicos.

¿Cuánto cuesta la firma de un perito?

Un aproximado de la firma para un proyecto de casa habitación sería de entre $5,000. 00 y $10,000. 00 MXN, dependiendo de los m2. ¿Te resulta útil? Firma de perito para 250 m2.

¿Qué diferencia hay entre una autopsia y una necropsia?

Una autopsia es el nombre con el que comúnmente se conoce al examen de un cadáver para determinar las causas de la muerte, aunque el término correcto para este procedimiento es necropsia. Es un procedimiento ordenado y minucioso, que incluye la revisión tanto el aspecto externo como la revisión de los órganos internos.

¿Qué diferencia hay entre el médico legista y el forense?

Introducción La práctica de la Medicina debe ser centrada en el paciente; asimismo, el ejercicio de la Medicina se vincula con los derechos humanos para comprender aspectos de los derechos del paciente incluyendo consentimiento informado, confidencialidad, el derecho de rehusarse a recibir tratamiento y el trato a menores e incompetentes, etc. ; la deontología en cuanto al deber ser y el deber hacer, por lo que el médico debe saber: ser lo que es, lo que tiene que hacer y cómo lo debe hacer; la ley, para tener la posibilidad de adaptar los conocimientos a los rápidos cambios en términos de reglamentos y leyes; con guías técnicas, para conocer los avances médicos y contar con la capacidad de investigación de los cambios producidos; la ética para la aplicación de principios que permitan el correcto ejercicio médico y; la bioética para tener guías de solución a los dilemas éticos que se presentan en la práctica médica; por ello, la necesidad de poseer el conocimiento de todas esas disciplinas y ciencias que delimitan el ejercicio ético y legal de la Medicina para enterarse de lo que está permitido y prohibido en la práctica médica, por lo que se debe percibir adecuadamente lo que es la Medicina Legal y cuáles son los objetivos reales que tiene esta cátedra para los futuros médicos, hecho que a la luz de la situación actual es importante, porque día a día vemos cómo los médicos se ven inmersos en problemas médico-legales y los estudiantes de Medicina que se van incorporando a la profesión, muy pronto deberán resolver situaciones conflictivas, siendo las más frecuentes, las denuncias por mala práctica médica por negligencia, problemas con el diagnóstico o tratamiento o por una inadecuada relación médico-paciente (malos tratos) y que tengan la conciencia de que el desconocimiento de las normas legales y los principios éticos en la práctica médica, no los exime de responsabilidad en los tribunales.

Dentro del plan de estudios de la carrera de Medicina, existe la asignatura de Medicina Legal que es la única materia que puede y debe proporcionar tales conocimientos, pero es necesario razonar qué significa “Medicina Legal”, qué conocimientos debe abarcar como disciplina y qué se puede esperar de su enseñanza para los futuros médicos, así como su diferencia con la Medicina Forense con la cual se ha establecido una semejanza.

La Medicina Legal y la Medicina Forense En nuestro estudio conceptual se debe hacer el análisis teniendo en consideración que la sociedad y la ley se transforman a través del tiempo. La Medicina está inmersa en esas transformaciones, pues siendo una profesión esencialmente social por el hecho de ser su objeto de estudio el ser humano y su finalidad preservar o recuperar la salud mediante un diagnóstico y un tratamiento, todo ello se da en la serie de circunstancias listadas a continuación:

  • De tiempo (en medicina se refiere a que sea en el momento oportuno -a tiempo- y al conocimiento que existe en un tiempo -actual-).
  • De lugar (sitio en el que se ejerce la medicina -territorio mexicano- y que determina un entorno social, jurídico, histórico y cultural).
  • De modo (implica acatar principios éticos, poseer valores morales y el cumplimiento de guías y normas vigentes establecidas por la comunidad médica y el sistema jurídico).

Foto:Nayeli Zaragoza En cada practicante de Medicina hay preguntas acerca de la naturaleza de la relación médico-paciente (consentimiento informado, confidencialidad); regulaciones federales y estatales referentes a la práctica de la Medicina; financiamiento y expedición de servicios de salud; responsabilidad por los actos de personas que no son médicos y de los compañeros y empleados de los hospitales. Problemas específicos, incluyendo definición de la muerte, trasplantes de órganos, tratamiento de menores, servicios de emergencia, asesoramiento genético, preparación y presentación de evidencia médica, uso de nuevas medicinas y procedimientos y reacciones secundarias a medicamentos o tratamientos que requieren de principios legales.

  1. Cada médico debe confrontar la realidad de ser denunciado por mala práctica médica y debería saber qué esperar si llega a suceder esta situación 1;
  2. De acuerdo a lo anterior, debe existir una disciplina en la carrera de medicina que integre y dé a conocer esas circunstancias, haciéndolas comprensibles, para que los futuros médicos obtengan habilidades para resolver situaciones complejas que la Medicina por sí misma no podría proveer; esa debe ser la Medicina Legal;

Por lo que se puede decir que el docente en Medicina Legal debe conocer, analizar, interpretar y enseñar correctamente las guías y normas técnicas que rigen el ejercicio de la medicina en al ámbito médico-asistencial, las normas jurídicas en las que se establecen conceptos o razonamientos que delimitan ese ejercicio y los principios éticos.

  • Porque su finalidad es adiestrar sobre cuestiones éticas y legales para la adquisición de competencias en los futuros médicos para poner en operación esos conocimientos, habilidades, pensamientos, carácter y principios en las diversas interacciones que tienen en su ámbito profesional, demostrando en la práctica, el conocimiento médico y el entendimiento de la ética y las leyes, garantizando su seguridad jurídica al tomar decisiones durante su ejercicio profesional;

Si bien, el conocimiento de ciertas cuestiones médico-forenses es necesario para el médico clínico porque el contenido de algunas notas médicas que efectúa deberá ser incluida en los certificados o dictámenes efectuados por los médicos forenses (como es el caso de las notas de lesiones, defunción, alta, intoxicación por drogas, medicamentos o sustancias tóxicas, etc.

  1. ); esta situación debe ser cubierta por la cátedra de Medicina Legal, mientras en la carrera de Medicina no exista la cátedra de Medicina Forense, proporcionando al médico los requisitos para integrarlas y habilitar al médico forense para cumplir sus funciones;

Sin embargo, poco se conoce acerca del papel de la Medicina Legal en el curriculum de las escuelas de Medicina y en los planes de estudio se satura a los estudiantes con temas médico-forenses que poca importancia van a tener en su ejercicio profesional.

  • La creciente participación de médicos en asuntos legales hace que el conocimiento de estos aspectos en la práctica de la Medicina sea esencial para cada estudiante de esa carrera;
  • A pesar de ello, se desconoce cómo debe ser enseñada la Medicina Legal en las escuelas de Medicina;

Un descubrimiento importante, de cierto modo, es que la mala práctica no es la materia más enseñada comúnmente, a pesar de que es segunda después del consentimiento informado de acuerdo al curriculum médico-legal desarrollado por el Colegio Americano de Medicina Legal (que se mencionará posteriormente).

  1. Aspectos de los derechos del paciente incluyendo consentimiento informado, confidencialidad, el derecho de rehusarse a recibir tratamiento y el trato a menores e incompetentes, son enseñados en la mayoría de cursos sobre medicina legal;

Otros elementos frecuentemente cubiertos, incluyen introducción al sistema legal, la relación médico-paciente, tratamiento de emergencia, expedientes médicos y definición de muerte. El amplio rango de temas cubiertos en cursos de Medicina Legal demuestra que esta materia abarca consejos o tips para prevenir mala práctica.

Mientras que virtualmente ningún plan de estudios de Medicina Legal está completo sin la mención de este tema. La creciente influencia de los movimientos del consumidor afecta todos los segmentos de la economía incluyendo la atención médica.

Los pacientes quieren más información sobre su condición y la manera recomendada de tratamiento. La atención a menores, con o sin consentimiento de los padres, es un problema legal actual. Definición de muerte y la destitución de sistemas de asistencia, ponen en discusión cuestiones médicas y legales 1. La autopsia , Enrique Simonet (1890). Sin embargo, las definiciones que se han estructurado de la Medicina Legal, han determinado una equivalencia de esta especialidad con la Medicina Forense, debido principalmente a la información que llega de artículos extranjeros, similitud que no ha sido analizada para verificar si se ajusta a la realidad, haciéndose costumbre y, ocasionando que los eruditos del lenguaje, como sucede en los diccionarios, terminen acatando esa tradición más que al juicio crítico razonado e informado; hecho que a la luz de la situación actual, es preocupante porque día a día vemos cómo los médicos se ven inmersos en problemas médico-legales, por situaciones éticas y por incumplimiento de guías técnicas y normas jurídicas que competen a la enseñanza de la Medicina Legal y no a la Medicina Forense, además de las comparecencias como acusados o designados por alguna de las partes como peritos.

Estas situaciones no representarían conflictos con un adecuado conocimiento de las normas jurídicas y principios éticos que rigen el acto médico y con una serie de habilidades en el área pericial que deben ser enseñadas por el docente en Medicina Legal; es por ello que Aguilar Sierra, refiere lo siguiente: “Como introducción a la Medicina Legal podemos manejar que es un área multidisciplinaria y que interactúa con muchas áreas de la Medicina y es un arma que nos permite en algún momento salir bien librados de un proceso legal” ( 2.

En este escrito se pretende esclarecer la citada confusión, demostrando que a pesar de esa analogía mal establecida, es posible determinar que en esencia sí existen diferencias entre ambas especialidades y que por lo tanto, en la enseñanza y práctica médica es más importante el conocimiento de la Medicina Legal como tal, puesto que es la que está íntimamente relacionada con las actividades médico-asistenciales que son las que realizan la mayoría de los médicos.

  1. Para empezar, primero se tiene que determinar con certeza qué es la Medicina Legal y cuáles son sus objetivos y su influencia en el conocimiento de las implicaciones médicas y jurídicas de la práctica médica-clínica para los estudiantes de medicina y así tener un punto de partida que nos lleve por el camino correcto en el tema;

La Medicina Legal La frase “Medicina Legal”, de acuerdo a las palabras que lo forman, correspondería a la medicina ajustada a la ley, sin embargo, su definición ha sufrido transformaciones a través del tiempo, dichos cambios se deben a que arbitrariamente, puesto que no ha sido sujetado a normas, leyes o razonamientos, ha recibido diferentes nombres, derivados de la necesidad de calificarla, sin embargo, se observa que desde su inicio se le ha atribuido un amplio ámbito de competencia que ha incluido cuestiones médicas junto con cuestiones criminales, lo que ha provocado que se le haya asignado el calificativo de “Medicina Forense”, hecho que pone en evidencia una conducta viciosa por el uso del lenguaje defectuoso o imperfecto, originado por la falta de precisión en cuanto a la temática que debería comprender esa ciencia, tergiversando la interacción que tiene la medicina con el derecho en el campo de la medicina legal, ya que en lugar de determinar las leyes a las que debe ajustarse la medicina, de acuerdo al concepto mencionado inicialmente, está enfocado a la aplicación de la medicina a la ley, defecto con el que llega a América, a pesar del término utilizado de “jurisprudencia médica”, que significa la ciencia del derecho relativa a la medicina, el cual sí tendría el mismo sentido que el de Medicina Legal, sin embargo, se usaba como sinónimo de Medicina Forense y se interpretaba como la utilización de los conocimientos médicos a las necesidades de la justicia y así, también erróneamente, se definía a la Medicina Legal; sin embargo, gracias a los estudiosos del tema, el concepto se fue precisando e incluyéndose en su ejercicio y enseñanza, solamente las leyes y reglamentos que impactan el cuidado del paciente, la práctica médica y litigios por el ejercicio de la Medicina, se agregó además la ética, cumpliendo así de manera correcta con lo que la medicina legal es; para ratificar lo mencionado, veamos lo siguiente: “Medicina Legal”, es un término francés que apareció por primera vez a finales del siglo XVIII y principios del siglo XIX, la materia francesa de Medicina Legal fue amplia e incluyó material probatorio y áreas médicas de relevancia jurídica, por ejemplo, los dementes criminales y la rehabilitación de delincuentes. En 1975, otro prominente profesor de medicina legal en Harvard, el Dr. William J. Curran, fundador de la Ley- Instituto de Medicina en la Facultad de Derecho de la Universidad de Boston en 1955, define el término Medicina Legal como: “Las áreas de especialidad de la Medicina que se ocupan de las relaciones con el derecho sustantivo y con las instituciones jurídicas” 3.

  • «En 1942, el Dr;
  • Alan R;
  • Moritz, encargado del profesorado, definió la Medicina Legal como ‘la aplicación de los conocimientos médicos a las necesidades de la justicia;
  • Aunque, por definición, este parecería ser un campo amplio y científicamente heterogéneo, la práctica de medicina legal se ocupa principalmente de lo que podría ser más adecuadamente descrito como patología forense’» 3;

La introducción del término “jurisprudencia médica” en América, se debió al Dr. James S. Stringham de Nueva York, quien se encontraba en Edimburgo para obtener su título de médico en 1799, y trajo el término con él a América. En 1804, Stringham define la jurisprudencia médica como: “La ciencia que aplica los principios y la práctica de las diferentes ramas de la Medicina para el esclarecimiento de cuestiones dudosas en los tribunales de justicia” 3.

La información anterior, ratifica el mal uso que se le dio al término “medicina legal y “jurisprudencia médica” y se corrobora con el siguiente comentario: “En 1975, Curran argumentó que el desafortunado título de ‘jurisprudencia médica’ debería por fin ser relegado al montón de desechos del lexicógrafo.

Fue incorrectamente aplicado al campo del lado médico en primer lugar. Es ahora inapropiado el término para los aspectos legales del tema en cuestión. Más recientemente, el término ley de salud ha ganado una amplia aceptación” 3. A principios del siglo XX, la enseñanza de la jurisprudencia médica todavía fue relegada a una posición como una materia ocasional.

Sin embargo, a mediados de siglo, la Medicina Legal experimentó un renacimiento, como se evidencia por el establecimiento del Colegio Americano de Medicina Legal (ACLM), fundando el Instituto de Medicina Legal de la Universidad de Boston, y la reactivación del interés contemporáneo en una gran variedad de cuestiones médico-legales, la ética médica, el médico y los derechos de los pacientes, y los asuntos y aspectos profesionales de la práctica médica.

En 1955, reconociendo el creciente impacto de la legislación, reglamentos y decisiones de los tribunales sobre la atención al paciente y los efectos generales de los litigios y la medicina legal en la sociedad moderna, un grupo de médicos y cirujanos, organizaron lo que más tarde llegaría a ser el Colegio Americano de Medicina Legal (ACLM).

El ACLM es la organización de Estados Unidos más antigua y prestigiosa dedicada a problemas en la interfaz de la Medicina y la ley. Su membresía está compuesta por profesionales en Medicina, Osteopatía, y ciencias afines, incluyendo Odontología, Enfermería, Farmacia, Podología, Psicología y Derecho.

A finales de los sesenta, algunos cursos de Derecho y la Medicina fueron concentrando ampliamente las cuestiones médico-legales que se enfrentan en los tribunales, incluyendo la evaluación de la discapacidad y la mala práctica médica. En la década de 1970 las preocupaciones por algunos cursos de leyes y Medicina se ampliaron para incluir la política pública, incluido el cuidado de la salud y la calidad en ese cuidado.

A la vez, los avances en la tecnología médica crearon nuevas áreas legales para explorar, desde la muerte cerebral y la donación de órganos, hasta el aborto o la fertilización in vitro. Estos temas se incorporan cada vez más en cursos de Derecho y Medicina, que fueron por sí mismos conocidos por el término más amplio de “La ley de Salud”.

La ley de Salud tiene 3 subdivisiones adicionales: economía de la prestación de atención de salud; regulación del cuidado de la salud pública y política; y la Bioética 4. Como se desprende de lo anterior, la Medicina Legal fue desarrollándose a través del tiempo, adaptando su ejercicio a temas vinculados con el ejercicio de la Medicina, que debe ser el fin de esta materia, aclarando su significado, incluyendo conocimientos relacionados con la Ética, Bioética, la ley y en la práctica médica como son: el cuidado de la salud, muerte cerebral, donación de órganos y cuestiones médico-legales que se enfrentan en tribunales, siendo llamada ahora en los Estados Unidos “ley de Salud”, y ha crecido para llegar a ser una especialidad, abarcando el derecho natural, la ley, la regulación administrativa y las obligaciones éticas que regulan la práctica de la Medicina. Es por ello que, según Suescún Vargas y otros 5 , la Medicina Legal se define como la rama de la medicina que estudia los aspectos legales de la atención sanitaria. La Medicina Legal en México En México, los diferentes autores de libros y catedráticos de la materia de Medicina Legal, han utilizado los conceptos que a cada uno, de acuerdo a su leal saber y entender, le ha parecido mejor, como ejemplo de ello tenemos: El médico poblano Luis Hidalgo y Carpio, la definió como: “El conjunto de conocimientos en Medicina y ciencias accesorias indispensables para ilustrar a los jueces en la aplicación o en la formulación de algunas de las leyes” 6.

La definición de José Torres Torija 6 , es la siguiente: “Medicina Legal es la aplicación de las ciencias médicas a la ilustración de los hechos investigados por la justicia”. Para Martínez Murillo 7 : la Medicina Legal, es el conjunto de conocimientos médicos, que tienen por objeto auxiliar a las autoridades judiciales, a resolver problemas del orden penal, civil y laboral.

También, menciona que: “Algunos catedráticos consideran impropio el nombre de Medicina Legal, piensan que sería más correcto llamarle “Medicina Forense”, “Biología Jurídica”, “Antropología Médica”, “Jurisprudencia Médica”, “Medicina Judicial”, etc; esto, teniendo en cuenta las tendencias modernas.

  1. Nosotros la seguiremos llamando Medicina Legal, porque con este nombre es universalmente conocida…”;
  2. Como se observa con este autor mexicano, a pesar de existir otras opiniones respecto al concepto, hecho que denota ambigüedad, se empeña en seguirla llamando “Medicina Legal”, sin cuestionarse si el nombre que le está dando a la materia es el correcto y sin emitir un razonamiento que justifique su obstinación en continuar llamándola así o, para cuestionar o aceptar el criterio de los demás, sólo apegándose a lo que según él es el nombre con el que es “universalmente conocida”;

Esta situación nos da una idea general de qué sucede en México, respecto a las irregularidades que originan las denominaciones que se le dan a esta materia que, en lugar de proporcionarle una definición concreta y sustentada en la razón, está apegada a la decisión de criterios internacionales que provienen de otras culturas y formas de argumentar que nada tienen que ver con nuestra cultura y lenguaje.

Otra explicación que ratifica lo referido en el párrafo anterior de lo que ha sido la imperfección en la descripción de Medicina Legal, se encuentra en el programa de la carrera de derecho de la Universidad Autónoma de Nuevo León 8 , que a la letra dice: la Medicina Legal es el conjunto de conocimientos psicobiológicos y fisicoquímicos, utilizados por la administración de justicia para dilucidar o resolver, problemas, de orden civil, penal laboral o administrativo y para cooperar en la formulación de algunas leyes; asimismo refiere que: con relación a la terminología, algunos autores le llaman: Medicina Legal, Medicina Forense, Biología Jurídica, Antropología Médica, etcétera.

Como se observa, todas estas imprecisiones en el nombre y el contenido de las definiciones que se le han dado a la asignatura, sólo nos traducen vaguedad y provocan confusión en los lectores. Tal vez por esta situación irregular y en lo que dicen los personajes mencionados anteriormente que es la Medicina Legal, es por lo que en México, en 1975, el Consejo técnico de la facultad de Derecho de la UNAM acordó la designación de la materia como “Medicina Forense” 6 , ya que es a la Medicina Forense a la que se ajustan mejor las diferentes descripciones aludidas.

Todo lo mencionado ha propiciado que, en México, la enseñanza y ejercicio de la Medicina Legal esté más enfocado a temas médico-forenses que a los asuntos que competen a la Medicina Legal. Funciones de la Medicina Legal Una confusión frecuente que enfrenta el médico legista es que se le relaciona con el trabajo que se lleva a cabo en la agencia del Ministerio Público, efectuando certificaciones y dictámenes respecto al examen realizado a las personas que se presentan o son puestas a disposición del agente del Ministerio Público, a pesar de que ésta es una función médico-forense.

A pesar de ello, se debe mencionar que, la Medicina Legal, es una especialidad Médica. No es una rama del Derecho porque quien lo ejerce debe ser médico. Tampoco es Medicina Asistencial porque no proporciona atención a personas enfermas ni da tratamientos.

  • La Medicina Legal permite conocer, analizar e interpretar correctamente las normas jurídicas en las que se establecen conceptos o razonamientos que involucran el ejercicio de la Medicina, con lo que, el docente en Medicina Legal podrá explicar las leyes con lenguaje claro y comprensible al estudiante de medicina;

Por eso es importante la designación que se utilice de esta materia, porque su finalidad es asesorar no sólo sobre cuestiones legales en el ámbito médico, sino también en el conocimiento de Normas Oficiales Mexicanas y de las reglamentaciones nacionales e internacionales relacionadas con los adelantos en Medicina y otras ciencias que la involucran (estudio del genoma, farmacogenómica, investigación en seres humanos, etc.

) y, sobre todo en la ética y derechos humanos. Asimismo, la Medicina Legal enseña la forma en que debe ser integrada una nota médica de lesiones, intoxicación aguda por drogas o medicamentos y de defunción, dicha materia juega una papel importante, porque en ella se puede dar a conocer a los médicos cuáles son los requisitos para el estudio, diagnóstico y documentación de lesiones, intoxicaciones de causa delictiva, muerte, etc.

, elementos que necesita conocer el médico forense para establecer su diagnóstico médico-forense en su dictamen, igualmente, la Medicina Legal, tiene que adiestrar al estudiante de Medicina en asuntos como el conocimiento detallado requerido para certificar la muerte de acuerdo a las diferentes situaciones establecidas en el marco jurídico, y en particular el conocimiento de las circunstancias en las que la muerte no debe ser certificada por el médico clínico, especialmente en los casos de muerte fortuita 9 (casual, imprevista o accidental, que esté presuntamente vinculada con hechos delictivos o que tenga un origen traumático, dudoso, controversial o desconocido).

Todo esto debe ser instruido por el docente en Medicina Legal, para evitar que los médicos asistenciales no tengan que ser llamados a comparecer por un acto u omisión en la realización de las notas clínicas relacionadas con los temas mencionados, ya que ello puede afectar jurídicamente a una persona cuando una nota médica está mal elaborada por impericia y también, para que el médico forense pueda realizar adecuadamente su trabajo de auxiliar a los órganos de procurar y administrar justicia.

Además de lo anterior, uno normalmente no asociaría médicos como parte del proceso legal. Sin embargo, en particular en los casos penales, en el nuevo sistema procesal penal acusatorio (juicios orales), cuando se trate de determinar la existencia de una presunta mala práctica médica, el médico puede ser llamado a comparecer en los tribunales como perito; éste también constituye un acto médico en el que debe ser adiestrado por la Medicina Legal, materia en la que se proporcionarían una serie de habilidades en el área pericial en cuanto a conocer este procedimiento y cómo llevarlo a cabo, para que acepten y perciban positivamente la actividad pericial y también, para que puedan desempeñarse como expertos en los tribunales y proporcionen científicamente la debida explicación de todas las cuestiones médicas de manera adecuada a los abogados, Juez y audiencia.

Algunos de los problemas que pueden afectar el resultado de un caso jurídico, incluyen la falta de pericia para identificar el problema que se debe estudiar, la forma de argumentar y la manera de estructurar el documento (dictamen) y la incapacidad de comunicarse bien y, por ello, perjudicar con su opinión a algún colega médico, deficiencias que se superan con un adecuado curso de Medicina Legal.

También, pueden ser llamados a comparecer como acusados de responsabilidad profesional, sin embargo, estas situaciones no representarían conflictos con un adecuado conocimiento de las normas legales y principios éticos que rigen el acto médico que pueden ser enseñadas por el docente en Medicina Legal.

La responsabilidad profesional consiste en la obligación del médico de reparar los daños provocados en actos u omisiones y errores cometidos en el ejercicio de su profesión, siempre que no se hayan puesto los medios necesarios o el cuidado debido en beneficio del paciente ya sea por negligencia, impericia o imprudencia en su conducta o por incumplimiento de la lex artis.

En estos casos se ha de compensar el daño causado según la jurisdicción que actúe: con privación de libertad, inhabilitación e indemnización económica. Así, la Medicina Legal establece el vínculo entre el derecho y la práctica de la medicina, áreas que coinciden y son interdependientes, circunstancia que se hace día a día más patente.

  1. El derecho influye en el ejercicio médico, toda vez que de la relación médico-paciente se derivan una serie de recíprocos derechos y obligaciones de aspecto no sólo ético, sino eminentemente jurídico;
  2. Al margen del innegable valor ético del código hipocrático, la actuación del profesional médico se define por parámetros sustentados en la ley y está condicionada por las demandas y expectativas del paciente de una adecuada atención médica; un paciente que, como ciudadano, tiene cada vez mayor conciencia de sus derechos, por lo que la Medicina Legal, es un elemento fundamental en la comprensión de los derechos humanos para evitar que sean violados en el ejercicio de la medicina; los médicos han protegido los bienes del derecho natural desde las más distantes épocas de la profesión;

Ninguno de los bienes fundamentales de este derecho (vida, miembros, potencias y tendencias del ser humano) es ajeno al conocimiento médico y se ajustan en su totalidad a las normas éticas que giran alrededor del juramento hipocrático, aún imperante en sus aspectos esenciales; por ello, no es ajeno para ellos este derecho y el por qué la Medicina Legal tiene injerencia en él, ya que este derecho se transforma en derecho positivo para su ejecución.

  1. Estos condicionantes han convertido la prestación de servicios de atención médica en territorio fértil para el abogado, pues la relación médico-paciente es primordialmente social (en consecuencia, con esencia jurídica) y posible fuente de controversias que están sujetas al cuidado de los órganos de procuración y administración de justicia;

La Medicina Forense En cuanto a la Medicina Forense, el vocablo “forense” deriva de la palabra latina forensis , “un mercado público o un foro,” con Foro siendo el tribunal del derecho romano. Por lo tanto, Medicina Forense es la aplicación del conocimiento médico en la interpretación y establecimiento de los hechos en los tribunales de justicia.

Cuando Julius Caesar (100- 44 a. de C. ) fue asesinado, su cuerpo fue examinado por Antistio, un médico que encontró que sólo una de sus veintitrés heridas fue fatal. Había entrado en el pecho, entre la primera y segunda costillas 10.

Otra definición es: Medicina Forense o jurisprudencia médica puede ser definida como la ciencia que estudia la aplicación de los conocimientos médicos a los propósitos de la ley. Puesto que la administración de la Ley es una función principal del Estado, la estrecha relación que se establece entre la Medicina Forense, por una parte, y el Estado por la otra ha llegado a estar bien establecida 11.

  • Como se observa y se comentó anteriormente, el término “Medicina Forense” se equipara a la expresión “jurisprudencia médica”, a pesar de que por su significado no pueden ser iguales;
  • Medicina Forense puede definirse como el conocimiento científico médico y paramédico del cuerpo que puede ser utilizado para los fines de la administración de la ley;

El primer registro de un juicio por asesinato ha sido recientemente encontrado en Babilonia central, en Sumeria, en una tablilla de arcilla que data de alrededor de 1850 a. de C. Es de cierta importancia tener en cuenta que las leyes judías antiguas hicieron una distinción entre heridas mortales y aquellas que no tienen que ser observadas y también prescribe que la investigación sea hecha en el caso de la virginidad en disputa 12.

  • Como se observa, a la Medicina Forense, desde su inicio, siempre se le ha relacionado con casos criminales, de hecho su nombre etimológicamente hablando viene del foro y es ahí donde se dilucidaban los juicios por delitos, ya que constituían el tribunal del derecho romano y también se desprende que su uso, de acuerdo a las frases utilizadas para denominarla, como el de “jurisprudencia médica” o “Medicina Legal”, han sido incorrectos por una mala interpretación en su acepción, por ello la Medicina Forense no pueden ser sinónimo de Medicina Legal, puesto que por lo que ya se comentó, la Medicina Legal se refiere a los aspectos legales que involucran la práctica médica, mientras que la Medicina Forense utiliza los conocimientos médicos para el estudio de casos criminales;

En México, considera acertada la definición que el Dr. Alva Rodríguez 13 le da a la Medicina Forense de la siguiente manera: “Si tomamos en cuenta que la gran mayoría de los asuntos en los que es necesaria la colaboración del perito médico resultan de la comisión de un delito, esto es, pertenecientes al dominio del Derecho Penal, es funcional definir a la Medicina Forense como la disciplina que aplica los conocimientos médicos en auxilio de la procuración y de la impartición de la justicia”.

Función de la Medicina Forense En cuanto al médico forense, debido a los medios de comunicación, en particular la televisión, siempre se ha dado a entender que los médicos con esta especialidad sólo participan en casos en los cuales sucede la muerte de un individuo, sin saber que este especialista participa de diferentes formas en la investigación de delitos, los cuales involucran regularmente a personas vivas y sólo en situaciones en los que una persona falleció por hechos presuntamente relacionados con un delito, es donde se efectúa el examen de un cadáver.

La función de los peritos médico-forenses es buscar, detectar y analizar evidencias, las cuales sustentarán la validez probatoria de los dictámenes periciales realizados, es decir, si estas tienen suficiente solidez servirán para que la autoridad respalde una acusación y pruebe un hecho delictivo o, también, servirán para demostrar si pudieron haberse producido en otras circunstancias de tiempo o forma.

  • Para que los médicos forenses puedan alcanzar los fines mencionados, ellos deberán conocer e interpretar correctamente los preceptos legales en los que se establecen conceptos o razonamientos que requieren para su integración, acreditación y aplicación, del conocimiento técnico-científico de ellos y así, contribuir en proporcionar los elementos determinados en las descripciones típicas que forman parte del cuerpo del delito;

De acuerdo a estas tesis, se infiere que el médico forense participa en la integración del cuerpo de delitos, en los que para lograrlo se requiere de la ciencia médica (homicidio, lesiones, delitos sexuales, etc. ), proporcionando aquellos elementos técnicos requeridos en la descripción típica (artículos de los códigos penales), con la finalidad de que la autoridad cuente con todos los elementos normativos del tipo penal.

  • Lo anterior se logra buscando en la persona examinada vestigios del delito, o bien conocer su estado físico, mental o de salud, para asegurar que se encuentra en condiciones para estar detenido o para ser interrogado, pero no para el tratamiento de una enfermedad;

Todo lo anteriormente mencionado para ambas materias, se ratifica por Roy G Beran 14 , de la siguiente manera: la Medicina Legal tiene mayor injerencia en el ámbito del cuidado de la salud de los pacientes. Proporciona el filtro que decide qué es aceptable cuando se aplican estándares comunitarios en el área de los derechos de los pacientes, ética, investigación, calidad de los seguros, riesgo, manejo y mala práctica.

Además, las áreas que son del dominio de la medicina legal a diferencia de la Medicina Forense, es la aplicación de la legislación a la práctica de la Medicina (deberes profesionales y responsabilidades); situaciones relacionadas con el consentimiento informado, supervisión del cuidado médico proporcionado a menores y personas incapaces de decidir por ellos mismos; responsabilidad médica y negligencia, consideraciones de estándares de idoneidad a la práctica en las áreas de la salud; ofrece los mecanismos internos de control que aseguran que los estándares de salud satisfacen las expectativas sociales y los requerimientos legales, interpretando esos aspectos con un íntimo conocimiento de la práctica de la medicina.

Uno de los aspectos en que se diferencian la Medicina Legal de la Medicina Forense, es que esta última tiene una mayor relevancia a la aplicación del conocimiento médico cuando se interpretan aspectos legales relevantes en un delito; esto incluye interpretaciones médicas como análisis de heridas, toxicología, evaluación de un atentado sexual, colección de ADN, identificación de la víctima, aspectos médicos de la evaluación del lugar de los hechos, etc. Foto:Nayeli Zaragoza De lo que se deduce que: la Medicina Forense ejerce su máxima influencia en el ámbito del derecho penal, mientras que, la Medicina Legal tiene el dominio en las transgresiones a la ley dentro del sistema jurídico en lo que respecta a los bienes fundamentales. A manera de epílogo, se puede determinar lo siguiente: la Medicina Legal es el conocimiento de la ley que delimita el ejercicio ético y legal de la medicina, para la toma correcta de decisiones en el ejercicio médico-clínico; mientras que la Medicina Forense, es el conocimiento médico aplicado en la investigación de delitos para la procuración y administración de justicia.

  1. Temas que debe de incluir la enseñanza de la Medicina Legal Con base en lo referido previamente, se hace alusión a las materias adaptadas de “un currículum médico-legal recomendado”, desarrollado por el Colegio Americano de Medicina Legal, en la que se determinan los asuntos apropiados para un curso de Medicina Legal, que son: consentimiento informado, mala práctica, introducción al sistema legal, relación médico-paciente, confidencialidad, atención de emergencias, naturaleza del consentimiento informado, derecho a rechazar atención médica, expedientes médicos, obtención de consentimiento para menores e incompetentes, licencias profesionales y disciplina, invasión de la privacidad, definición de muerte, tratamiento de los mentalmente enfermos, atención a menores, aborto, médico como testigo, experimentación, reportes requeridos, abuso de menores, compromiso, responsabilidad del que sustituye en una guardia (vicario), eutanasia, incompetencia, tratamiento en contra de las creencias o deseos de los padres, responsabilidad por los actos de personas no-médicas, trasplantes, el papel del gobierno al financiar y proveer servicios de salud, aspectos del personal de hospitales, reproducción, anticoncepción, abuso de drogas y alcohol, drogas y medicamentos, deber de advertir, admisión como personal médico, ganas de vivir, seguro de salud nacional, requisitos de las recetas, sustancias controladas, control de calidad, responsabilidad de la junta de hospitales, inseminación artificial, aspectos financieros y de negocio de la práctica médica, patología forense, violación 1;

Por todo lo mencionado, el médico clínico debe conocer: del área médico-legal (ética clínica, aspectos éticos y legales del acto médico, del consentimiento informado, del secreto médico y de la relación médico-paciente); de la bioética (objeción de consciencia, decisiones al inicio y final de la vida en pacientes con capacidad o incapaces, aborto, eutanasia, enfermos terminales, muerte encefálica -donación de órganos-, genómica, farmacogenómica, investigación en seres humanos, medicina reproductiva y genética, clonación); derechos humanos; documentación médico-legal (expediente clínico, receta médica, certificado de salud, certificado de defunción); mala práctica médica; testigos de Jehová; niños y jóvenes como pacientes; familiarizar a los estudiantes con el rol que tienen las instituciones de gobierno -procuradurías, comisiones de derechos humanos, IFAI y leyes de protección de datos personales, consejos de la judicatura, órganos de control interno, CONAMED, etc.

-, y fomentar el conocimiento de cómo esas instituciones influyen en el ejercicio de la medicina, para satisfacer los requerimientos en el ámbito de la salud y en la observación de la práctica médica y saber los alcances que tienen en la toma de decisiones en casos específicos; el acto médico-pericial: la prueba pericial médica -dictamen médico-legal-, el médico como perito.

Del área médico-forense: intoxicación aguda por alcohol etílico, drogas o sustancias tóxicas y fármacodependencia; traumatología forense; muerte fortuita (evidencia física, cadena de custodia); asfixias mecánicas; ahogamiento y sumersión; delitos sexuales; psiquiatría forense (imputabilidad, inimputabilidad, juicios de interdicción); sistema procesal penal acusatorio (el delito -actos u omisiones en la práctica clínica-); responsabilidad profesional médica (conocer la demanda y solicitar asistencia legal, orden de presentación, comparecencia, juicio oral -declaración-, sentencia y apelación).

  1. Conclusión En la carrera de Medicina existe una asignatura que tiene como fin que los médicos comprendan el entorno ético y jurídico en la prestación de servicios de atención médica-asistencial, puesto que es el área donde se van a desempeñar la mayoría de ellos; esa materia es la Medicina Legal;

Sin embargo, debido a una sinonimia mal establecida con la Medicina Forense, su enseñanza, no tiene el enfoque médico-clínico, ético y legal que es fundamento en el ejercicio profesional médico, motivo por el cual, para tener una idea clara de lo que es la Medicina Legal y el conocimiento que debe transmitirse a los estudiantes de Medicina, se deben precisar los conceptos para que no existan incoherencias entre lo que los médicos tienen que saber de acuerdo a lo que es esta materia y lo que necesitan conocer para el adecuado ejercicio de la práctica médica; por esta situación, de los objetivos en el adiestramiento de ellos debe ser el de garantizar un correcto aprendizaje de sus deberes éticos y jurídicos con el fin de consolidar la certeza de una práctica segura en su ejercicio profesional, conocimientos que deben ser originados y transmitidos por la materia de medicina legal, porque la ignorancia no es una defensa ante la ley.  Este es un artículo publicado en acceso abierto bajo una licencia Creative Commons.

¿Cómo se llama el médico que revisa los cuerpos en un proceso penal?

Es de recordar que en estos casos corresponde denuncia a la autoridad policial o judicial y la realización de la autopsia médico legal por profesional autorizado ( médico policial o forense) a los efectos de establecer la verdadera causa del deceso.

¿Qué tipos de peritaje criminalístico existen?

Peritaje de siniestralidad, peritaje de asegurabilidad, peritaje de avaluó comercial, peritaje técnico-mecánico, peritaje de carrocería, chasis y estructura, revisión legal, peritaje DIJIN.

¿Cuáles son los tipos de dictámenes periciales?

¿Cómo determinar el tipo de peritaje?

Recomendaciones en función de los tipos de peritaje – La figura del perito y el tipo de peritaje a redactar es un valor diferencial en la consecución de objetivos. Buscar un perfil lo más adecuado a la necesidad del momento y preparar la ratificación del mismo en sala, conjuntamente con el abogado, pueden marcar la diferencia en el procedimiento.

Saber y disponer del tipo de peritaje que necesitamos en cada momento. Si lo que se necesita es conoce el valor de un bien objeto, debemos apostar por un informe pericial de tasación. Si por el contrario necesitamos analizar una situación con rigor y efectividad, un peritaje técnico y analítico será el precisado.

Si quieres saber más sobre los peritajes y sus tipos, te invito a que consultes más artículos relacionados….

    • EL USO DEL VIDEOPERITAJE
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    • QUÉ ES UN PERITAJE DE TASACIÓN
    • QUE ES UN PRE INFORME PERICIAL
    • QUE ES UN PERITAJE DE PARTE
    • EL CONTRAPERITAJE COMO HERRAMIENTA DE RÉPLICA
    • EL PERITAJE JUDICIAL

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¿Qué es un perito y cómo se clasifican?

Quién paga al Perito – Al Perito le paga la parte que le contrate. Así, atendiendo a su tipo, será: PERITO DE PARTE Al se contratada por una parte, ésta se encargará de sus honorarios. Ventaja : Mejora las opciones de ganar el juicio, ya que nunca se realizará un informe que no beneficie.

  1. Además, se prepara el juicio con el Perito, específicamente, asesorando sobre el enfoque del caso;
  2. Inconveniente: Es más caro;
  3. PERITO JUDICIAL o NOMBRADO POR EL JUZGADO Dependerá de quién lo solicita;
  4. Si es a instancias de una parte, ésta se encarga de pagarle;

Si las 2 partes lo solicitan, pagan también sus honorarios solidariamente. Ventaja: Puede ser más barato (aunque no siempre es así) Inconveniente: Desconozco los conocimientos sobre la materia en litigio, por lo que el resultado puede ser impredecible.

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